Los que externalicen las divisas no declaradas a través de los CEDIN o del Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE) tampoco deberán abonar el impuesto a los Créditos y Débitos por la operación que realicen ante los bancos.
“No podrán adherir a este proceso las personas que ejerzan o han ejercido funciones, electivas o de conducción, en el estado Nacional, Municipal o Provincias, en alguno de sus tres poderes, así como en el Consejo de la Magistratura, o Ministerio Público Fiscal”, establece la reglamentación, que lleva la firma de la AFIP.
La Resolución 3509 de la Ley de Exteriorización Voluntaria de la Tenencia de Moneda Extranjera advierte además que habrá fiscalizaciones electrónicas durante el régimen del blanqueo como después de su finalización.
En principio, tendrá un plazo de duración de tres meses, es decir, estará vigente entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, inclusive. Están habilitados para incorporarse al régimen todas aquellas personas físicas y jurídicas con fondos en el exterior o en el país, acreditados al 30 de abril de 2013.
Ayer, el titular del organismo fiscalizador, Ricardo Echegaray, advirtió que después del 30 de septiembre “a los que tengan divisas sin declarar y no se acogieron a este programa, nosotros tenemos que aplicarles las sanciones que establece el régimen penal tributario y el Banco Central aplicará las sanciones que establece del régimen penal cambiario”.
Y abundó: "Luego de cumplido el plazo iremos a buscar a quienes tenemos detectados con posibles fondos no declarados".
Por otro lado, en la resolución de hoy se remarca -tal como se había anunciado durante el lanzamiento del proyecto de ley- que no podrán ser parte de este blanqueo los " imputados por delitos vinculados con operaciones de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, ascendente o descendente".