(De ANÁLISIS)
Desde inicios de mayo de este año, el condenado en la causa Narcomunicipio como jefe de la organización delictiva, Daniel “Tavi” Celis, pisó la calle luego de siete años de encierro en distintas unidades penales. Le habían otorgado salidas socio laborales en una carnicería. Pero este jueves, la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de la Fiscalía y revocó ese beneficio. Básicamente, por los informes desfavorables que desaconsejaban dictar esa medida.
Se trata de uno de los personajes principales de aquella causa que sacudió todo el ambiente político e institucional de la provincia, quien fue condenado a 13 años de prisión por narcotráfico (en las llamadas causas Narcoavioneta y Narcomunicipio) y luego le impusieron una pena unificada de 15 años y medio de prisión por otra condena por un asalto. De esta cantidad de tiempo, obtuvo la reducción de la pena en 17 meses por los estudios secundarios, cursos, talleres, capacitaciones y trabajos realizados en el ámbito penitenciario.
El abogado de Celis, Augusto Lafferriere, había presentado el pedido de las salidas con detalles del empleador y las jornadas laborales a cumplir.
En el fallo del 6 de mayo, la jueza del Tribunal Oral Federal de Paraná, Lilia Carnero, valoró el Informe Técnico Criminológico con los avances en el tratamiento de la pena de parte de Celis, en cuanto a estudios, trabajos y talleres, desde el día de su detención el 2 de septiembre de 2016.
Luego de un análisis del caso, Carnero fundamentó, entre otros puntos para otorgar el beneficio, que “las salidas socio-familiares del condenado constituyen un derecho inalienable, que permite fortalecer y afianzar lazos familiares con sus allegados directos como así también permite paulatinamente su integración al medio social y familiar”.
De este modo, Celis comenzaba con el régimen de semilibertad realizando labores en la carnicería ubicada en calle Segundo Sombra N°2797, esquina República de Siria de Paraná, bajo la responsabilidad de José Luis Bello. Se trata de un local que es propiedad de Celis, ubicado dentro del terreno donde está su vivienda, que se lo alquila al carnicero.
El fiscal general José Ignacio Candioti se había opuesto a esta medida y presentó un recurso de Casación. Planteó que la resolución se realizó teniendo en cuenta exclusivamente la calificación de conducta y concepto del condenado y omitiendo considerar la desestimación unánime de las distintas áreas del Servicio Penitenciario para su inclusión en dicho régimen y la oposición de la Fiscalía al otorgamiento de las salidas.
Agregó que “los informes que se adjuntan al expediente administrativo desestiman la incorporación de Celis al régimen de las salidas transitorias socio laborales y también dictaminó en forma negativa el Director del Establecimiento Penitenciario”. Además, remarcó que “de los informes surge que ‘la propuesta de trabajo no lucía clara, puesto que los roles de empleado y empleador no estaban bien definidos; sumado a lo cual, no se acompañó un contrato de trabajo, que permitiera contar con mayores elementos para evaluar la seriedad del ofrecimiento”.
Al momento de resolver, el camarista de Casación Gustavo Hornos tomó los argumentos del fiscal para fundamentar la nulidad de la resolución, y en resumen sostuvo:
El juez Diego Barroetaveña coincidió con Hornos, por lo cual adhirió con su voto a hacer lugar al recurso de la Fiscalía.
Por el contrario, el juez Javier Carbajo se manifestó en contra de la opinión de los otros dos integrantes de la Sala, pero no se extendió en la fundamentación debido a que ya estaba “sellada la suerte del recurso de casación”, pero agregó: “Solamente habré de dejar a salvo mi opinión disidente, puesto que, desde mi punto de vista, la decisión impugnada cuenta con los requisitos mínimos de fundamentación que exige el art. 123 del Código Procesal Penal de la Nación”, por lo cual instó a rechazar el recurso del Ministerio Público Fiscal.
De este modo, por mayoría, Casación resolvió hacer lugar al recurso de la acusación pública, “anular la resolución recurrida y remitir los autos al tribunal de origen para que se dicte una nueva conforme a derecho”.
Cabe recordar que, un par de semanas después de otorgado el beneficio a Celis, su hijastro Renzo Bertana fue denunciado por violencia de género, lo cual derivó en un procedimiento policial en la vivienda de la familia donde se encontró un arma de fuego y un kilo y medio de marihuana. Justamente a metros de donde el condenado comenzaba con las salidas socio familiares y laborales.