Mayer rechazó la probation para dos profesionales de la empresa de Cardona Herreros

Foto prensa STJ

Guillermo Andrés Linares y Miriam Estela Fessia seguirán sometidos a la investigación judicial.

De ANÁLISIS

El juez de Garantías Mauricio Mayer resolvió rechazar el acuerdo entre el Ministerio Público Fiscal (MPF) y el abogado defensor Juan Carlos Palacios a través del cual se pedía suspender el juicio contra dos imputados secundarios en la causa que investiga al exgobernador y actual embajador argentino en Israel, Sergio Urribarri, por Negociaciones incompatibles con la función pública en contrataciones con una empresa de Diego Armando Cardona Herreros.

De este modo, el contador Guillermo Andrés Linares y la abogada Miriam Estela Fessia, ambos profesionales ligados a la firma Relevamientos Catastrales, deberán continuar sometidos a la Investigación Penal Preparatoria (IPP) a cargo de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano. 

"Estamos en presencia de un hecho, el bien jurídico protegido es la transparencia en el funcionamiento de la administración pública. Entiendo que es un delito de gran sensibilidad social. Por lo tanto yo entiendo que en general las personas particulares como Fessia y Linares han participado en un hecho delictivo que involucra el interés de la administración pública. Le es comunicable esta prohibición", expresó Mayer al rechazar el acuerdo y dar continuidad a la investigación contra la totalidad de los imputados. 

Mayer entendió que la probation no está sólamente prohibida para los funcionarios públicos que cometen un delitos, sino que valiéndose en jurisprudencia aseguró que se trata del hecho y no del sujeto. Es decir, que si hay un delito que involucra funcionarios y cuyo accionar afecta a la administración pública, los partícipes particulares tampoco pueden acogerse al beneficio de la suspensión del juicio a prueba. 

El magistrado leyó las imputaciones y explicó que según consta en la IPP, el contador y la abogada de la empresa de Cardona Herreros, participaron activamente del delito al contar con información anticipada y privilegiada para que la empresa logre obtener las licitaciones señaladas. Además, que la IPP muestra que lo hicieron a sabiendas del acuerdo espurio entre Urribarri y Cardona Herreros con el fin de otorgarle a Relevamiento Catastrales las licitaciones y el pago de sobreprecios. 

En esas gestiones participaron en nombre de Urribarri los funcionarios Mario Haydar, Miguel Ulrich, José Laporte, Luis Erbes y Humberto Flores. Mientras que por parte de la empresa de Cardona Herreros estuvieron sus directivos y profesionales Alfonso Campitelli, Jorge Sanabone, Guillermo Linares y Miriam Fressia. Además, el magistrado indicó que la IPP observa que gracias al acuerdo espurio la empresa obtuvo ganancias extraordinarias y los funcionarios un pago extra. 

El acuerdo proponía el pago de un resarcimiento al Estado y una donación a una organización que disponga la Oficina de Medios Alternativos (OMA) del Poder Judicial. Linares proponía pagar $150.000 al Estado y donar $60.000 a una organización que disponga la OMA, mientras que Fessia proponía abonar $120.000 al Estado y donar la misma suma que el contador de la empresa. La donación iba a ser en reemplazo de las habituales tareas comunitarias que no pueden llevarse a cabo in situ por cuestiones vinculadas a la pandemia.

De este modo, el expediente mantiene como acusados al exgobernador Urribarri y a su empresario amigo Cardona Herreros y se espera que avance la Investigación Penal Preparatoria (IPP) de cara al juicio oral con todos los imputados involucrados inicialmente.

 

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