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Las causas laborales contra empresarios representaron el 1,5% del empleo registrado en la provincia

El gobernador Rogelio Frigerio se expresó respecto a la reforma laboral durante su discurso de apertura de las sesiones ordinarias del período 2026. Allí aseguró que “las interpretaciones judiciales no pueden ser siempre en contra del que genera empleo”.

Los dichos de Frigerio se circunscriben en el debate nacional donde de un lado se asegura como algo real la existencia de lo que popularmente se instaló como “la industria del juicio”. Una especie de armado entre jueces, abogados y trabajadores para perjudicar siempre al empresario en los conflictos laborales. Esa postura es justificativa de la reforma que logró aprobar en ambas Cámaras la Libertad Avanza junto con sus aliados.

“Que jueces y magistrados puedan actuar con independencia, mencionó fallos que afectan la economía, las pymes, las leyes laborales siguen para proteger derechos de trabajadores pero cuando se usan para simular situaciones ficticias con el fin de generar un rédito económico, el sistema deja de cumplir su función. Frente a eso no podemos mirar para otro lado. Las interpretaciones de la ley no pueden ser siempre en contra del que genera empleo, necesitamos razonabilidad”, dijo el gobernador.

ANÁLISIS realizó un informe para el cual accedió a las estadísticas oficiales respecto a causas iniciadas en el ámbito de lo laboral entre 2024 y 2025. Se trata de datos que pueden servir para contrastar con los discursos en pugna durante la discusión pública respecto a la reforma laboral, la litigiosidad y la creación de empleo.

En el fuero laboral de la provincia se distinguen distinto tipo de causas iniciadas. Para que los datos sirvan se los deben analizar en proporcionalidad con la cantidad de personas que habitan el suelo entrerriano. Según el último censo en 2022 en la provincia viven un poco menos un millón y medio de personas, unas 200.000 personas más que el último censo anterior allá por 2010.

Datos de la provincia

Del total de causas iniciadas se distinguen entre: accidentes laborales, cuando se apela a comisiones médicas, lo que hace a despidos o trabajo en negro, las homologaciones que llegan como acuerdo de partes y las referidas a violencia laboral. Habitualmente las causas que se inician por accidentes laborales o cuando se apela a comisiones médicas, los demandados no son los empresarios patronales sino que las ART. Puede haber casos en donde un empresario que no tenía ART debe afrontar este tipo de causas pero son las menos. Durante 2024 hubo 1559 causas de este estilo, mientras que en 2025 fueron 1679. Estas no pondrían en riesgo -en términos de mayoría- a los empresarios que “crean puestos de trabajo”.

Ahora bien, respecto a causas iniciadas por despidos o contratación en negro el dato es que durante 2024 se iniciaron 1816 causas y durante 2025 las demandas fueron 2050. Esto es aproximadamente 200 causas por mes en una provincia donde hay poco menos de 140.000 empleos registrados privados. Es decir que durante 2025, el total de causas iniciadas representa el 1,5% del total del empleo registrado.

Hay que tener en cuenta que el dato de este informe refiere a causas iniciadas y no a fallos judiciales. Es decir, no todas las causas iniciadas llegan a juicio, producto de que existe una instancia de mediación en donde el juez está obligado a sentar a las partes para ver si pueden acordar. Y respecto a las que sí llegan a juicio, no todas son fallos favorables a los trabajadores.

Además existen conflictos que no llegan a la Justicia como una denuncia del trabajador al empresario, sino que ante una situación de conflicto laboral, las partes acercan al Poder Judicial un acuerdo que debe ser homologado. La Justicia homologó 1158 acuerdos durante 2024 y 1249 durante el 2025. Se trata de una instancia donde ocurre una especie de mediación iniciada por las partes que se presentan ante las autoridades para que avalen el acuerdo respecto a criterios legales.

Párrafo aparte merecen las denuncias por violencia laboral donde el hecho investigado no tiene que ver con leyes laborales sino con aquellas que protegen la integridad física y mental de las personas. En este rubro, el dato se compone por patrones privados pero también dentro de la administración pública: fueron 159 durante 2024 y 130 durante 2025.

Los departamentos con más casos

Los departamentos que más casos laborales acumulan son aquellos cuyas ciudades principales son las más grandes en la provincia. No sólo por causas propias de cada ciudad sino que muchas veces las causas se inician en otros departamentos donde hay juzgados laborales específicos ya que en la ciudad de origen hay juzgados multifueros.

Cabe entender el dato teniendo en cuenta las características del empleo que tiene cada departamento en una provincia en donde algunas regiones están atravesadas principalmente por el trabajo rural, aunque también el sector comercial e industrial tiene su preponderancia en otras localidades.

Causas iniciadas en 2025 por despidos o contratación precaria

  • Paraná 420
  • Uruguay 376
  • Concordia 363
  • Gualeguaychú 224
  • Colón 166
  • Gualeguay 57
  • Chajarí 55
  • Villaguay 31
  • Nogoyá 27
  • San Salvador 27
  • La Paz 22
  • Federal 18
  • Feliciano 9
  • Victoria 9
  • Federación 5
  • Tala 4
  • Diamante 2
  • Islas 1

Cabe aclarar que los datos surgen de causas que se inician en la Justicia. Quedan fuera de este informe todas las situaciones irregulares y conflictos laborales que se resuelven en instancia administrativa o que nunca ingresan al sistema debido a que los trabajadores deciden no denunciar por miedo a las represalias y las dificultades para obtener un nuevo empleo.

Respectos a los tiempos, la inflación y la especulación

La provincia tiene un ritmo de resolución de los conflictos laborales que demoran en primera instancia entre un año y un año y medio. Cualquiera sea la decisión que se tome puede ser apelada a la segunda instancia y eso suele demorar seis meses más. En los casos que el expediente llega mediante apelación al Superior Tribunal de Justicia, en total puede haber una duración de más de 2 años entre el momento en que se produce el conflicto y el en cual se resuelve. 

El cálculo de una indemnización según la norma vigente -previa a esta reforma laboral- se establece al momento del despido en base al salario de ese momento y otros componentes también de ese momento. Cuando se judicializa existen tasas de actualización que nunca alcanzan al ritmo inflacionario argentino. Es por esto que en muchos casos al empresario no le es tan desfavorable el juicio laboral si es que durante ese tiempo le gana a la inflación e incluso puede hacer "trabajar la plata" en el sistema financiero o mediante la cobra de dólares. 

Son casos donde el empresario tiene espalda para la especulación, mientras que el trabajador no cuenta con ese tiempo ni márgen para especular. Esto condiciona toda instancia de mediación antes y durante el proceso judicial. Es un buen ejemplo de la falsa premisa del arreglo entre partes sin intermediaciones colectivas. 

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