Lara presentó un proyecto que prevé regular el plazo de devolución o cambio de productos

Asimismo, la iniciativa prevé que al momento de “realizarse la devolución o cambio se respetará el valor del producto al momento de la compra. Si el cambio fuere por otro producto de iguales o distintas características se consignará claramente el valor en más o en menos del mismo, en relación al producto original”, según supo Recintonet.

De la misma forma, establece que “las devoluciones o cambios de productos no perecederos podrán efectuarse dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la operación, salvo que el comercio establezca un plazo mayor. Cuando por cualquier medio una de las partes pretenda establecer un plazo menor, se entenderá vigente el plazo de treinta (30) días corridos”. Y fija como Autoridad de Aplicación a la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial o la que en el futuro se cree o la reemplace. La Autoridad de Aplicación podrá delegar esta facultad en las direcciones municipales de Defensa del Consumidor mediante la firma del convenio respectivo.

En caso de infracciones, se podrán aplicar las sanciones previstas por las Leyes Nº 22.802 de Lealtad Comercial y N.° 24.240 de Defensa del Consumidor, conforme el Procedimiento Administrativo vigente para la Defensa de los Derechos del Consumidor.

Al fundamentar la iniciativa, Lara enfatizó que “los comercios, especialmente de ropas y calzados, es habitual que la devolución o el cambio se realice, por indicación expresa del comercio, sólo de lunes a jueves, por ejemplo, o de lunes a viernes por la mañana, con las complicaciones que ello trae para el consumidor, especialmente si es de fuera de la ciudad donde realiza la compra”. Y señaló que el proyecto en cuestión “representa un avance porque la Ley nacional de Defensa del Consumidor Nº 24.240 no sólo en este aspecto sino también en la determinación del plazo de tiempo para la devolución o cambio que se establece en treinta (30) días como mínimo. La norma nacional no establece nada al respecto, refiriéndose solo a la garantía de los bienes muebles de uso durable que es de seis meses y tres los usados, pero no hace ninguna referencia a vestimenta o calzado específicamente”.

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