El fiscal Delgado pidió la indagatoria de los hermanos Etchevehere y de Leonor Barbero

Etchevehere

El fiscal Delgado pidió la indagatoria de los hermanos Etchevehere y de Leonor Barbero.

El fiscal federal Federico Delgado, a cargo de la investigación en la causa por extorsión y violencia económica ejercida contra Dolores Etchevehere, emitió un dictamen en el que pide la declaración indagatoria de Luis Miguel, Arturo Sebastián, Juan Diego Etchevehere y la madre de todos ellos, Leonor María Magdalena Barbero Marcial.

Los Etchevehere, los tres hijos varones, ya fueron indagados en la Justicia entrerriana en una causa por estafa iniciada en 2013 también por Dolores Etchevehere. El 30 de octubre de 2020, siete años después de la apertura de la causa, el juez de Transición Carlos Hugo Ríos -el cuarto magistrado que tiene en sus manos la causa- citó a declaración indagatoria a todo el clan Etchevehere. Fue un día después de que la jueza María Carolina Castagno dispusiera, el 29 de octubre del año último, el desalojo de Dolores Etchevehere del campo Casa Nueva, en el Paraje El Quebracho, en el acceso a Santa Elena, que había sido tomado junto al Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE), de Juan Grabois.

Los tres varones declararon en 2020. Y este viernes lo hará ante el juez Ríos Leonor Barbero Marcial, la madre de los hermanos Etchevehere.

En forma paralela, se abrió una causa en la Justicia Federal, a cargo del fiscal Federico Delgado.

“Desde la perspectiva del Ministerio Público Fiscal, existe el grado de sospecha (…) para requerir explicaciones a Luis Miguel, Juan Diego y Sebastián Arturo Etchevehere y Leonor Barbero Marcial porque la situación de asfixia económica a la que es sometida Dolores infringe las previsiones contenidas en el artículo 168 del Código Penal, en función de la ley 26485 de protección integral de la mujer”, escribe Delgado en su dictamen y agrega: “En pocas palabras, es sometida a un mecanismo de intimación derivado del uso particular del sistema institucional, para torcer su voluntad y que, en consecuencia, producto de la asfixia económica suscribió un acuerdo privado de división de bienes independientemente de las previsiones del Código Civil y Comercial en materia sucesoria”.

El acuerdo privado de división de bienes al que hace referencia Delgado fue uno de los argumentos utilizados públicamente por la familia Etchevehere contra su hermana Dolores, y también los argumentos utilizados por la jueza María Carolina Castagno para ordenar el desalojo de Dolores Etchevehere y los integrantes del Proyecto Artigas de la estancia Casa Nueva, el 29 de octubre de 2020.

Sobre el acuerdo privado de división de bienes, sostiene que “no surtió efectos jurídicos” y agrega que “es decisivo tener en cuenta que el objetivo de todas las maniobras es conseguir una actuación de Dolores Etchevehere en ese expediente “a medida” de sus hermanos y su mamá. En ese sentido, el dictamen incluye pruebas que demuestran los elementos de violencia. Asimismo, a partir del análisis del expediente sucesorio asegura que “la sucesión de Luis Félix Etchevehere aún se encuentra indivisa” y que fue el propio magistrado a cargo el que informó que ”no se han librado fondos en favor de ninguno de los herederos declarados” y por lo tanto Dolores Etchevehere no recibió dinero y no integra el grupo de personas que administra los bienes sucesorios que aún no se distribuyeron”.

Sobre la cesión de derechos a Mirus S.A., el fiscal Delgado logró probar que el documento carece de validez porque Dolores Etchevehere no se encontraba en la ciudad de Paraná –donde habría sido firmado- en esa fecha, sino que se encontraba en Buenos Aires. La prueba la aportó la compañía telefónica Claro que rastreó la localización del celular de Dolores, publicó Entre Ríos Ahora.

Encuadre de violencia de género

Delgado ratifica el encuadre jurídico del caso en una situación de violencia económica tal como la define la ley 26.485 de protección integral a las mujeres y cita los argumentos desarrollados por las profesionales de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) y la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC), ambos organismos intervinientes en la causa por pedido del propio fiscal.

Según Delgado, el fracaso de Dolores a la hora de reclamar protección institucional radica en que algunas oficinas del Estado “por un lado acoge formalmente las peticiones de la denunciante, paralelamente despliega mecanismos de persuasión para disuadirla de sus propias peticiones y se traducen en una asfixia económica capaz de cercenar la chance de auto determinarse de Dolores Etchehevere”. Ese movimiento doble “impactaba en la capacidad de Dolores Etchehevere tomar decisiones por sí misma y le impedía/de vivir sin pedir permiso, como lo garantiza nuestra constitución”.

Delgado identificó a las instituciones estatales y sus funcionarios como artífices de la violencia contra Dolores: “El termómetro adecuado que edifica la intimidación está dado por las respuestas informales de las autoridades provinciales a las que recurrió. Todas ellas trataron de disuadir su reclamo invocando el prestigio social y el capital político y simbólico de su familia. Ello prolongó su asfixia económica y se tradujo en un poder asimétrico dirigido a conseguir un acuerdo sucesorio a medida de los imputados. En esas prácticas que, en otras palabras, significan el uso particular de las instituciones públicas para la madre y los hermanos de Dolores Etchevehere yace la intimidación que cercena su voluntad y que se traduce en una situación de angustia económica”. Vale destacar que Delgado define como “intimidación capaz de torcer la voluntad” en el sentido penal contemplada en el artículo 168 del Código Penal.

Finalmente, el dictamen da cuenta de todas las causas abiertas en las distintas jurisdicciones y su estado procesal. “Todos aquellos conflictos judicializados están atravesados por un rasgo común, ya que terminaron rápidamente o se prolongaron indefinidamente en el tiempo. Además, aparecen envueltos en mediaciones informales entre los actores directos de los juicios y determinadas autoridades institucionales de la provincia de Entre Ríos”, en otras palabras lo que Dolores Etchevehere, sus abogados Facundo Taboada y Juan Grabois y el Proyecto Artigas definen como “pactos de poder”.

El dictamen elaborado por el Ministerio Público Fiscal se encuentra a la espera de la resolución del juez de la causa, Daniel Rafecas, a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 3 de Capital Federal. De aceptar las peticiones del fiscal, el expediente pasaría a la justicia federal de Entre Ríos donde deberán tomarse las declaraciones indagatorias.

Vale destacar que esta causa se inició en el fuero federal a partir de la denuncia realizada por Dolores Etchevehere patrocinada por sus abogados Facundo Taboada y Juan Grabois el 15 de octubre de 2020, día en el que se dio inicio al Proyecto Artigas en Estancia Casa Nueva. Forma parte de la nueva etapa jurídica del caso Etchevehere donde se busca abordar con perspectiva de género todo lo sufrido por Dolores Etchevehere desde la muerte de su padre en 2009. A partir del primer dictámen de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia de Género (UFEM), la justicia de Entre Ríos tomó la perspectiva de género para el abordaje jurídico.

Desde el hecho político protagonizado por Dolores Etchevehere y Proyecto Artigas en la Estancia Casa Nueva, se trata del segundo pedido de indagatoria a la familia Etchevehere. La primera fue en el marco de la causa por estafa y vaciamiento de El Diario de Paraná. El próximo viernes 12 de marzo será indagada la madre, Leonor Barbero Marcial. Luego, el juez Carlos Ríos estará en condiciones de dictar el procesamiento.

 

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