El proyecto urbanístico de Sergio Lifschtiz en Paraná. Prohibido pasar: ciudad amurallada

Por P.G., de ANALISIS DIGITAL

El paradigma de la seguridad y del control encuentra uno de sus dispositivos más generalizados en el muro. La historia nos ha presentado numerosos ejemplos, desde el Muro de Berlín en la época de la Guerra Fría hasta aquella muralla que el presidente norteamericano George Bush ordenó levantar para evitar el ingreso de mexicanos a tierras estadounidenses. En todos los casos, los ladrillos de esas paredes son una clara demostración de discordia y exclusión que establece una frontera estigmatizante entre dos mundos notoriamente desiguales. Y esa desigualdad, también es palpable en la capital provincial, donde Lifschitz construyó en Los Arenales un muro de 300 metros de largo por cuatro de alto. Además, el proyecto del empresario viola todas las normas que defienden y preservan los espacios públicos.

En defensa de lo público

Ciudadanía Paraná es un grupo de vecinos paranaenses que se preocupan por la problemática de los espacios públicos en la ciudad. Este colectivo surgió, según relató a este medio una de sus integrantes, “a partir de la actividad de difusión, por medio del registro fotográfico, que realizó la Deriva Bicicletera, a fines del año pasado, cuando en uno de sus encuentros mensuales acudió hasta Los Arenales donde se encontró con el ya tristemente famoso muro”. Igualmente, añadió “lo primordial es difundir qué es lo que ocurre, concretamente, con la usurpación de tierras de lo que otrora fuera el balneario que todos los habitantes de Paraná podíamos visitar y disfrutar”.

Por su parte, Jorgelina Londero, quien también participa de este grupo, expresó que “aquí está en debate los conceptos de propiedad, derechos ciudadanos y desarrollo colectivo; esto no se puede entregar ni cambiar por unas cuadras de alumbrado, ni cloacas, ni nada que se le parezca”. En ese sentido, agregó: “Cuando decimos que este emprendimiento nunca tendrá licencia social, estamos diciendo que sabemos que viola la legislación vigente, que confiamos en que el fallo de la Justicia no favorecerá la entrega del patrimonio ciudadano y que la movilización social sentará precedente para ésta y para futuras iniciativas similares”.

Asimismo, Londero indicó que “la ciudad es un gran barrio, con un ordenamiento urbano resultado de la experiencia cotidiana de sus habitantes. Por esto es que la violencia y la desigualdad que genera que los bienes materiales y simbólicos sean accesibles para pocas personas provoca conflictos que no pueden ser resueltos sin un debate inclusivo”. En esa línea, manifestó que “sería gravísimo si a esto le agregáramos el asentamiento de barrios privados y cercados que cuenten con todo lo que debería tener la ciudad para sus habitantes vivan plenamente”.

La recomendación del Defensor

En diciembre de 2010, el Defensor del Pueblo de Paraná, Luis Garay, elevó una recomendación al Ejecutivo Municipal, luego de que 54 vecinos le reclamaran que “la muralla les prohibía la vista al río Paraná, de la que han disfrutado durante toda la vida”. Además, Garay recibió una nota firmada por 700 vecinos que recolectó Ciudadanía Paraná, y Londero expresó que la nota del ombusdman local “fue muy pertinente, muy completa y no descuida ningún elemento de análisis. No sólo incluyó todas las cuestiones técnico-legales de la construcción de un muro, sino que destacó lo que significa política y socialmente por la violencia, la exclusión y la desigualdad que genera”.

En la Recomendación Nº 5 puede leerse que el proyecto de Lisfichtz “viola flagrantemente los principios y las normas del código urbano municipal al igual que las atinentes a la preservación del medio ambiente”. Además, dicha recomendación se basó en lo establecido por el Código Urbano, a través de la Ordenanza Nº 8.563, que regula los usos y construcciones en la ciudad y que fija la construcción de cerramientos en base a tejido y arbustos. Asimismo, señaló que el muro “viola abiertamente la norma citada. Es dable advertir que el mismo no se encuentra declarado en los planos, tampoco existe solicitud previa a su ejecución”. Y por ello, Garay en su nota recomendó como primer punto la “demolición del cerramiento del proyecto denominado ‘Amarras del Sol’, ubicado en el barrio Los Arenales de nuestra ciudad”.

