El Congreso debate la equidad de género en los medios de comunicación

Medios de comunicación

Debaten la equidad de géneros en los medios de comunicación.

Este 10 de junio la Cámara de Diputados de la Nación debate un proyecto de ley de equidad de géneros en los medios de comunicación, sean públicos o privados, con o sin fines de lucro, de cualquier plataforma. El proyecto ya fue aprobado en el Senado.  

Según publicó este jueves LatFem, el trayecto de la iniciativa es corto pero tiene decenas de bifurcaciones. La pregunta que late en el fondo es ¿Quién habla? ¿Quién cuenta la historia? ¿Qué voces y qué cuerpos están autorizados a decir? En el pasado inmediato, es el revuelo que arman las periodistas feministas en redes sociales durante 2019 con la campaña Faltamos en los medios, el que abre la pregunta pública por esa vacancia. Si estiramos un poco más allá la historia tenemos la parábola que va desde la Ley de cupo femenino en ámbitos de representación política, de 1991, hasta la Ley de paridad, de 2018. Entonces, las políticas lograron un marco legal para asegurarse su participación en política, ¿pero quiénes daban las noticias de ellas ocupando posiciones de poder?.

Durante 2020 se presentaron 3 proyectos similares en el Congreso, el que está pronto a votarse contiene algunos de los puntos trabajados en los encuentros federales de periodistas feministas que se desarrollaron de forma virtual entre junio y agosto, principalmente la inclusión del cupo trans. Pero desconoce otros, vinculados al fomento de la participación de personas indígenas y racializadas, una mención que hubiera sido vanguardista para un proyecto focalizado en género.

¿Qué dice el proyecto?

El proyecto que ya cuenta con media sanción del Senado y que se vota este 10 de junio en la Cámara de Diputados se denomina “Ley de Equidad en la representación de los géneros en los servicios de comunicación”. Fue presentado por la senadora Norma Durango, representante peronista de la provincia de La Pampa, ex vice gobernadora de su provincia y actual presidenta de la Comisión Banca de la Mujer del Senado nacional.

En la letra de la ley se considera a la equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual como “la igualdad real de derechos, oportunidades y trato de las personas, sin importar su identidad de género, orientación sexual o su expresión”.

En los medios públicos, el principio de equidad debe aplicarse con un régimen de obligatoriedad en todos los estratos de la planta del personal, desde los trabajadores permanentes, transitorios y cualquier modalidad de contratación hasta los roles directivos y de toma de decisiones. Y establece que debe garantizarse la representación de personas transgénero, transexuales, travestis e intersex en un porcentaje nunca menor al 1%. En los medios públicos el incumplimiento supone sanciones.

En el caso de los medios privados, por su parte, deben acogerse a un régimen de promoción. Según la normativa, la autoridad de aplicación establecerá un registro de servicios de comunicación operados por gestión privada y emitirá un certificado de equidad en la representación de los géneros. Para obtener este certificado los medios deben anualmente acreditar progresos en materia de equidad en al menos 4 de los siguientes requisitos: procesos de selección de personal fundados en la equidad; políticas de inclusión laboral con perspectiva de género; capacitaciones en género y comunicación; acciones de apoyo a la distribución de las tareas de cuidado; disposición de salas de lactancia y guarderías; promoción del lenguaje inclusivo y creación de protocolos de prevención de la violencia laboral y de género.

La autoridad de aplicación que determine el Poder Ejecutivo tendrá una serie de acciones a su cargo entre las que destacan la creación de campañas institucionales de fomento de la igualdad; promoción del uso del lenguaje inclusivo y capacitar en género a todas las personas que trabajen en los medios; además de su función de garante del cumplimiento de la ley y de aplicar las sanciones.

La norma supone una transición gradual entre el régimen actual y la adecuación a los principios de esta ley, deja claro que “en ningún caso se afectarán los cargos originados ni los concursos convocados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley”.

Los antecedentes y la construcción feminista

La Ley de Equidad en la representación de los géneros en los servicios de comunicación es un nuevo saldo legislativo favorable para el movimiento feminista. Las comunicadoras feministas que dieron cuerpo y lograron expandir el Ni Una Menos en todo el mundo son las mismas que ahora llevan adelante una ley necesaria, un nuevo intento de construir medios de comunicación democráticos.

