En Córdoba y Mendoza hay multas de 420 mil pesos para quienes tomen mate al volante

Córdoba y Mendoza sancionarán a quienes toman mate mientras manejan, con multas de hasta 420.000 pesos. Alegan que quitar las manos del volante representa un riesgo vial. La ley nacional no lo prohíbe, pero las provincias aplican normas más estrictas.

En un país donde la infusión es casi un símbolo nacional, estas regulaciones generan controversia. Es que la costumbre de tomar mate en un viaje está extendida en el país. La infusión, además de ser un hábito de los argentinos, funciona como estimulante para despejar el sueño.
 
A pesar de las propiedades energizantes del mate, que podría ser útil para recorrer las extensas rutas que conectan el territorio, Córdoba y Mendoza consideran que sacar las manos del volante para beber la infusión puede ser peligroso, por lo que penalizan esa conducta con multas. 

En otras palabras, lo que está en discusión no es el contenido de la bebida, sino la acción que implica beberla mientras se conduce.
 
En Mendoza, por ejemplo, "tomar mate mientras se conduce es considerada una falta grave". Por eso, el Gobierno cuyano sanciona con 1.000 unidades fijas, equivalentes a 420 mil pesos (según el valor vigente de $420 de la unidad fija) esa conducta. Esta regulación está estipulada en el Decreto 326/18 de la ley 9.024, que especifica que "los automovilistas deben mantener ambas manos en el volante salvo excepciones justificadas, como cambiar de marcha".

En Córdoba, la sanción es menor pero el enfoque es similar. Esta provincia considera que tomar mate mientras se conduce es un “manejo inseguro”, una categoría en la que también incluye fumar. En caso de ser detectado por las cámaras de seguridad viales, podría imponerse una multa de 20 unidades fijas, equivalentes a $24.000, dado que cada unidad fija tiene un valor de $1200.
 
Las reglamentaciones de ambas provincias son más restrictivas que la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449. Aunque dicha ley no menciona específicamente el acto de tomar mate al volante, sí deja margen a la interpretación.

En su articulado, la ley establece que "los conductores deben en la vía pública, circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo del vehículo o animal, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito".

Fuente: El Litoral
 

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