Minería a cielo abierto: la Corte Suprema ante un fallo que puede ser clave para la protección de los glaciares

La ley de protección de los glaciares y del ambiente periglacial tiene como misión preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura, la protección de la biodiversidad y como atractivo turístico.

Desde su aprobación, en septiembre de 2010, hubo una fuerte resistencia del sector minero, apelaciones en la justicia por parte de empresas y de gobernadores de las provincias que apoyan esas actividades, y hasta un veto presidencial de Cristina Kirchner en 2008.

Pero la presión social jugó un papel tan determinante que finalmente la ley fue reglamentada en febrero de 2011. Y en ese mismo año la minera Barrick Gold planteó ante la justicia de San Juan su inconstitucionalidad. Ahora, se espera que la Corte Suprema se expida al respecto.

"El fallo es importantísimo. Si asegura la constitucionalidad de la ley de Glaciares pondría un freno definitivo a la actividad minera. Caso contrario, pondría en jaque al sistema jurídico ambiental en su conjunto porque deberían reverse todas las leyes ambientales que se aprobaron en nuestro país, lo que sería una locura", señaló a Infobae Gonzalo Strano, vocero de Greenpeace.

Para el abogado ambientalista Enrique Viale, lo que pide Barrick Gold es una prohibición de la ley. "Lo que dicen es que una ley nacional no puede prohibir la explotación minera. Lo que hay ahora es una espada de Damocles sobre el andamiaje jurídico ambiental argentino, a partir de la reforma del '94, artículo 41, segundo párrafo, en el que existe las leyes de presupuesto mínima de protección ambiental", explicó.

Barrick Gold es la minera que tuvo que pagar una multa de $145.696.000 por el derrame de cianuro ocurrido en Veladero en septiembre de 2015, hecho que se convirtió en el mayor accidente ambiental de la minería argentina. Sin embargo, consiguió un permiso para seguir operando y ahora busca otro guiño judicial para proyectar nuevas explotaciones.

Para Viale, si se declara inconstitucional la ley de glaciares, "sería un escándalo" porque podría derrumbarse el ordenamiento jurídico en términos ambientales y quedar sin efecto la ley de bosques, la ley general del ambiente y todas las leyes que se puedan aprobar en algún futuro, como la ley de humedales.

"Hay dos intereses en juego: el agua de todos los argentinos y el oro de una empresa minera que quiere destruir glaciares en territorio argentino. Los glaciares son la fábrica de agua del país y nutren todos los ríos. Ellos quieren hacer minería bajo esas zonas: para hacerlo no hay otra forma que destruir el glaciar", enfatizó Viale.

Según trascendidos, el máximo Tribunal podría fallar en contra de las mineras; lo que significaría un duro golpe al Gobierno, que fomenta inversiones extranjeras millonarias en zonas supuestamente prohibidas.

De hecho, desde la Cámara Argentina de Empresarios Mineros ya manifestaron que lo que suceda con la ley de glaciares será clave para dar previsibilidad a los proyectos de largo plazo. Pero eso, todo está condicionado al fallo de la Corte.

"El fallo de la Corte permitiría confirmar si la Argentina tiene vocación de tener una normativa conjunta de todo su territorio en materia ambiental, una política ambiental de la totalidad de su geografía, y seguir pensando la idea de que las provincias sean las dueñas de los recursos convierte a la Nación y a sus habitantes en rehenes de las cajas o las condiciones feudales de algunos regionalismos", dijo el periodista ambiental Sergio Federovisky, presidente de la Fundación Ambiente y Medio.

Según su visión, este es el elemento central en el que cabalgó la minería a cielo abierto (y Barrick Gold en particular) para cuestionar el derecho del Congreso Nacional al fijar una ley de presupuestos mínimos en materia de minería.

"Si la Argentina no tiene una ley de glaciares, la apropiación feudal de algunos recursos mineros en ciertas mineras va a afectar claramente al resto del país por el simple hecho de que esas provincias tienen la suerte de tener minería en su territorio y por lo tanto adquieren groseramente la decisión de destruir los glaciares para valerse de los dividendos de la explotación. Si se confirma la constitucionalidad de la ley, no va a quedar más remedio que aceptar que el ambiente es un todo y no registra divisiones de tipo limítrofes ni convenciones establecidas por los seres humanos. El ambiente funciona como una totalidad", explicó Federovisky.

En esa misma línea de pensamiento se expresó Andrés Nápoli, Director Ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), quien dijo que "es importante" que la Corte ratifique la constitucionalidad. "No es una ley antiminera sino de protección de un recurso muy valioso como son los glaciares, que son los proveedores de agua dulce donde no la hay; como los Andes áridos de provincias como Mendoza, La Rioja, Catamarca y San Juan", sostuvo al ser consultado por este medio.

Según Nápoli, "son recursos que trascienden el territorio de las provincias" por lo que "hay que hacer valer la ley y establecer las auditorías ambientales sobre aquellas actividades que los puedan afectar".

El artículo 6 de la ley de glaciares, que prohíbe las actividades que puedan alterar su condición natural, es el más cuestionado y el que desató varios de los amparos judiciales que hicieron que su aplicación fuera quedando en suspenso y que las mineras siguieran funcionando.

Sin embargo, esas barreras judiciales no impidieron que el Instituto Argentino de Glaciología (IANIGLA) llevara adelante -como establece la ley- el inventario de todos los glaciares del país. Ese informe oficial arrojó que la Argentina es el segundo país de la región con más glaciares, con casi 17.000.

Por provincias, Santa Cruz contiene la mayor superficie de glaciares del país (3.421 km2 y 2.420 unidades). Mendoza ocupa el segundo lugar, con 1.239 km2 y 4.172 cuerpos de agua inventariados, mientras que San Juan ocupa el tercer lugar en cuanto a mayor superficie a nivel nacional.

Y, dentro de esa cantidad de glaciares fueron identificaron al menos 44 proyectos mineros que violan la normativa vigente. Eso significa que su desarrollo impactaría sobre el medio ambiente y provocaría la degradación de esos cuerpos de agua.

"Sabemos de la existencia de 44 proyectos mineros que coinciden con el inventario glaciar. Por lo tanto, de aprobarse este fallo, estos proyectos no podrían avanzar y destruir los últimos recursos hídricos que tiene nuestro país", señaló Strano, de Greenpeace.

El caso de San Juan es emblemático. De los 44 proyectos, 28 se encuentra en la provincia de San Juan. "Es una bomba de tiempo en la Cordillera de los Andes que tenemos que defender. La ley de Glaciares ha sido aprobada por la presión popular después del famoso veto Barrick a la primera ley", dijo Strano en alusión al veto de Cristina Kirchner.

Actualmente, el 80 por ciento de las reservas de agua dulce del planeta se encuentra en los glaciares. Por eso Strano plantea que "no podemos darnos el lujo de que, por unas toneladas de oro que sacan de la montaña para luego depositarlas en las bóvedas de los bancos, perdamos un recurso tan importante como los glaciares y su ambiente".

Para Federovisky, lo que está en discusión es un valor ético. "¿La Argentina quiere o no quiere proteger a sus habitantes del daño que provoca el extractivismo y el cortoplacismo en la explotación de los recursos naturales? Hay que defender la ley y el bien común. Y el bien común son los glaciares y el agua, no la explotación minera", concluyó.

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