Confirmaron una condena a un exjefe scout de Diamante por corrupción de menores

Juan Carlos Forcher

Juan Carlos Forcher fue condenado a 14 años de prisión.

La Cámara de Casación Penal confirmó este jueves la condena a 14 años de prisión impuesta en 2018 a Juan Alberto Forcher, exjefe del grupo Scout San Cipriano de Diamante, quien fue considerado “autor de los delitos de promoción a la corrupción de menores, agravada por engaños y por su condición de encargado de la educación y guarda, en concurso real por la pluralidad de victimas (cuatro), todo ello en concurso ideal con la producción de pornografía infantil, específicamente de la reproducción de las partes genitales de menores de edad”, informó Entre Ríos Ahora.

Durante el juicio, víctimas y testigos aportaron su testimonio respecto de qué ocurría en los campamentos scouts que Forcher dirigía. Un testigo relató “que el primero que se desnudaba era Forcher, y describió tres situaciones: que en una oportunidad se despertó con la mano de Forcher en los genitales; en otra, tocándole el trasero, y en la tercera, con una excusa, terminó masturbándolo en el baño”. También, se lee en la sentencia de Casación, que el testigo “apuntó que ellos, niños, no entendían las situaciones, pero que no se querían acostar al lado de Forcher. Y que una vez los llevó a su casa a ver una película porno gay. Explicó que no consideraban delitos esas conductas; y que su hermana puso en palabras ´que ellos habían sido abusados´, lo que le dio vergüenza -lo que habla de los tiempos y los modos para autopercibirse como víctima de un ataque sexual siendo niños-, y que la finalidad de la denuncia era poder liberarse”.

El miércoles 18 de octubre de 2o17 la causa fue elevada a juicio oral por el juez de Garantías de Diamante, Julián Vergara. En tanto, el 11 de noviembre de 2017, juez Rafael Martín Cotorruelo, vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, rechazó el planteo del defensor Nelson Schlotahuer, y confirmó la resolución que ya había adoptado el juez  Vergara: elevó la causa a juicio oral.

Cuando el caso llegó a la Justicia, comenzaron a develarse una serie de situaciones hasta entonces desconocidas para la mayoría de las familias que dejaban a sus hijos al cuidado de Forcher.  Entonces, según describieron los fiscales Gilberto Robledo y Laureano Dato, se empezó a correr el velo del horror: Forcher, profesor en el Colegio Santa María, jefe del Grupo Scout N° 287 San Cipriano, fue siempre un líder carismático, querido por todos. Pero lo que nadie sabía es lo que ocurría en los campamentos que organizaba con niños y adolescentes: no siempre salían a las afueras de Diamante; también los campamentos tenían lugar en pleno centro de Diamante, sobre calle Belgrano, detrás de la parroquia San Cipriano, o en la casa del jefe del grupo Scout, en Urquiza al 500.

En esas reuniones campamentiles, Forcher organizaba juegos, según el detalle que elaboró el Ministerio Público Fiscal, y que sirvió de base para la acusación. Uno de esos juegos se llamaba “cortar riendas”, liberar la cabeza del pene del prepucio; otra, ocuparse de la depilación de la zona pélvica, alrededor del pene; en ocasiones, someter a cada uno de los adolescentes a una rutina precisa: medir la extensión del miembro viril. Todos esos “juegos”, claro, eran con una condición sine qua non: todos los scouts debían estar completamente desnudos.A lo sumo, con ropas mínimas. Eso era así cuando jugaban al juego de la “toldería de los indios”, y Forcher los hacía desnudar y sólo vestir con taparrabos.

Pero casi siempre el guiño era sacarse la ropa y quedarse desnudos: los chicos del Grupo Scout San Cipriano y también el jefe del Grupo Scout San Cipriano, Juan Carlos Forcher. Todos sin ropa. “No se preocupen, que esto no sale de acá”, los convencía.

Forcher, ex jefe del grupo scout San Cipriano, profesor de Matemáticas y Físico Química en el Colegio Santa María, de Diamante, quedó involucrado en una causa penal luego de que en 2015 dos hermanos, CJM y CLE, contaran en la Justicia de qué modo se desarrollaban los campamentos scuts. Durante el juicio -que se desarrolló entre el 24 y el 28 de septiembre de 2018-, el fiscal Gilberto Robledo planteó: “La Fiscalía demostró que a lo largo de 20 años el señor Forcher se valió de su condición de líder del grupo scout de Diamante para corromper la sexualidad de jóvenes que tenía a su cargo”.

El fiscal Laureano Dato enumeró los “reiterados hechos ilícitos atribuidos a Juan Alberto Forcher, en perjuicio de las víctimas L.,A.N.; C.,M.D.;  B.,N.J. y el joven N.,J.E. en relación a los ilícitos atribuidos; esto  es, los continuos y prolongados ataques a la sexualidad e indemnidad  de los menores cometidos por quien tenía un deber positivo, por ser el  líder de la agrupación scout y profesor del Instituto Santa María, de formar en cuanto a valores y velar por la educación de los mismos y su normal desarrollo. No obstante, y sin embargo, hizo lo contrario,  captó un grupo de niños que integraban la rama ´raiders´, o caminantes   scout, dando lugar a distintas actividades de trato sexual ilícito reiterado con la finalidad espúrea de tener un acercamiento y realizar comportamientos que están severamente sancionados” por la ley vigente.

