En 2013 hubo un simulacro de Juicio por Jurados en Paraná

El lugar del juardo

El jurado popular es un instituto previsto en la Constitución.

Apenas aprobó la provincia de Buenos Aires la ley de Juicio por Jurados, en Entre Ríos hubo un simulacro. Lo organizó el Colegio de Abogados de la provincia y tuvo una cobertura especial de ANÁLISIS. A propósito del debate que por estos días vuelve a darse en la provincia, y con la posibilidad cierta que se implemente el Juicio por Jurados, se rescata esa especie que se publicó hace casi seis años.    

El debate del jurado

Compromiso. Ese fue el valor que unió a cada uno de los integrantes del cuerpo de ciudadanos que participó del primer simulacro de Juicio por Jurados llevado a cabo en Entre Ríos. Personas de distintos estratos sociales: docentes, empleados del Estado, jubilados, un estudiante de 18 años, un odontólogo, un desocupado, trabajadores de la comunicación… concordienses, gualeguaychuenses y paranaenses. Todos coincidieron en la responsabilidad que asumen al momento de decidir si una persona es o no culpable de lo que se le imputa.

La jornada arrancó este viernes pasadas las 9 y se extendió durante la tarde con una disertación del presidente de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados, Héctor Granillo Fernández. En el simulacro se trató un homicidio y el jurado determinó, con muy pocos elementos probatorios, que la imputada es culpable de ultimar a su pareja de un disparo. El voto de la mayoría se fundamentó básicamente y dejando de lado el contexto, en que la mujer accionó un arma de fuego que terminó con la vida del hombre. “Mató, ese es el hecho, algo socialmente prohibido”, argumentó la mayoría de los integrantes del cuerpo al momento de pronunciarse.

Tras la aprobación en Buenos Aires de la Ley de Juicio por Jurados para delitos graves, este viernes se abrió el debate a la ciudadanía entrerriana sobre el sistema que lleva 200 años de rango constitucional, pero que ha tenido una aplicación casi nula a lo largo y ancho del país, ya que cada provincia necesita sancionar su propia norma.

Se trata de un cambio de paradigma y se plantea en línea con la discusión sobre la “democratización” de la justicia. Desterrar las bases del sistema inquisitivo heredado de la cultura europea parece ser la clave de la discusión que abraza gran parte de los operadores judiciales, funcionarios, magistrados y académicos, entre otros. Pasar poco a poco al sistema acusatorio, donde no sólo se contemplan los juicios orales y públicos, sino que en ellos se da prioridad al debate entre partes, a la palabra hablada, oral, al rol de un juez lejano a la investigación que cumple una función de imparcialidad e impartialidad, y otorgar a “ciudadanos comunes” la responsabilidad de dictar un veredicto es la discusión actual.

En este contexto el Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología del Colegio de Abogados de Entre Ríos, organizó una jornada de discusión que fue desde el simulacro mismo, con jurados seleccionados especialmente para la ocasión, hasta una disertación sobre el sistema de Juicio por Jurados a cargo de Granillo Fernández.

El encuentro que reunió un nutrido público durante la primera etapa, se llevó a cabo en el salón del Consejo General de Educación (CGE) y en el Colegio de Abogados, y contó con la participación de funcionarios judiciales, abogados, estudiantes secundarios, alumnos de la Escuela de Policía y público en general. Entre los presentes se destacaron los rostros de los abogados Marciano Martínez, Alejandro Cánepa, Pablo Vírgala, Julio Federik, y Rubén Pagliotto, Miguel Cullen, Guillermo Vartorelli, Hugo Franchi, Alberto Salvatelli, Juan Rubio Pérez, Lisandro Amavet, y el villaguayense, Arnoldo Lobbosco, entre otros.

Jurado

El cuerpo de ciudadanos está compuesto por doce integrantes titulares y seis suplentes. Todos son elegidos teniendo en cuenta cuestiones como: no ser abogado ni estudiante de Derecho, no estar vinculado a ninguna de las partes ni registrar en su historia personal o familiar algún hecho similar al que se juzga, y ser mayor de edad, entre otros requisitos que debe especificar, mediante la sanción de una ley, cada provincia de la Argentina para implementarlo.

La tarea del jurado consiste en participar del juicio, sin la posibilidad de hacer preguntas a las partes, sólo oír el debate; y tras una discusión a puertas cerradas que conlleva una votación, pronunciar un veredicto. Es decir, el cuerpo debe decidir si la persona imputada es o no culpable. De la calificación legal que le corresponda, de la pena que se le aplique, se ocuparán las partes (en este caso, Fiscalía y Defensa), y el juez.

