Ava Aispuru destacó que “de ninguna manera el Poder Ejecutivo puede atribuirse la decisión unilateral de designar un miembro del Tribunal de Cuentas”, y aclaró que “antes de apurarse a tomar una decisión de estas características, el Ejecutivo debería respetar los canales correspondientes y cumplir con la Constitución a fin de evitar cualquier acción violatoria de la Carta Magna”.
Recordemos que según la Constitución Provincial reformada en el año 2008, se reserva el plazo de un año para la reglamentación de la ley; superado ese período, la misma Constitución Provincial faculta textualmente al Poder Ejecutivo “para dictar, con carácter provisorio, los decretos reglamentarios que exija la aplicación de los nuevos preceptos constitucionales (artículo 281)”.
Por su parte y en cuanto a las expectativas generadas a raíz de esta presentación ante el Senado provincial, Ava dijo que “desde el Frente Renovador esperamos que se revea esta situación y se respete la Constitución Provincial, la cual representa los derechos de todos los entrerrianos”.