De ANÁLISIS
La Cámara de Casación Penal de Paraná, rechazó el recurso interpuesto por los defensores de Pedro Báez contra su prisión preventiva en la Unidad Penal N°1 de Paraná. Los abogados Ignacio Esteban Díaz y José Velázquez llegaron hasta ese tribunal el 22 de noviembre para oralizar el recurso contra la prisión preventiva efectiva en la cárcel, dispuesta por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná.
La resolución que se conoció este viernes está fundamentada por la presidenta de la Cámara, Marcela Davite. A sus argumentos adhirieron las vocales Marcela Badano y Evangelina Bruzzo.
“Cabe concluir que los votos que conforman la mayoría de la resolución impugnada confluyen de manera armónica en sus argumentos, y que allí se analizó la razonabildad y proporcionalidad de la medida cautelar y se valoraron las constancias que determinaron la existencia de riesgos procesales. Por eso, puede afirmarse que la resolución que dispuso la prisión preventiva de Báez fue producto de una derivación razonada del derecho vigente, con aplicación a las circunstancias comprobadas de la incidencia, sin que se advierta ninguna arbitrariedad, toda vez que lo resuelto se encuentra debidamente motivado y cuenta, además, con los fundamentos jurídicos necesarios y suficientes que impiden su descalificación como acto judicial válido. Todo ello, teniendo en cuenta especialmente que en función de los tratados internacionales que el Estado suscribió, este proceso penal debe ser sobreprotegido, en tanto el deber de investigar, juzgar y castigar tiene una mayor intensidad cuando lo que está en cuestión son delitos de corrupción como los que aquí se juzgaron”, sostiene la resolución.
De ese modo, la Cámara confirmó la decisión del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná que, con voto dividido, dispuso la prisión preventiva de Báez en la Unidad Penal, al igual que se impuso contra el exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado, Juan Pablo Aguilera. Cabe recordar que en el Tribunal de Juicios y Apelaciones, la presidenta Carolina Castagno se opuso a que Báez cumpla una preventiva en la cárcel y los vocales Elvio Garzón y Julián Vergara, consideraron que el exministro de Cultura y Comunicación sí debe permanecer en la Unidad Penal. La cuestión sobre la que se debatió fue el “peligro de fuga” tras la confirmación de la condena a 6 años de prisión, derivada del “megajuicio por corrupción”.
Baéz fue condenado junto a Urribarri y Aguilera, el 7 de abril de 2022. Esa sentencia atravesó distintas instancias de apelación. Fue confirmada el año pasado en Casación y llegó al Superior Tribunal de Justicia (STJ). En abril de este año, el máximo tribunal penal rechazó una impugnación extraordinaria. Los fiscales que estuvieron al frente de las cinco causas acumuladas por negociaciones incompatibles, peculado y fraude, comenzaron a pedir que los tres principales condenados cumplan prisiones preventivas en la Unidad Penal. Esa discusión demoró en darse debido a la cantidad de postergaciones, apelaciones y recusaciones que fueron presentando los defensores. Finalmente, en agosto se realizó la audiencia. Los fiscales reclamaron a este tribunal que aplique prisiones preventivas a los tres y se los envíe a la cárcel. Eso no ocurrió. En aquella oportunidad, con voto dividido, los jueces decidieron sólo aplicarle restricciones a la libertad. Ese fallo fue apelado por los fiscales. En Casación, el tribunal revirtió la decisión de los jueces inferiores y ordenó la inmediata detención de Urribarri y Aguilera. Báez había quedado afuera. Cuando eso ocurrió, los fiscales volvieron al Tribunal de Juicios y Apelaciones y manifestaron que los riesgos evaluados por Casación para ordenar la detención de Urribarri y Aguilera, son aplicables a Báez. Finalmente, así lo entendió el Tribunal a mediados de noviembre con los votos de Garzón y Vergara. Eso significó que el exministro sea detenido y llevado a la Unidad Penal junto a sus consortes de causa. Tras ese episodio que ocurrió el 22 de noviembre, los defensores presentaron el recurso en Casación que acaba de confirmar la preventiva.