Concordia: un juez de Garantías reconoció a los perros como sujetos de derecho

La declaración fue dada en el marco de una causa penal por crueldad animal, donde se dictó una sentencia que niega la devolución de perros a su maltratador y en el mismo acto, niega el sobreseimiento de una persona imputada.

La protectora Conciencia Animal de Concordia catalogó como “una sentencia emblemática” a una reciente determinación tomada por el juez de Garantías, Germán Dri, quien ubicó a los animales como sujetos de derechos en el marco de una causa penal.

El fallo estableció que se cometió "crueldad animal" y se dictó una sentencia que niega la devolución de los canes a su maltratador. En el mismo acto, también niega el sobreseimiento de la persona imputada.

“Llena el alma ver juristas de este tenor”, afirmaron desde la ONG protectora, ya que “la importancia de ésta decisión es superlativa, puesto que si bien hay jurisprudencia al respecto, donde se declara a los animales sujetos de derecho, en esos casos hubo crueldad manifiesta a través de agresiones sangrientas que en la mayoría de los casos causaron la muerte de los animales”, precisaron.

En ese marco, se pone de manifiesto que “el maltrato animal está siendo demostrado con pruebas suficientes que aun no habiendo heridas o falta de alimentación en cantidad y calidad suficiente, el “estrés” causado por la situación de privación de su libertad, obligados los animales a pasar su vida diaria rodeado de sus excrementos junto al agua y la comida, no son condiciones a las que se debe, ni puede someter a un ser sensible”.

Antecedentes

Cabe destacar que a nivel provincial, existe una jurisprudencia del tema, cuando una jueza incluyó a las mascotas en una medida cautelar por violencia de género.

Oportunamente, en septiembre de 2021, la jueza - oriunda de Concordia - Fátima Anahí Polizzi, titular del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de Villaguay, dictó un fallo inédito en Entre Ríos.

La profesional, en su momento, extendió la medida cautelar de protección hacia la mujer denunciante con alcance también a las mascotas convivientes.

En el fallo textual, la jueza consideró “pertinente ampliar la cautelar interesada, por estimar que las mascotas pueden ser utilizados como medios para ejercer violencia contra la mujer, maltratarla, amenazarla, y coaccionarla”.

(Diario Río Uruguay)

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