“Como entidad gremial, impulsamos y respaldamos la valorización de la tarea del comunicador social”, señalaron. “Sin embargo, por convicción y compromiso social, no podemos apelar a la idea de ‘jerarquización’ que han mencionado los pocos y contados defensores de esta iniciativa legislativa, pues pretender jerarquías en la comunicación expresa el convencimiento de que éstas existen en la humanidad misma, concepto del que nos plantamos en las antípodas”, puntualizaron.
Luego argumentaron que en el proyecto algunos aspectos son confusos: “Existen, además, algunas pautas que surgen del propio texto presentado por Panozzo que son insoslayables. La primera, y fundamental, es que el articulado está mal redactado, tiene galimatías en su fundamentación y, por sobre todo, no define qué es lo que regula. Para esto habría que responder, inicialmente, qué es la comunicación social, cuál es su campo y su objeto, debate que aún está pendiente en las Universidades y, por lo tanto, no podría ser materia de una regulación legal”, agrega.
“Las actividades que se engloban de manera amplia dentro de la comunicación social a la que apela el texto con estado parlamentario en el Senado, no están claras; pueden ir desde la práctica del periodismo hasta el diseño gráfico de una pieza o la edición de una fotografía o imagen en movimiento, hasta el discurso de un vecino en una asamblea barrial. Todo esto es comunicación social. La pregunta latente es ¿A qué se refiere Panozzo en su proyecto? La indeterminación podría llevar al absurdo - si es que se aprueba la iniciativa - de imponer sanciones penales a quien hable frente a una parroquia, porque estaría ejerciendo la comunicación social sin matricula”, detallaron en el texto reproducido por APF.
El documento lleva la firma de todos los integrantes de la Comisión Directiva de la Unión de Trabajadores de la Comunicación de Entre Ríos (UTCER/CTA): Secretario General: Juan A. Bracco; Secretario Adjunto: Alfredo Hoffman; Secretaria de Organización: Flavia Fuentes Copello; Secretaria de Difusión: Virginia Dallacaminá; Secretaria de Relaciones Laborales: Lorena Albornoz; Secretario de Acción Social: José Bantar y Secretaria Administrativa y de Finanzas: María José Viglione.
Ejercicio un derecho humano
“Por otro lado, no se puede imponer requisitos para el ejercicio de un derecho humano, como es la comunicación. Comunicarnos es lo que nos hace humanos. Si se imponen estamentos, caeríamos dentro de la paradoja orweliana de que todos somos iguales, pero hay algunos que son más iguales que otros. Resulta inverosímil, además, que esta iniciativa parta del mismo sector político que promovió la ley de medios, norma fundamental para la democratización de la palabra, donde se garantiza el derecho a la información para el público, como sujeto universal según los pactos internacionales, como el de San José de Costa Rica, del que la Argentina es firmante. Esto subordinaría el interés general de poder difundir ideas e informaciones por cualquier medio sin censura previa, a las pretensiones sectoriales de un grupo”, precisaron.
“Se suma a esto, la violación flagrante de preceptos fundamentales de la Constitución Nacional en su artículo 14º, donde garantiza la libertad de expresión para todos los ciudadanos; y Provincial que en su artículo 12º asegura que ‘la libertad de la palabra escrita o hablada es un derecho asegurado a los habitantes de la Provincia, sin que en ningún caso puedan dictarse medidas preventivas para el uso de esta libertad, ni restringirla ni limitarla en manera alguna’”, añadieron.
En un pasaje del documento se remontaron al estatuto del periodista profesional, para contrastarlo con el proyecto en cuestión: “Asimismo, la legislación provincial no puede avanzar sobre legislación de fondo. Desde 1946 (Panozzo lo debería saber porque es una de las leyes promovidas por Juan Perón desde la secretaría de Trabajo y Previsión), está vigente la ley Nº 12.908 (Estatuto del periodista profesional) que regula la actividad periodística, derechos y obligaciones de los trabajadores de prensa, además de contener elementos de defensa profesional. Si la intención es la defensa profesional y el reconocimiento de la formación universitaria a la hora de las contrataciones de personal del Estado, el camino pasa por el régimen jurídico básico, ley sancionada y sin reglamentación, donde se establece una valoración del antecedente académico a través de puntaje en el concurso para el acceso a un empleo público”.
Sanciones penales
“Especial atención merece la incorporación de sanciones penales que pueden llevar a la cárcel a quienes ejerzan de forma ‘ilegal’, según el articulado del proyecto, la comunicación. Se entraría en este punto en el farragoso terreno de crear "delitos de prensa", a contramano del sistema interamericano de derechos humanos ya mencionados, del reconocimiento de la información como un derecho humano que hizo la flamante Ley de Medios y de la decisión del Estado argentino de eliminar el delito de calumnias e injurias”, destacaron.
“Un grueso número de integrantes de nuestra entidad gremial UTCER obtuvimos título de grado en la Universidad, ya sea como licenciados o como técnicos. Pero eso no nos pone por encima de nadie. La UTCER nació para defender los derechos de los comunicadores, no para sonsacar privilegios”, concluyeron.