Para decidir si la persona procesada es culpable se necesita una mayoría calificada. Esto significa que de doce integrantes, diez deben pronunciarse a favor de la culpabilidad. Para votar a favor de la inocencia se necesita una mayoría simple, es decir, siete votos a favor de la persona imputada. Si no se resuelve de esta forma, se debe votar a favor de la sala. Así lo propusieron este viernes los organizadores.

Simulacro

El caso que se debatió tenía una imputada. Tamara Peña, una joven peluquera que ultimó de un disparo a su pareja, Manuel Gómez, con el arma que él mismo le había proporcionado. Pero la historia no se planteó tan sencilla. En el medio había una deuda de dinero: la mujer le había prestado 8.500 pesos a Gómez, todos sus ahorros, aunque el hombre fuera un consumidor de cocaína, alcohol y empedernido deudor.

El día del homicidio hubo varios cruces telefónicos. Peña salió en horario de trabajo hasta la oficina de su novio donde el hombre la habría maltratado ferozmente. Ella terminó por disparar una bala que atravesó la palma de la mano derecha e ingresó por la mejilla. Luego ella salió “en shock” a su lugar de trabajo.

Cuando la Policía llegó a la oficina, encontró un escenario revuelto donde yacía el cuerpo de Gómez. Los efectivos acudieron en busca de la mujer que sin presentar resistencia, abatida, entregó la cartera que contenía el arma homicida.

Por el estrado pasaron cuatro testigos: un detective, un cartero, la dueña de la peluquería, y el mozo de un bar que ambos protagonistas frecuentaban en pareja o solos.

Al finalizar las testimoniales, se oyeron los alegatos de parte y el jurado pasó a debatir a puertas cerradas con dos opciones: declarar la inocencia de la mujer o la culpabilidad por homicidio simple.

El voto fue por mayoría calificada: Peña resultó condenada, por lo cual debería continuar en posteriores instancias judiciales, donde las partes decidirían qué pena le cabría.

Al rol de fiscal lo desempeñó José Luis Chipoletti, quien cumple esa función en el Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires. En tanto, el defensor fue Pablo Iribarren, un ex juez de General Roca (Río Negro). Por su parte, el juez fue Mario Juliano, presidente de Cámara en Necochea y titular de la Asociación de Pensamiento Penal de Argentina.

“Es cosa pública administrar la justicia”

Ese mismo viernes 13d e septiembre, durante la tarde, el presidente de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados, Héctor Granillo Fernández, llegó al Colegio de Abogados para disertar sobre el sistema de Juicio por Jurados.

“Es una propuesta para la administración de justicia republicana. Hace a la función jurisdiccional tan parcializada, con resabios de la corona española que aún subsisten. No tanto con las leyes del sistema inquisitivo que van cayendo una a una, sino que se sostiene con las leyes del establishment. El código del modelo inquisitorial terminó y al sistema acusatorio, el nuevo código, sólo le falta la forma del juicio por jurado”, consideró.

“La cultura judicial no ha sido proclive al avance de las garantías. Acá involucro a fiscales y abogados que no lo señalamos, sólo dejamos y acatamos la estructura sin acatar el modelo constitucional”, propuso, y agregó que “la cosa pública es todo lo que ocurre en los tres poderes, y es del pueblo que participa y dirige la gestión de los mismos. Más a allá de las críticas, votamos y elegimos a quienes nos van a representar. Pero en este ámbito nos acomodamos a la forma monárquica. La participación del pueblo en ese 33,33 por ciento es cero porque no tiene injerencia, porque no se concretó el modelo jurisdiccionalista constitucional. Si entendemos a la Constitución Nacional en su coherencia, tenemos que tener la conciencia de su cumplimiento. Sin embargo, nos hemos apartado”, manifestó.

“El que tiene el poder no lo quiere perder. Este slogan le cabe a todo el mundo en Argentina y Latinoamérica, donde en general se repite el esquema. Somos hijos de España, de población católica, somos República, hablamos castellano... Esto tiene que ver con un origen común y un destino. Somos una comunidad y ahí están los valores: la igualdad de sus miembros. Si respetamos eso, contemplamos el esquema del Juicio por Jurados”, agregó.

El letrado habló de las reacciones que despierta la propuesta del sistema y planteó que “generalmente nos preguntamos si estamos preparados, si por ejemplo, podría ser juzgado por mi empleada doméstica”. En esa línea, propuso que entendamos que “todos somos ignorantes y debemos preocuparnos por dejar de serlo”. “Si para decidir un veredicto hubiera necesidad de una especial preparación científica y doctoral, estamos equivocados. En las sentencias hemos llegado a olvidar hechos concretos y muchas veces el lenguaje utilizado constituyó una parafernalia de hojas que no contienen una descripción acabada y clara de lo que se juzga”, marcó.