La gran mayoría de los trabajadores de la comunicación son varones cis*. Lo sabemos desde que existe algo así como un periodismo colonial, muy rara vez una mujer tenía voz pública, las condiciones: ser ricas, blancas y cercanas al poder. Alguien podría decir: como ahora, y estaría en lo cierto. Esa sospecha es una de las bifurcaciones que tuvo el camino de esta nueva ley. Cuestionar qué tipo de mujeres componen ese 30% que efectivamente trabaja en los medios de comunicación y qué tipo de mujeres serán quienes entren a los medios después de esta normativa son preguntas postparitarias.

Cuando en 1995 se redactó la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing en la 4ta Conferencia Internacional de la Mujer, se establecieron dos objetivos: J. 1 Aumentar el acceso de la mujer y su participación y J. 2 Fomentar una imagen no estereotipada de la mujer. 25 años atrás la pregunta por cuáles son los rasgos que tiene ese sujeto comprendido en “la mujer” no había llegado hasta la ONU y los Estados que propiciaron acciones para cumplir con estos objetivos se concentraron en el problema de la imagen de la mujer en los medios y no hubo medidas sustanciales para aumentar la participación de “ella”.

Las leyes de acción afirmativa son herramientas que se usan en muchos contextos y con diversos actores para potenciar y acelerar procesos de reparación e igualdad. Así el cupo femenino, el cupo indígena, el cupo trans, la paridad de género en variedad de ámbitos. La primera apuesta de este proyecto de ley que está pronto a aprobarse fue por una ley de paridad que garantice la igualdad entre varones y mujeres. Decíamos que es paridad lo que falta, que faltamos las mujeres en los directorios, detrás de las cámaras, en las redacciones, editoras de secciones. Una promesa vinculada con la agenda de Beijing: aumentar la participación de la mujer, no importa qué tipo de mujer. Pero los feminismos impusieron otra agenda.

El 8 de junio, en el primer encuentro hacia una representación paritaria y cupo trans en medios (convocado por la diputada Mónica Macha y LatFem), se planteó que la paridad es un concepto binario, que esconde privilegios de aquellxs quienes son tenidos en cuenta en el par. ¿Qué pasa con las personas trans? ¿Qué pasa con las lesbianas? ¿Serán negras esas mujeres, serán indígenas? La pregunta se empezó a formular en términos postparitarios cuando aún la paridad no estaba garantizada, y esta bifurcación convirtió a un proyecto liberal en un proyecto decididamente feminista.

El 8 de junio fue el primer encuentro federal y participativo de comunicadorxs.

El texto que se presentó en mesa de entradas de la Cámara de Senadores el 5 de junio con la firma de la senadora Norma Durango no hablaba de personas trans ni de perspectiva de diversidad sexual. Tampoco hacía referencia a medios privados o extendía la aplicación a cualquier soporte, estas bifurcaciones fueron presentándose en la medida en que la discusión se hizo pública y participativa y en la medida en que las feministas de la política y las ONG llevaron el debate a los espacios institucionales donde se definía la letra de la ley.

La democracia paritaria es un concepto lo suficientemente flexible como para permitirnos evocarlo sin reducir la perspectiva feminista a la defensa binaria (clasista y racista) de un género, implica la evolución hacia relaciones equitativas de género, así como de etnicidad y estatus socioeconómico. Se trata de un concepto integral que trasciende lo meramente político. La democracia paritaria como horizonte político trasladado a los medios es una invención más de lxs periodistas feministas argentinas.

No serán todas feministas las personas que ingresen a los medios gracias a las puertas que abre esta ley, como no fueron todas feministas quienes accedieron al voto en 1947, pero una acción de este tipo es de por sí feminista, porque repara una desigualdad histórica en el acceso a la voz pública. Un año excepcional, en el que los medios de comunicación renovaron su relevancia se convirtió en el escenario para propiciar una transformación buscada y deseada por colectivos y organizaciones de comunicadoras desde hace decenas de años. Una vez más: Que sea ley.

(*) Cisgénero define a los individuos cuya identidad sexual coincide con su sexo biológico. Se definen por oposición a los individuos transgénero. El neologismo fue introducido en 1991 por el psiquiatra y sexólogo alemán Volkmar Sigusch.

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