El Senado sesionará este miércoles y avalará a Nilda Garré como embajadora argentina ante la OEA

El pleno del Senado se reunirá este miércoles en el recinto, desde las 14.30, para tratar una batería de proyectos que incluye, entre otras cosas, el aval de la ex ministra de Seguridad Nilda Garré como embajadora argentina ante la OEA.

Luego, la Cámara Alta sancionará una iniciativa que prevé la implementación de un “régimen reparatorio para ex presos políticos, que durante el período del 24 de marzo de 1976 al 10 de diciembre de 1983, hayan sido privados de su libertad en condición de civiles o militares, condenados por un Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, o privados de su libertad”. La iniciativa se refiere a las situaciones generadas por el accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, por causas políticas, gremiales o estudiantiles.

El proyecto además incluye a las personas que fueron “privadas de su libertad en condición de civiles y/o militares por actos emanados de unidades o tribunales militares especiales o consejos de guerra, haya habido o no sentencia condenatoria en este fuero, bajo la vigencia de la Doctrina de Seguridad Nacional”, y las que fueron privados de libertad “por tribunales civiles, en virtud de la aplicación de la ley 20840/74 y/o del artículo 210 bis y/o 213 bis del Código Penal y/o cualquier otra ley, decreto o resolución de esa índole, habiendo permanecido detenidas bajo el régimen de ‘detenidos especiales’, violatorio de los derechos humanos amparados constitucionalmente”, publicó Parlamentario.

La iniciativa que viene de la Cámara Baja -fue impulsada por el legislador oficialista Juan Carlos Díaz Roig (Formosa), deja en claro que la pensión graciable será “de carácter independiente de cualquier otra reparación, sin perjuicio de la indemnización que a cualquier persona afectada le correspondiera, por daño moral, físico o psicológico a consecuencia de la tortura institucionalizada y la reclusión prolongada y vejatoria a la que haya sido sometida”. Asimismo, no serán “comprendidas las personas que resultasen beneficiarias de una prestación nacional, provincial o municipal de la misma naturaleza y emanadas de las mismas situaciones, quedando a su criterio el derecho de poder optar por una u otra pensión”.

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Por Alberto Kornblihtt y Adrián Paenza (*)

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