“Es cosa pública administrar la justicia, y es necesario. La constitución es tan sabia que previó la crisis de hoy. Antes de saber si íbamos a ser independientes o no ya había jurado. Entonces, el juico por jurado se presenta como resultante de la historia nacional y la buena doctrina constitucionalista de aquel entonces. El Juicio por Jurados significaba la puesta en responsabilidad del pueblo, de habilitar al Estado para dictar una condena”, explicó.

“Nosotros rompimos el esquema y ni siquiera lo aplicamos. Pero si lo consideramos, el sistema nivela horizontalmente y ayuda a la sociedad a crecer. Además, para la selección del jurado se estableció el sorteo porque no se encontró una forma más justa, un sorteo con el padrón electoral depurado, para ver quién puede serlo”, aclaró.

“El jurado se compone de doce titulares y seis suplentes, por si le pasa algo a uno de los miembros. Todos tienen una audiencia previa, donde se da la discusión de integración al cuerpo. En ese sentido, se puede recusar con causa y sin causa. Este proceso es realmente una pata tal vez más complicada que el propio juicio: elaborar un jurado con personas que reúnan parcialidad e independencia. A partir de ahora, vamos a tener que recurrir a trabajadores sociales y psicólogos. Los abogados tendremos que aprender”.

De esta forma, deberemos conocer “quiénes son los propuestos, los candidatos, su calidad de vida e idiosincrasia. En una audiencia interrogaremos a los postulantes. Vamos a tener que modificar nuestra ideología. ¿Cuál es el lenguaje? ¿A quién le dirigimos la prueba? Al pueblo. Entonces, la decisión central, el dictado de una condena lo habilita el jurado”. En la misma línea, añadió: “Es un cuento creer que somos infradotados, de que no comprendemos el lenguaje judicial. Los argentinos hemos dado muchas pruebas de que somos pueblo culturalmente elevado”.

“La administración de justicia se va a tornar cotidiana. En Córdoba, el jurado es de legos, pero con el tiempo se fue mejorando el sistema. Se amplió la competencia de delitos y se incorporó los de corrupción en los juicios por jurados. Córdoba es el primer ejemplo de juralismo en Argentina”, referenció.

Granillo Fernández reconoció que vienen “peleando” por este sistema. “En todas las provincias a las que concurrí, las sociedades están esperando participar y también lo esperan los jueces que tienen la pesadísima mochila del veredicto y sentencia”, aseguró.

Además, propuso que en tanto se cumpla la Constitución Nacional “se alejará el autoritarismo”. “Cuando hablo de descentralizar la decisión, hablo de República y control. Al veredicto lo dicta el pueblo y el juez tiene que elaborar instrucciones y tiene que habilitar al pueblo”, opinó. “La forma de no voto popular porque se politizaría la justicia, se sanea con la división de la decisión. Ya no va a ser más el veredicto y sentencia a cargo del juez”, añadió.

“Hay que tomar conciencia y saber dónde estamos parados. ¿De dónde sacaron que el juicio por jurado debe ser legislado por el Congreso de la Nación? La realidad se ha ido disfrazando y se fue distorsionando el terreno del Juicio por Jurados. En el sistema actual de designación y destitución de jueces, la estabilidad tiene que ver con un esquema político, que a su vez implica el beneplácito de algún funcionario político. Aquí nos encontramos con un sistema sabio. Nos encontramos con doce personas que están independientes de todo interés político futuro. Ese es el jurado. Una solución mágica. Tengo fe de que en cinco años, las provincias más reticentes van a legislar el Juicio por Jurados, porque se acabó el tiempo en que los jueces sabían todo. Hoy se les discute la credibilidad social que tienen”, apuntó, y agregó: “El poder necesita límites y de eso se encarga la Constitución”.

“Esto va a crear un desafío. Todo cambio produce temores y esto es un cambio. La poca experiencia argentina que se vio de Juicio por Jurados, en Córdoba, fue exitosísima. Ahora estamos llegando en la provincia de Buenos Aires a la aplicación de la ley”, acotó, sin dejar de recalcar: “El veredicto es irrecurrible. El juez no se mete para dar instrucciones. Las partes son adversariales. El juez ya no tiene que develar ninguna duda”. Por su parte, “el jurado tiene sus reglas y vota por su íntima convicción. En cambio, el juez no es pueblo, el jurado sí representa al pueblo”, completó.

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