Frigerio presentó la BUP el pasado 29 de agosto.
El próximo miércoles en una reunión conjunta de las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales, juicio político y peticiones, poderes y reglamento, los diputados provinciales comenzarán a analizar el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que propone la reforma electoral para introducir la Boleta Única de Papel en la provincia, supo ANÁLISIS.
La iniciativa fue adelantada el 29 de agosto por el gobernador Rogelio Frigerio en conferencia de prensa, donde presentó la BUP.
Los principales aspectos del proyecto en cuanto a la reforma en el modo de votar, presentado por Frigerio, son la incorporación de la boleta única papel; creación de la Dirección Provincial Electoral; la continuidad de las PASO (elecciones primarias internas); la definición en detalle de las fechas de elecciones y la creación de un Fondo de Financiamiento para las campañas electorales.
“Estamos anunciando el envío del proyecto de ley de Reforma Política a la Legislatura, después de mucho trabajo, de meses de debates y escuchar distintas propuestas, de reunirnos con todos los sectores de la política provincial, con organizaciones no gubernamentales y Universidades”, señaló Frigerio en esa oportunidad.
En el mensaje enviado a la Legislatura al remitir el proyecto, el Ejecutivo subrayó sobre el cambio en el instrumento de votación: “El actual sistema delega en cada agrupación política que quiera competir el diseño, impresión y distribución de las boletas para garantizar su presencia en el cuarto oscuro. Con la incorporación de la BUP, la provisión de la boleta en cada centro de votación la asume el Estado y, en consecuencia, su disponibilidad es permanente durante toda la jornada electoral. De esta manera, se equiparan las condiciones de competencia entre las diversas agrupaciones políticas, se facilita la fiscalización y se asegura a los electores la oferta electoral de manera completa, dando la posibilidad de optar entre todas las alternativas de una manera más simple”.
“La BUP contribuye a evitar la falta de boletas, reduce el gasto en impresión de boletas y promueve un sistema más sustentable que la boleta partidaria”, redondeó.
Respecto de la creación de la Dirección Provincial Electoral dentro del Ministerio de Gobierno y Trabajo, el objetivo “es dotar al Poder Ejecutivo Provincial de un órgano específico capaz de asistir al Tribunal Electoral en las cuestiones relativas a la organización de las elecciones”, explica la iniciativa.
En cuanto a la fecha electoral, el texto señala: “Este proyecto de Código Electoral también buscar dar certezas respecto de las fechas de realización de las elecciones. La provincia de Entre Ríos reconoce la facultad al Poder Ejecutivo, o en su defecto, a la Asamblea Legislativa, de convocar a elecciones, pudiendo ser estas concurrentes o desdobladas de los comicios nacionales. En este sentido, para los casos en que las elecciones se realicen de manera separada y, a los fines organizativos de las agrupaciones políticas y de la logística electoral por parte de las autoridades judiciales electorales, se propone una fecha cierta para la celebración de los mismos. Así también se evitan discrecionalidades y se le da certidumbre al proceso electoral”.
Respecto al Artículo 29° de la Constitución provincial, que establece que el Poder Ejecutivo entrerriano debe regular las campañas electorales y su financiamiento, el proyecto de ley de reforma electoral indica: “En línea con lo vigente a nivel nacional desde la sanción de la Ley N° 26.571, el proyecto que remito establece que las agrupaciones políticas dispongan de espacios publicitarios en medios televisivos y radiales de la provincia, a partir de la creación del `Fondo para el Financiamiento de Campañas Electorales´”. Asimismo, “se busca regular el financiamiento privado de las campañas y establecer las condiciones para la rendición de cuentas de los fondos”.
Además, la reforma electoral propuesta “limita la publicidad oficial, prohibiendo la inclusión de cualquier tipo de elemento que promueva la captación del sufragio a favor de cualquier persona, agrupación política o sus listas internas”.
En esa línea, la iniciativa que comenzará a analizar la Cámara Baja en la reunión conjunta de comisiones “restringe la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de nuevas líneas de acción en materia de políticas públicas, la realización de actos de gobierno o publicidad oficial que tenga como objetivo la captación del sufragio. Estas prohibiciones, al igual que en la ley nacional, alcanzan a los medios de comunicación, obligándolos a no difundir resultados de encuestas de opinión y de sondeos de boca de urna antes, durante y con posterioridad al cierre de la elección”.