Los ediles explicaron que la denuncia presentada en noviembre de 2014 es por la comisión del delito de Incumplimiento a los Deberes de Funcionario Público (Art. 249° del Código Penal), en virtud de “haber incumplido dolosamente y en forma reiterada la obligación dispuesta en el art. 108 inc. b) de la Ley Nº 10.027 y sus modificatorias”. Los concejales entienden que el delito se configuró “al no contestar 77 Pedidos de Informes que el Concejo Deliberante cursó al Departamento Ejecutivo Municipal, cumpliendo todas las prescripciones de la Ley 10.027 y sus modificatorias, siendo éstos muy necesarios para el adecuado funcionamiento de los órganos del gobierno que integran el Poder Municipal, esencialmente en su función de fiscalización y contralor, tal como lo dispone el art. 80° de la misma norma”.
Según la gacetilla enviada a este medio, “en la reunión el fiscal manifestó que en noviembre de 2014 -mes de la denuncia-, se había oficiado a la titular del Departamento Ejecutivo Municipal para que evacuara un informe al respecto; habiéndose recibido la respuesta en forma parcial y en el mes de febrero se había hecho lo propio con el Concejo Deliberante para verificar la exactitud de los hechos denunciados; y que a partir de dichas contestaciones se profundizaría la investigación y el análisis del caso”.
“Ambos concejales agradecieron a Ramírez Montrull por la audiencia otorgada, a la vez que le solicitaron la profundización de la investigación, ya que los funcionarios públicos deben regirse de acuerdo a las obligaciones que les imponen las leyes, y que cualquier desviación a estos preceptos provocan que los poderes del estado no puedan ejercer los roles que constitucionalmente le son asignados; en este caso la fiscalización y el control de gestión”.