La necesidad de crear un instituto de herencia vacante.
Juan Ignacio Maya*
Cuando una persona fallece dejando bienes en su patrimonio y no tiene quien lo suceda o herede, esos bienes le corresponden al “Estado”, o sea a todos nosotros; esto es una Herencia Vacante.
La Provincia se entera de estas Herencias mediante un informe de los Particulares, quienes por este servicio al Estado acceden a cobrar una recompensa (% del valor fiscal) al finalizar el proceso, conforme la escala fijada por la ley 4.829.
Cualquier desprevenido podría pensar que en la provincia tramitan centenares de estas Herencias, pero no es así. Sucede que contra el interés del Estado de enterarse de Herencias Vacantes, compite el interés de los Particulares de adueñarse de esos bienes mediante el Instituto de la Posesión Veinteñal o Usucapión.
Al concentrarse en el Particular la decisión de “informar la Herencia Vacante” o “iniciar la posesión Veinteñal”, la balanza termina siempre inclinándose en favor del interés particular y en una derrota para el Estado, siendo ínfimas las denuncias por Herencias vacantes.
Esto no significa que todas las Posesiones Veinteñales en trámite sean Herencias Vacantes no denunciadas, pero sí un importante número de ellas que hoy se escapan de las arcas del Estado.
La solución es crear un “Instituto de Herencia Vacante” dedicado exclusivamente a la búsqueda de estas Herencias y dotarlo de un sistema digital capaz de cruzar información entre diferentes organismos provinciales y nacionales, para así desclasificar personas fallecidas con bienes que potencialmente puedan conformar una Herencia Vacante.
De esta manera el Estado tendrá un medio de información totalmente independiente de la voluntad de los Particulares, y permitirá multiplicar los ingresos del Estado a partir de esta fuente de recursos.
*Abogado del fuero local