Así, en el caso de L.A.N., y bajo la excusa del “control de vellosidad“ por una técnica de lo que  sería de higiene, tuvo contacto con los genitales del menor estando en  presencia del joven C.M.D. y también de los dos jóvenes B.N.J. y  N.J.E.. “Esos actos perversos tuvieron un contexto corruptor porque todos ellos se encontraban en ese momento desnudos al igual que su  propio líder y formador Juan Forcher en el interior de su domicilio en calle Urquiza de la ciudad de Diamante, siendo los hechos perpetrados  entre los años 2013/2015. Es decir, que partiendo de las valientes denuncias de C.J.M., C.L.E. y de V.G.R., se ha demostrado un patrón de comportamiento en los últimos 20 años del señor Juan Forcher, quien valiéndose de la imagen que generaba en los menores vulnerables como  líder de scout y formador en la educación, se consolidó fácticamente como prueba ese patrón de conductas de comportamientos que afectaron de forma prematura, en forma excesiva y perversa  porque los filmaba, actos en contra la integridad sexual de menores entre 14/18 años que  era la franja que el señor Forcher captaba como dirigente”.

Una de las víctimas de Forcher, L.A.N., declaró en el juicio y reconoció que  Forcher “andaba desnudo, que más de una vez se depiló y que  en el video que se le exhibió en la sala tenía más o menos 13 años, es  decir un menor vulnerable, y hoy con 20 años, una persona  madura, no lo vio bien, que ya no lo haría, y que efectivamente en ese  momento no comprendía lo que estaba haciendo, pero efectivamente vio  afectada su integridad sexual”. Otra víctima-testigo, C.M.D. , ingresó a los 13/14 años a la rama scout, y por un problema familiar: sus padres se habían divorciado. Contó que en más de diez oportunidades se quedó a dormir en la casa de Forcher, sobre la calle Urquiza, de Diamante.  Y recordó que “siempre se juntaban, hacían  salidas, recorridas en piraguas, que se organizaban y tenían  actividades con Forcher, que los pasaba a buscar en su propio vehículo”. También, que “se desvestían en  algunas oportunidades, que hacían pesas desnudos, que después del baño  continuaban por algunos minutos desnudos, que la depilación era una  práctica por higiene, y que le daba vergüenza hablar con su padre de eso, por eso lo hacía con Forcher”.

Un tribunal, conformado por los jueces Alejandro Cánepa, Gervasio Labriola y María Carolina Castagno, lo encontró culpable del delito de promoción a la corrupción y lo condenó a 14 años de prisión. Y, además, hizo lugar al pedido de los fiscales Robledo y Dato, y lo mandó a la cárcel con prisión preventiva. Pero en abril de 2019, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) ordenó su excarcelación.

En su voto, el juez Cánepa reprocha los dichos del defensor de Forcher, Nelson Schlotahuer: “Realmente no resiste ningún análisis – y hasta ofende la inteligencia del decisor -, que ante tal cuadro de situación, la explicación de la defensa sea que tales desnudos obedecían a ´las noches de calor de Diamante´, ya que de ninguna manera esas conductas eran aisladas, conforme fue más arriba indicado al describir el contenido de los videos que fueron secuestrados en la casa de Forcher y que forman parte de la pericia aceptada como prueba de autos, amén de los testimonios transcriptos en donde surge acabadamente lo contrario”.

Cánepa entendió que en esos campamentos –ya sea en los alrededores de Diamante o en la propia casa del jefe scout-, en los que Forcher hacía desnudar a los menores y los filmaba, existió “un claro daño a terceros menores de edad”. Y agregó:  “Existe también evidencia fílmica suficiente para acreditar que ello era el modo de manifestarse de Forcher con las personas de su grupo más reducido, sean estos mayores o menores de edad, cuestión respecto de estos últimos que, por lo invasivo, explícito y prematuro, tiene la entidad suficiente para corromper su moralidad y sexualidad”.

Al acudir a Casación, los defensores de Forcher, Paula Montefior y Nelson Schlotahuer, sostuvieron que la sentencia condenatoria resultó arbitraria, por cuanto contiene vicios formales o procesales en cuanto a la violación de reglas de procedimiento que han afectado garantías constitucionales como el debido proceso, defensa en juicio e imparcialidad; contradicciones o errónea e insuficiente valoración del material probatorio que afecta la fundamentación de la sentencia y el principio in dubio pro reo (una frase en latín que significa que cuando haya duda sobre la culpabilidad del imputado, no puede estarse por la condena del mismo y deberá absolverse); como así también vicios materiales o sustanciales respecto a la errónea aplicación del derecho sustantivo, sumado a una pena con hechos que han sido doblemente valorados.

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