Amarras: fuertes críticas al Procurador por dilatar la reparación ambiental

El barrio fluvial Amarras sigue protegido por las autoridades provinciales y gran parte de la Justicia, en detrimento de la defensa de la vida y el ambiente.

El barrio fluvial Amarras sigue protegido por las autoridades provinciales y gran parte de la Justicia, en detrimento de la defensa de la vida y el ambiente.

Una veintena de organizaciones sociales y ambientales dieron a conocer un comunicado donde rechazan el último dictamen del Procurador General de Entre Ríos, Jorge Amílcar Luciano García, donde defiende a la Provincia y a la Municipalidad de Pueblo General Belgrano ante la multa que les impuso la Justicia por el incumplimiento de la sentencia que ordena recomponer “el daño ambiental producido en el emprendimiento del barrio náutico denominado Amarras”.

Particulares y entidades acusan al “Poder Judicial radicado en Paraná” de la animadversión contra el amparo que se entabló para proteger el humedal donde se comenzó a construir un barrio privado. “Tuvo que intervenir la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se frenara el proyecto ilegal”, señalaron al portal Era Verde.

Con fecha 25 de octubre, el Procurador General de la Provincial, Jorge Amílcar García contestó en el expediente donde se tramita la apelación que interpuso la Fiscalía de Estado de Entre Ríos a la sentencia del 8 de septiembre pasado del Juez Civil y Comercial N° 3 de Gualeguaychú, Ricardo Javier Mudrovici, donde se sancionó la provincia de Entre Ríos, a la Municipalidad de Pueblo General Belgrano y la empresa Altos De Unzué S.A. a pagar una multa de $ 200.000 “por cada día de retardo en el cumplimiento de lo ordenado en la sentencia de amparo” que ordenaba la recomposición del daño ambiental producido por la firma mencionada al construir un country en un área protegida de humedales.

García en su intervención plantea que la sanción se toma “sin tener en cuenta lo complejo del trámite para lograr el cumplimiento de lo fallado”. El Procurador dice que “resulta obvio que las actividades que tienden a cumplir el fallo jamás pueden tener el efecto de recomposición automático o instantáneo” y por lo tanto concluye que “de lo inapropiado de resolver cuestiones ambientales complejas en el acotado marco del amparo, y que el trámite común de ejecución de sentencias no permite ponderar adecuadamente la complejidad de la temática en juego”. Es así que la Procuración considera que es “inadmisible que bajo el argumento de no estar cumplido el fallo se impongan sanciones conminatorias, sin considerar la alegación de los demandados de que el trámite de cumplimiento está desarrollándose”, por lo cual pide tratar y hacer lugar a los recursos de apelación “anulando la resolución” del juez Mudrovici.

 

Una justicia contaminada

 

Es “un dictamen incomprensible” criticaron las organizaciones apuntando que “sabido es que el Poder Judicial radicado en Paraná no tuvo nunca buena recepción al planteo del proceso ‘Majul c/Municipalidad de P. Belgrano y otros s/Amparo ambiental’”, tal como está caratulado el amparo ambiental.

“Tuvo que intervenir la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para que el 11 de julio de 2019 se frenara el proyecto ilegal, evaluando que por las ‘circunstancias de hecho acreditadas’ ya había ‘alteración negativa del medio ambiente’. A raíz de ello, el Superior Tribunal provincial, el 15 de diciembre de 2019, consideró que lo que correspondía era ‘volver las cosas a su estado anterior’ como ‘única solución posible al caso concreto’”, recordaron sobre el litigio.

Las entidades recapitularon señalando que “ante la desidia de la Secretaría de Ambiente provincial (que estuvo a cargo del actual ministro de Agricultura de la Nación, Juan José Bahillo, quien a su vez fue intendente con mandato cumplido de Gualeguaychú), prosiguieron las actuaciones judiciales en el Juzgado de origen, donde el juez Mudrovici determinó multas para los demandados, mientras siguieran sin cumplir las sentencias, de la Corte Nacional y del Superior provincial. Los demandados públicos (Secretaría y Municipalidad) apelaron la sentencia del juez local, y ahora vemos que la Procuración General ha postulado, mediante considerandos ajenos al tema, a la realidad y al derecho aplicable, que las sanciones impuestas a la Secretaría de Ambiente, a la Municipalidad de Pueblo General Belgrano y a la empresa Altos de Unzué debieran ser anuladas por el Superior Tribunal”, explicaron.

Sobre la opinión de Jorge Amílcar García hicieron observar que “la Procuración General llega al absurdo de imputar al actor de retardar el cumplimiento de las sentencias. En este marco, expresamos nuestro asombro y rechazo a tales opiniones, que postergan el cumplimiento de mandatos judiciales emitidos hace ya tres años, y que aún ni siquiera han tenido comienzo de ejecución”.

Por último, exhortaron “al Superior Tribunal a desoír la incomprensión por parte de la Procuración y exigir el cumplimiento de su propia sentencia de 2019.

El comunicado lleva la firma de los abogados Julio Jesús Majul, Selva Chesini yLuis Leissa. Pero cuenta con el aval del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gualeguaychú y de los bloques de concejales del Frente “Creer Entre Ríos” de Pueblo General Belgrano; además de una veintena de organizaciones, entre las que se destacan Fundación Fundavida; Asamblea por el No a los Agrotóxicos en San José y Colón; Asamblea Liberar nos Gualeguaychú, el Foro Ambiental de Gualeguaychú, la Asociación Civil para la Justicia Ambiental y la Asamblea Ciudadana Ambiental de Gualeguaychú como así también de Vecinos por los Humedales del Río Uruguay, entre otras.

 

El dictamen del Procurador

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