Por su parte, Garay manifestó que “la construcción de murallas no está vinculada a vivir con la realidad, y la planificación de barrios residenciales cerrados son un signo de estigmas, de percepciones y de miedos sobre los otros, sobre aquellos que no quieren ser vistos por ciertas clases sociales”. Igualmente, indicó que la presencia del muro “favorece a la segmentación social”; y se refirió a que en la recomendación subrayó que la presencia de barrios privados “sea con proliferación de rejas o levantando muros divisorios, en la ciudad el sentido de comunidad se erosiona”.

El defensor paranaense indicó que este tipo de proyectos “sirven para que crezca el negocio de la vigilancia y el inmobiliario que buscan vender una falsa imagen de seguridad”. También, señaló que el empresario Lifschitz recibió una notificación para que cumpla con el acuerdo de modificar el muro, construyendo una base de material y arbustos en la parte superior. En ese sentido, Londero señaló “el muro debía ser demolido unos días antes de navidad del año pasado. Al comprobar que a mediados del mes de marzo la obra seguía en pie, pedimos una audiencia con la secretaria de Planificación Municipal, Rosario Romero, que nos recibió acompañada del subsecretario de Planeamiento de la comuna, Eduardo Lorefice”.

En ese encuentro, la integrante del grupo indicó: “Intercambiamos información respecto del muro y del litigio por los terrenos de Los Arenales y de allí salió el compromiso de la Municipalidad de ponerle un plazo al cumplimiento de la demolición del muro”. El límite era de 30 días corridos, y aún está en vigencia.

Una historia política y jurídica

Además de la construcción del muro, hay una cuestión central que es la propiedad del terreno. En ese sentido, la abogada María Emma Bargagna es una de las precursoras de la causa por la recuperación de Los Arenales, y su acercamiento al tema “tuvo su origen a raíz de una presentación que hizo el ex concejal Guillermo Mondejar en el 2002 ante la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, poniendo en conocimiento del titular del organismo un permiso de uso que se había otorgado a través de un decreto municipal, por el cual se le permitía a Lifschitz que construyera un barrio privado en el predio, que es de la provincia, conocido como el balneario público Los Arenales”. Asimismo, señaló que “haciendo un análisis de los antecedentes llevaban a la conclusión de que tanto el Club Náutico como la zona del Túnel y Los Arenales están ubicados dentro de la línea de ribera, y por lo tanto es de dominio público”.

A raíz de esta presentación, se hizo un profundo estudio donde Lifschitz y su apoderado plantearon la nulidad de los títulos que el Banco municipal consideraba propios. La abogada indicó que “de esa investigación, la prueba más importante es el reconocimiento del empresario de que Los Arenales, el Túnel y el Club Náutico son territorio del dominio público provincial. Lifschitz lo reconoce y lo utiliza para repeler la acción del Banco municipal de desalojo del Club Náutico, club del cual era presidente”. Y añadió: “Años después adquiere a muy bajo precio 53 mil metros cuadrados que corresponden a una zona de los Arenales”. En ese sentido, sostuvo que “Lifschitz era comprador de mala fe, puesto que sabía que estaba comprando un bien de dominio público que por su condición de tal está fuera de comercio”.

La cuestión de la propiedad está muy clara para Bargagna, “porque los fiscales anteriores ganaron dos juicios en primera y segunda y última constancia contra Casa Franchini SRL y a Annichini Hnos., por los cuales la provincia recuperó su dominio público provincial, por ser territorio que está dentro de la línea de ribera”.

Pero la historia continuó. Cuando se hace la investigación se presenta el dictamen al gobernador Montiel (gestión 1999-2003) y al fiscal Sergio Avero, quien inmediatamente se pone manos a la obra y se entabla la demanda de nulidad de título y reivindicación contra la Municipalidad de Paraná y Lifschitz. Se inicia la acción, y Avero considera que el juicio debe presentarse en Buenos Aires, en donde se demora varios meses y la corte termina declarándose incompetente. En ese período, el empresario gana mucho tiempo y avanza en la construcción de un canal, sacando toda la arena de los arenales y empezando sus obras del barrio privado.

Terminada la gobernación de Montiel, asumió Jorge Busti (gestión 2003-2007), y al juicio lo prosigue la nueva fiscal, Claudia Mizawak, quien realiza un dictamen, en palabras de Bargagna diciendo que “es muy dudoso el tema legal y que puede llevar a que los contribuyentes tengan que pagarle una indemnización millonaria a Lifschitz”. La abogada sostuvo que “inmediatamente, el gobernador emite el Decreto Nº 7.560 del año 2005 ordenando a la fiscal de Estado de desistir del juicio de nulidad de titulo y reivindicación contra el empresario y desistir de la medida cautelar de prohibición de contratar que estaba también presentada para que Lifschitz no siguiera vendiendo lotes en Los Arenales”.

