Los fiscales pidieron prisión perpetua para Cristo y Lescano por el crimen de Nahiara

Acusación privada y pública

El abogado querellante Eduardo Gerard y los fiscales Santiago Brugo y Juan Malvasio.

Por Juan Cruz Butvilofsky - De ANÁLISIS

En modo virtual, se desarrolló la audiencia de alegatos en el juicio que busca definir las responsabilidades de Miguel Cristo y Yanina Lescano en el crimen de Nahiara Cristo, niña de 2 años que murió por una falla multiorgánica como consecuencia de al menos tres meses de desnutrición, deshidratación y al menos 28 golpes provocados por su padre Miguel Cristo. 

Los fiscales Juan Malvasio y Santiago Brugo sostuvieron su acusación en el inicio de los alegatos. Allí argumentaron porque consideran a Cristo como el responsable de haber realizado los tormentos a su hija y que Lescano es responsable de la muerte de Nahiara por no haber realizado una acción tendiente a evitar las torturas y la muerte de la niña. 

"Nahiara fallece por la violencia ilucitada de Cristo y la omisión deliverada de Lescano", fustigó el fiscal Malvasio ante el tribunal compuesto por Gervasio Labriola, Alejandro Cánepa y Carolina Castagno. Los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) acusan a Cristo y Lescano de haber sido responsables del homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento. 

"Estamos convencidos que hemos probado con grado de certeza, estamos convencidos que ambos son autores de los hechos atribuidos. Cristo es autor de homicidio triplemente calificado por provocar las lesiones mortales y Lescano es autora del homicidio triplimenente calificado pro no realizar un comportamiento tendiente a evitar la muerte de Nahiara, teniendo en cuenta que era una familia ensamblada cuyo rol de Lescano era el de madre sustituta", expresaron los fiscales.

Cristo presenció la audiencia de forma remota desde el Juzgado de Ejecución de Penas. 

La acusación fiscal puntualizó gran parte de su argumentación en Lescano ya que según los propios funcionarios el caso de Cristo era "casi un crimen confeso", mientras que durante el debate se puso en consideración la posibilidad de que Lescano no haya evitado las agresiones de Cristo por estar sometida a un contexto de violencia de género ejercido por el principal acusado. "Hubo muchisima prueba que echó por tierra el presunto sometimiento", aseguraron los representantes del MPF.

Malvasio defendió la acusación al ubicar a Lescano y su rol de "garante" en el seno familiar y que esto no es producto de una interpretación estereotipada de fiscalía sino que era un rol en el que se ubicó la propia acusada: "La imputada Lescano en todo momento se colocó en posición de garante, no es ningún estereotipo ni una cuestión del patriarcado. Le pido al tribunal que examine declaraciones públicas y como indagada ante la Justicia: 'Yo era como la madre para ella'. Ella se coloca en esa posición de garante. Nahiara le decía mamá y los hijos de Lescano le decían papá a Cristo, ella se coloca en posición de garante, ella asumió el rol de madre sustituta. Esto no es un estereotipo, esto es una obligación y deber que ella tenía y que lo incumplió y la hace responsable", aseguró el fiscal.

Los fiscales puntualizaron en el plazo de tiempo que Nahiara sufrió los malos tratos y la violencia en la casa del barrio Paraná III. Aseguran que Lescano tuvo "miles de oportunidades" para auxiliar o acudir al auxilio de terceros para evitar la muerte de la niña: "Nahiara se muere desnutrida y deshidratada. Cristo cuando se retiraba y la dejaba encerrada (a Lescano) ¿Se llevaba la comida?¿cortaba el agua? Ni los animales tienen ese comportamiento, por supervivencia", se preguntó el fiscal. Cabe recordar que el médico forense Walter Aguirre, quien realizó la autopsia, aseguró que el proceso de desnutrición comenzó al menos tres meses antes de la muerte de aquel 7 de febrero del 2019. 

Lescano está detenida bajo arresto preventivo en su domicilio. 

"¿Es creíble el sometimiento que alega la defensa, que esgrime Lescano y que sostuvo Ascencio? La respuesta es que no, es aprovecharse de un flagelo para evitar una condena", dijo con vehemencia Malvasio.  

Los fiscales calificaron de "irresponsable" a la Coordinadora de la Comisión sobre Temática de Género del Ministerio Público de la Defensa de la Nación, Raquel Ascencio por haber intervenido como testigo experta en la causa con información "sesgada y parcializada" por la defensa. 

La abogada fue testigo experta en el juicio

La Coordinadora de la Comisión sobre Temática de Género del Ministerio Publico de la Defensa fue convocada por la defensa de Yanina Lescano.

Aseguraron que Lescano es manipuladora y citaron esa condición como denominador común en los análisis realizados por las especialistas de salud mental del Poder Judicial. Afirmaron que Lescano y Cristo vivían en una "familia ensamblada" y le pidieron al Tribunal que analicen las fotos de la red social Facebook, tomadas 45 días antes del día de muerte de Nahiara y que según los fiscales son prueba de que no había violencia de género por parte de Cristo para con Lescano. 

