Casaretto destacó el proyecto de monotributo tecnológico

Casaretto destacó el proyecto de monotributo tecnológico.

En la Comisión de Presupuesto y Hacienda se está tratando el proyecto de ley del monotributo tecnológico que tendrá un régimen impositivo y cambiario especial para emprendedores de la Economía del Conocimiento que exporten sus servicios. “Es muy importante para fomentar los servicios al exterior”, valoró el diputado nacional, Marcelo Casaretto.

Este nuevo monotributo está dirigido "para aquellos emprendedores que exportan servicios tecnológicos por hasta 30.000 anuales”, explicó el secretario de la Comisión, Marcelo Casaretto y destacó: “Es muy importante la iniciativa del ministro de Economía Sergio Massa que estamos tratando en Comisión porque va estimular las exportaciones de todo el sector de la economía del conocimiento”.

“Aquellos emprendedores tecnológicos que exporten servicios al exterior, hasta 30.000 dólares anuales, van a tener un régimen impositivo especial y un régimen cambiario espacial” señaló y detalló: “Impositivo en tres categorías, según vendan 10.000, 20.000 o 30.000 dólares anuales, pagarán un monotributo por esas ventas al exterior”.

Y continuó: “En cuanto a lo cambiario, van a poder acceder a los dólares libremente por exportaciones de hasta 30.000 dólares. Es decir, que no van a tener que cambiar esos dólares al tipo de cambio oficial, sino que los van a depositar en una cuenta en dólares y extraer el dólar billete para disponerlo libremente”.

“Este es el objetivo de la Ley, tratar de estimular a los emprendedores que exporten sus servicios”, enfatizó finalmente.

El proyecto

El proyecto, impulsado por el Ministerio de Economía, establece un régimen tributario integrado y simplificado (“Mono-Tech”) relativo al impuesto a las ganancias, al impuesto al valor agregado y al sistema previsional, destinado a los Pequeños Contribuyentes que realicen actividades de la economía del conocimiento enunciadas en el artículo 2º de la Ley N° 27.506 del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento y sus modificaciones y/o efectúen cualquier tipo de prestación de servicios, deben tratarse de actividades desarrolladas en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior.

Además, se instituye un Régimen cambiario para pequeños contribuyentes tecnológicos que posibilita que estos sujetos se encuentren exceptuados de la obligación de liquidar las divisas percibidas por las actividades alcanzadas por la presente medida en el Mercado Libre de Cambios (MLC). El objetivo es tengan un esquema ágil y sencillo para tributar en el país y, así, generar un incentivo para que opten por ingresar las divisas a la Argentina y eviten recurrir a mecanismos de opacidad fiscal en el exterior.

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