“Ya se encuentra vencido el plazo para que Casación resuelva”, había dicho ayer a Infojus Noticias Pablo Pelazzo, uno de los fiscales que llevó adelante la investigación.
“No se han recabado elementos de prueba que permitan sostener el temperamento del tribunal recurrido”, sostuvo el camarista Hornos en su voto sobre la causa por los secuestros contra veinte trabajadores de Ledesma y vecinos de la zona donde está emplazado el ingenio. Ese voto, que fue el que apoyaron los otros dos camaristas, se rechazó que Blaquier y Lemos fueran responsables por la utilización de camionetas de la empresa por parte de las fuerzas represivas de la dictadura para realizar secuestros.
Hornos insistió –en un voto definido como “meduloso” por parte de Riggi y que revocó la decisión de la Cámara Federal de Salta- en que “no hay, a esta altura de la investigación, un mínimo de elementos probatorios que permitan considerar que los imputados Blaquier y Lemos se representaron que estaban aportando a la conducta dolosa de miembros de las fuerzas de seguridad que privarían ilegalmente de la libertad a las víctimas de este proceso”.
La misma decisión –y similar argumentación- se aplicó sobre la causa por los secuestros de Luis Ramón Arédez, Omar Claudio Gainza y Carlos Alberto Melián, y sobre el caso de Ernesto Samán, que la Cámara Federal de Salta ya había rechazado su caso porque consideró que no estaba demostrado el uso las camionetas de Ledesma en su secuestro.
Poco después de conocerse las resoluciones, la empresa distribuyó un comunicado de prensa de cinco párrafos, donde destacó la decisión de la Sala IV, que dictó la falta de mérito de Blaquier y Lemos.