Narcomenudeo: recibió la segunda condena en cuatro años

En 2017, Rodrigo Javier Pardo fue condenado a cuatro años de prisión por venta de drogas en su vivienda de Federación, luego de haber sido denunciado por un vecino y detenido por la Policía tras una investigación. Cuatro años después, volvió a ser sentenciado por haber continuado en el negocio del comercio de marihuana y cocaína. Recibió siete años de prisión por el delito de narcomenudeo, quizás la pena más alta por narcomenudeo en el ámbito de la Justicia provincial.

Esta segunda condena fue tras el juicio que se desarrolló en Concordia donde estuvo en el banquillo junto a otras dos personas. A partir de datos que manejaba el personal de Toxicología de Federación, se pudo establecer que entre el marzo y julio del año pasado (los meses más estrictos de la cuarentena al inicio de la pandemia) Pardo junto a Mariela Acevedo y Brian Vázquez, vendían marihuana y cocaína en su domicilio ubicado a 50 metros del Club Atlético Estudiantes. Además, se comprobó que cultivaban cannabis sativa en la vivienda para el posterior comercio.

No sólo se estableció el agravante de llevar adelante la actividad ilícita cerca de un club, sino que también lo hicieron a una cuadra de un comedor comunitario, el cual también funciona como “centro educacional”.

En función de esta situación, el 16 de julio de 2020 allanaron la casa donde se secuestraron las mencionadas sustancias, e incluso la parafernalia utilizada para el cultivo de las plantas de marihuana.

Quedaron detenidos, los imputaron y luego recuperaron la libertad, a la espera del juicio. No obstante, esta situación no los amedrentó para seguir en el negocio narco. El 3 de abril de este año, Pardo y sus cómplices circulaban a bordo de un remís por la ruta provincial 44, cuando fueron interceptados para un control frente a la comisaría Suburbios. Los pasajeros tenían una mochila con dos envoltorios con marihuana que pesaron en total poco más de medio kilo.

Por lo tanto, llegaron a juicio con ambas imputaciones, donde hubo arduos debates entre la fiscal Josefina Penón y los abogados defensores Rafael Briceño, Joaquín Garaycoechea y Osvaldo Sarli.

Por el primer hecho mencionado, es decir la venta de drogas en el domicilio, los tres imputados fueron condenados. Pardo recibió la pena de siete años de prisión efectiva, mientras que Acevedo y Vázquez de seis años de cárcel.

En comparación a muchas condenas por narcomenudeo en la provincia, resultan penas altas. Lo que las elevó (además de que Pardo es reincidente) fue el agravante “en razón del riesgo que trae aparejado la difusión de la droga en instituciones deportivas, donde se trata de realizar actividades de recreación y educar a través del deporte sin fines de lucro”, sostuvo en la sentencia el juez Mariano Caprarulo.

Otro aspecto relevante del juicio y del fallo fue que se dictó la nulidad del procedimiento policial cuando secuestraron la marihuana que los acusados llevaban en el remís, por tratarse de una requisa sin orden judicial. Los policías habían pasado el perro detector de drogas que marcó la presencia de sustancias, y luego avanzaron en la requisa.

Esto fue cuestionado por los defensores y al respecto el juez concluyó: “Luego del paso del can en su primera oportunidad se debió pedir en forma inmediata la orden de requisa a la Fiscalía con anuencia del Juez de Garantías, al igual que la orden detención en su caso, nada de eso se hizo y ello constituye un obrar ilegal inadmisible”. Por esto, los tres imputados fueron absueltos de ese delito.

Al parecer, hay cada vez más sentencias en las que se advierten estas circunstancias de procedimientos policiales irregulares.

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