
Concordia posee espacios predeterminados para la publicidad de todo tipo. “Tenemos solucionado ese problema”, se informó a Noticias Entre Ríos desde la Dirección de Inspección General, ya que cuentan “con lugares donde se pueden pegar afiches publicitarios de cualquier tipo”. La Ordenanza Tributaria Nº 34.420 es la que regula este tipo de promoción, y establece los costos por día.
En tanto, en Villaguay la Ordenanza Nº 708 establece los horarios y días para difundir propaganda ambulante, que no prevé excepciones en lo atinente a información de partidos políticos. Asimismo, “prohíbe la instalación de pasacalles en la planta urbana”, explicó el jefe de Tránsito, Celso Begano. Sólo se permite la utilización de paredes u ochavas privadas “con el consentimiento de los propietarios”. Respecto a los controles, afirmó que “se están realizando”, y destacó que la normativa “se cumple” por parte de los ciudadanos.
Por su parte, el director de Inspección General de Gualeguaychú, Sebastián de los Santos, dijo que “se prohíbe la pegatina de afiches por la Ordenanza Nº 8804/88”. No obstante, señaló que los controles no se realizan sino que han “hablado con los partidos políticos en el Concejo Deliberante y éste último sacó publicidad de la ordenanza y pidió que se respetara”.
También mencionó que “hay lugares donde no se permite” pegar afiches propagandísticos, tales como postes de alumbrado público o electricidad. Igualmente, está prohibido disponer pasacalles por Ordenanza Nº 9.970/93.
Desde Inspección General de La Paz, Néstor Prati señaló que este viernes iniciaron los controles sobre la publicidad política. Agregó que además está prohibido pegar afiches en propiedades privadas, públicas y en la vía pública. “Hay dos inspectores que están recorriendo la ciudad”, detalló.
En Paraná “se están haciendo controles sobre inmuebles privados, y se actúa ante denuncias”, puntualizó Vivas. A su vez, reconoció que “lo que por ahí se dificulta controlar son los pasacalles”, ya que está prohibido su despliegue en postes de alumbrado público. De la misma manera, por Ordenanza Nº 7.977, sólo se permite la disposición de los que presentan contenido político, religioso o deportivo.
(Foto: El Once)