Carolina Comaleras: “El veto a la actualización del protocolo ILE es un papelón”

Carolina Comaleras

Carolina Comaleras, obstetra, integrante Red de Acceso al Aborto Seguro de Argentina (REDAAS).

El secretario de Salud de la Nación, Adolfo Rubinstein, actualizó el protocolo ILE y lo publicó en el Boletín Oficial de la Nación este miércoles. Esa decisión fue revocada por el presidente Mauricio Macri y la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, quienes anunciaron el veto para las próximas horas.

Carolina Comaleras, obstetra, integrante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y la Red de Acceso al Aborto Seguro de Argentina (REDAAS), dialogó con ANÁLISIS sobre las implicancias del veto a la actualización del protocolo para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE)

“Salía con resolución ministerial y eso obliga a las provincias a poner en marcha y hacer cumplir lo que establece el protocolo”, dijo la profesional. “El Protocolo no cambia leyes ni modifica disposiciones legales, simplemente ordena la manera en que se deben abordar las situaciones vinculadas a interrupciones legales del embarazo. No crea leyes nuevas ni modifica las que están vigentes”, remarcó.

En la actualización 2019, sólo se incorpora el cuerpo normativo del Código Civil y Comercial que se modificó en el 2015 y es ley vigente en Argentina. “Se incorpora y desarrolla en la actualización 2019, fundamentalmente en lo que tiene que ver con la atención de niñas y adolescentes y lo que tiene que ver con autonomía progresiva en relación a las edades y el consentimiento de práctica”.

La actualización del protocolo 2019 sólo incorpora las normas del nuevo Código Civil y Comercial. “No inventa nada, sino explica el eje normativo vigente”, remarcó la profesional.

Uno de los puntos más cuestionados de la actualización fue la Objeción de Conciencia. “La actualización toma lo que dice el fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2012. No lo inventa el secretario de Salud, sino que toma la sentencia judicial y habla de la Objeción de Conciencia como algo individual y no institucional”. “A la Objeción de Conciencia la pueden ejercer los profesionales de salud que están directamente implicados en la práctica de la ILE y no otras personas y que quien quiera ser objetor de conciencia debe notificar a las autoridades y, aun siendo objetor tiene la obligación de brindar información a la persona que consulta por una ILE. El protocolo sólo incorpora y desarrolla el texto de la sentencia, o sea es una herramienta para abordar el tema”, manifestó.

La mejor evidencia científica     

Más adelante, Comaleras reconoció a la actualización del protocolo basado en “la mejor evidencia científica. Establece las formas de abordar una ILE con el protocolo de la Organización Mundial de la Salud (OMS), es decir cómo hay que proceder en la ILE, el abordaje integral que debe darse a una persona que solicita la ILE, es una guía de buenas prácticas basada en marco normativo vigente y evidencia científica”, subrayó.

¿La igualdad de acceso a la ILE en las provincias?

“La importancia de la resolución ministerial es la obligación para todas las provincias de poner en marcha el protocolo. Las que tienen y las que no tienen. Entre Ríos tiene adhesión al protocolo nacional y no es necesario que vuelva a adherir. Pero las provincias que no tienen protocolo, han argumentado que no hay sostén jurídico porque no hay resolución ministerial para no implementarlo. Con una resolución ministerial, esas provincias estaban obligadas a ponerlo en práctica. Por eso la importancia, porque pone a todas las provincias en igualdad de acceso a la ILE”, aclaró Comaleras.

“Vetar el protocolo es ir en contra de los derechos consagrados en nuestro marco legal, fundamentalmente en el trabajo con niñas, niños y adolescentes. El veto implica que no hay que cumplir con la ley. Ese es el mensaje. Se abre un mensaje para que cada uno haga lo que quiera cuando hay que garantizar igualdad de acceso a todas las personas que solicitan Interrupción Legal del Embarazo que está contemplada en nuestro país desde 1921 en el Código Penal”  

Barreras institucionales y profesionales

La importancia de la discusión está dada en la cantidad de barreras profesionales e institucionales que se interponen al acceso de una ILE. “Eso expulsa a las mujeres que quieren acceder a una interrupción segura del embarazo a una situación de clandestinidad que las pone en riesgo. O ponerlas en situación de avanzar con una maternidad forzada”, graficó.

“El eje está puesto en lo que significa el veto para las políticas públicas. Hay una discusión confusa en los medios, porque se confunde lo que es ILE o IVE. Hay políticos que han salido a decir que la IVE se debatió el año pasado y no salió. Pero la IVE es el proyecto legislativo de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Lo que nosotros tenemos es Interrupción Legal del Embarazo (ILE), que es lo que hay que garantizar. La IVE será debatida y presentado el proyecto a futuro para que salga la ley pero son cosas distintas y se genera confusión”, diferenció y cerró: “El veto a la actualización de la ILE es una vergüenza y un papelón”.

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