"En las imágenes de Facebook se puede observar que no había sometimiento, que eran una pareja feliz que quería sacarse a Nahiara de encima y lo hicieron con la muerte. Esas fotografías fueron sacadas cuando Nahiara iba camino a su muerte, esas fotografías son 45 días previos al fallecimiento. Fijese la cara de alegría de los imputados, ahí no hay sometimiento", polemizó Malvasio.

La teoría del caso que sostuvo fiscalía es que ambos tenían un plan para dar muerte a Nahiara. Que ese "pacto de impunidad" se rompió gracias a que fueron acorralados por las pruebas y "ahí comenzaron a atribuirse la responsabilidad". 

Además de caracterizarla como manipuladora, los fiscales aseguraron que Lescano tenía un "dominio institucional" que le hubiese permitido acudir en auxilio para evitar la muerte de Nahiara. En eso se basó Brugo para poner en crisis lo expresado por la testigo experta Ascencio que había referido a la conducta que se le exigía a Lescano como una conducta heróica: "Acá no se le pedía ningún comportamiento heróico a Lescano, sino poner en práctica los comportamientos indicados por la ley pero también por el sentido común que era evitar que Cristo torture a Nahiara".

"Era avisarle a su amiga Rodríguez, a su referente institucional Marcia López, a las funcionarias del Copnaf, eso no era un comportamiento heróico. Tenía dominio institucional, sabía donde recurrir y no lo hizo. Le negó un plato de comida cuando quedaba sola y encerrada", explicó. 

Este plan conjunto que observan los fiscales es sustentado por las consideraciones legales que explican su acusación: "Entendemos que han actuado con dolo directo, ambos conocían el mal trato, las lesiones que le provocaron, que Nahiara no comía ni bebía y que todas estas acciones y omisiones eran ídoneas para causar la muerte de Nahiara. Lescano sabía que si no la auxiliaba, moría. Querían matarla, no queda ninguna duda", fustigó Brugo.

La audiencia de alegatos se transmitió por internet debido a las restricciones de la cuarentena. 

Aseguraron que está probado el primero de los agravantes que es el vínculo, ya que Cristo era el padre de Nahiara y que Lescano convivía con ellos desde el 8 de agosto del 2018.  

Respecto a la alevosía, el segundo de los agravantes de la acusación con la que llegan ambos imputados a juicio, Brugo explicó: "Los acusados aprovecharon el estado de indefensión de Nahiara, porque tenía tan sólo dos años de edad y por ende una nula capacidad defensa".

"Lescano y Cristo abusaron del amor que tienen los hijos para con sus padres. Este amor fue utilizado de una forma muy perversa con el único propósito de poder torturarla. Se valieron de su inferioridad física. Un claro aprovechamiento incidioso de esta situación de indefensión en la que se encontraba Nahiara. Impidieron que Nahiara tuviera contacto con el resto de los familiares para que ella pueda salvar su vida", describió el fiscal.

En tercer lugar, argumentaron el ensañamiento con el que Nahiara fue asesinada: "A Nahiara la hicieron sufrir, tal como dijeron todos los médicos. Los tormentos fueron atroces. Es claro que Cristo y Lescano quisieron que Nahiara sufra previo a que encuentre la muerte. Fue golpeada en su abdomen tenía una lesión de menos de 24 horas a cuando murió, estos golpes se lo dieron cuando estaba acostada, desnutrida, deshidratada y sin fuerzas. El único lugar del cuerpo que no tenía lesión alguna era el cuello".

Para finalizar y antes de solicitar la pena de prisión perpetua para ambos acusados, Brugo volvió a referirse a la posibilidad que tuvo Lescano de evitar la muerte de Nahiara: "Un sólo acto de Lescano hubiese evitado el resultado muerte, el pedido de auxilio hubiese puesto coto al accionar de Cristo. Es exigible esta actitud, Lescano vivía con Nahiara, sabía lo que pasaba, por la proximidad, convivía en un inmueble de escasas dimensiones. Lescano no evitó el resultado porque no quiso. Lescano estaba totalmente de acuerdo con lo que hacía Cristo".  

La querella acompañó la acusación fiscal

El abogado querellante Eduardo Gerard, en representación de los familiares de Nahiara, acompañó la acusación fiscal con argumentos similares a los esgrimidos por Brugo y Malvasio. 

En su alegato realizó un recorrido por las pruebas que generó y expuso la fiscalía durante el debate. Recorrió testimonios de los profesionales de la salud que atendieron a Nahiara y puntualizó, en sintonía con los fiscales, en el rol de manipuladora de Lescano: "Claramente es una persona manipuladora, yo me pregunto si este es el comportamiento típico de una víctima de violencia de género", expresó. 

"Voy a compartir la solicitud de pena de la fiscalía. Voy a solicitar la prisión perpetua para ambos. También voy a solicitar la prórroga de las prisiones preventivas", concluyó.

Tanto fiscalía como querella pidieron que Lescano vaya a la Unidad Penal N°6.

 

 

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