Entonces, Mizawak pidió una audiencia y la jueza que intervenía la convoca, se presentaron los abogados de fiscalía provincial, el apoderado legal de Lifschitz y la Municipalidad de Paraná con el fiscal Uranga, y formulan el desistimiento. Allí, Bargagna manifestó que “cuando nos enteramos que se realizó esta audiencia, con dos ciudadanas muy humildes y valientes interponemos una acción de inconstitucionalidad contra el decreto, porque el gobernador no puede ordenar ni la fiscal de Estado puede recibir ordenes que vayan contra los intereses de la provincia”. En ese sentido, la letrada explicó que “la cuestión no pasa por un decreto o una orden, sino que debe ser debatida por la legislatura. Y en todo caso debería haber una ley de desafectación que tiene que tener dos tercios, por que se está desprendiendo la provincia de un bien de dominio público”.

En tanto, Bargagna remarcó que se interpuso una “acción de inconstitucionalidad contra el decreto que manda desistir y una medida cautelar para suspender los efectos del desistimiento hasta tanto se analice y se resuelva si es o no constitucional el decreto. Porque si el decreto es inconstitucional, el juicio debe seguir para que la provincia recupere Los Arenales”. En este momento, indicó la abogada que “este juicio entró a despacho para dictar sentencia el juez de primera instancia Eduardo Plana, quién será el encargado de decir si es o no constitucional el decreto de Busti”.

Un aspecto que preocupa a Bargagna es que Lifschitz “declaró ante escribano que los 28 mil metros que tiene delante de lo que adquirió son un aluvión que le regaló el río y lo anexa a su patrimonio. Entonces, el empresario compra una parte y se agrega otra porción totalmente gratis que son Los Arenales propiamente dicho”. Cabe señalar, que un aluvión es una formación natural del río, y Los Arenales no son un aluvión, eran bañados que se rellanaron con arena por el refulado en razón de la obra del Túnel Subfluvial. Y este refulado tiene una razón muy importante que es asegurar el túnel al lecho del río. En ese sentido, la letrada dijo que Lifschitz “no sólo ocupa lo que adquirió del Banco municipal y lo que anexa diciendo que es aluvión, sino que se toma de todo el terreno lindero que llega hasta prácticamente los límites del Club Náutico y hace un canal sacando toda la arena que tenía su razón de ser, y traza una calle arriba del túnel. Y luego ofrece en venta lotes al costado del eje del túnel”.

Además, Bargagna indicó que todo esto está prohibido por una “resolución dictada en el 2003 por las autoridades del Túnel Subfluvial en la cual se establece que del eje de esa obra pública a 50 metros está prohibida toda intervención. Y del eje del túnel a 100 metros la intervención será restringida. Todo esto excede el título que obtiene el empresario”. Asimismo, pone en riesgo la seguridad y la integridad de una obra pública vital para la región: el Túnel Subfluvial Uranga-Silvestre Begnis.

Finalmente, Bargagna subrayó que “este es un tema que debe ser debatido por el conjunto de los ciudadanos de Paraná y por los legisladores y representantes de la provincia y las autoridades del Túnel”. Y añadió que el terreno que Lifschitz reclama como propio en realidad es “un bien de dominio público que por su condición de tal está fuera de comercio, es inajenable y su reivindicación es imprescriptible. Así que hoy, mañana o dentro de 20 años los entrerrianos lo pueden recuperar a través de una acción judicial. Eso es nuestro y lo tenemos que recuperar”.

Una ciudad para todos

En la Argentina la presencia de barrios privados son una manifestación del aumento de las desigualdades sociales, cuyo telón de fondo fue el vaciamiento de lo público y la mercantilización de la salud, educación y seguridad. Los countries y los barrios privados serían así la expresión de una sociedad que enaltece la figura del ciudadano propietario, donde las cuestiones del status y la seguridad aparecen relacionadas.

Entonces, la presencia de murallas en una ciudad debe ser leída como una estrategia de apartheid de las poblaciones más pudientes, en un marco de aumento de la desigualdad y la exclusión. Sin olvidar, que de esta manera se realiza un proceso de expropiación y colonización de lo público por lo privado. En ese sentido, Londero indicó que “el muro de Los Arenales no sólo impide el acceso al curso del río que es de todos los paranaenses, no sólo discrimina a quiénes habitan la zona, sino que además deja un mensaje claro: cualquier privado con dinero puede tomar lo que el Estado abandona”.

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