D. E.
El Tribunal Oral Federal de Paraná impuso una condena ejemplar: no sólo aplicó prisión condicional para un conocido empresario y un contador, sino que, además, inhabilitó por cuatro años al profesional en cuestión. El empresario es Sebastián Krochik, hijo del conocido abogado Héctor Krochik, quien se viera involucrado en varios casos de lavado de dinero en la última década. El contador es Julio Budasoff, un hombre estrechamente ligado a los sectores de poder de la capital entrerriana y en especial el hacedor de números de varios encumbrados dirigentes políticos, a la hora de mostrar sus estados contables. A los dos se los acusó de fraguar documentación a través de la ahora desaparecida firma Krochik Sociedad Anónima –dedicada a la venta de automotores– y provocar una evasión de 1,8 millones de pesos/dólares a la AFIP
En el banquillo de los acusados se ubicaron Sebastián Krochik y el contador Julio Rubén Budasoff. Krochik (h) llegaba por primera vez a una instancia de este tipo; un lugar donde también tendría que haber estado el mentor de la maniobra, como es su padre, Héctor Krochik, pero el recordado abogado paranaense –siempre ligado a extrañas maniobras de lavado de dinero a fines de la década de 1990– reside en Punta del Este desde que estalló el escándalo del desaparecido Banco Cooperativo del Este. El caso de Budasoff era diferente, porque en más de una oportunidad se vio involucrado en movimientos dudosos de dinero. No es casual que, en los últimos tiempos, haya sido el contador público del condenado ex vicegobernador Domingo Daniel Rossi. Últimamente, también apareció detrás de los números presentados por el actual senador provincial y convencional constituyente, Raúl Taleb (PJ-Diamante), en la causa que le iniciaran por enriquecimiento ilícito.
Junto a Krochik se ubicó el abogado Javier Martínez (hijo del convencional Marciano Martínez). Budasoff llegó al estrado con el convencional justicialista Julio Federik: el mismo letrado que defendiera a Rossi en el juicio por enriquecimiento ilícito. Pero, a su vez, también se ubicó el joven letrado Mariano Budasoff, hijo del imputado.
Del otro lado se sentaron los acusadores. El rol de fiscal ad-hoc lo tuvo que ejercer el abogado Ignacio Esteban Díaz. Sucede que en los últimos tiempos se fueron cayendo uno a uno –por excusaciones de diferente índole, lo que resultó extraño– los que eran nombrados en el lugar de fiscal. En tanto, por la parte querellante AFIP-DGI, comparecieron el jefe de la Sección Penal Tributario, Sebastián Mundani y María Florencia Sieber.
Más arriba, en el Tribunal Oral, se sentaron los doctores David Alejandro Chaulet, en su carácter de presidente, y los vocales Lilia Graciela Carnero y Daniel Beltrame, como vocal ad-hoc, en cuatro jornadas de intenso debate.
La causa “Gallardo, José Miguel s/Denuncia” se inició en el año 2000, por evasión de impuestos de parte de la firma Krochik SA, fundada por Héctor Krochik pero luego derivada a su hijo Sebastián. Según los registros, el 30 de junio de 2000 se dio inicio a la Fiscalización en el domicilio de la firma Krochik SA. Allí fueron atendidos por Javier Barbirotto, en su carácter de Gerente de Ventas, quien manifestó a los inspectores que no tenía “autorización para firmar” por lo que los funcionarios de la AFIP se retiraron y regresaron a los pocos días. Cuando retornaron al negocio fueron recibidos por Sebastián Krochik, en su carácter de presidente del Directorio de la firma.
Krochik dijo que integraba el Directorio de la empresa junto a Adrián Eduardo Rivas e indicó que los Libros de Actas de Asamblea como el resto de los requerimientos contables no estaban allí, sino en el estudio contable de Julio Budasoff. Fue al día siguiente de tal inspección –el 4 de agosto de 2000– que el contador contestó el requerimiento de la AFIP haciendo llegar fotocopia de los balances correspondientes a los períodos 1998 y 1999, papeles de trabajo de la Declaración Jurada 1999 de Ganancias Sociedades, y respecto a la verificación de los libros IVA Compras y Ventas solicitó que “…sean verificados en el domicilio del Estudio Contable del contribuyente, Corrientes 342, debido a que el sistema de registración utilizado no permite enviar tal información vía diskette”. Allí también informó que el principal proveedor de la firma era General Motors de Argentina.
La AFIP controló los montos de ventas registradas en el Impuesto al Valor Agregado en los períodos entre febrero-diciembre de 1999 y enero-mayo de 2000 y lo imputado en las declaraciones juradas presentadas en el Impuesto a las Ganancias correspondientes a los períodos 1998/1999. En ese esquema fue que se constataron importantes diferencias, dado que la empresa declaró menores ingresos de los que surgían efectivamente de sus registros, lo cual originó que se incrementaran las entradas en la cuantía de las diferencias determinadas. Se verificó además que Krochik SA no habría aportado los registros, que por el tipo social que reviste, está obligada a llevar, habiendo simplemente presentado a la Fiscalización los Libros IVA Compras e IVA Ventas. Fue allí que se advirtió una notoria diferencia entre los registros y lo declarado, por lo que se impugnaron los créditos fiscales carentes de respaldo documental fehaciente. Un dato determinante: entre lo informado por General Motors Argentina SA (su único proveedor de automóviles 0 kilómetro) y lo registrado por la firma en sus Libros IVA Compras, la diferencia resultante era de aproximadamente 1,8 millones de pesos/dólares.
(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)