En una decisión que marca un punto de inflexión en la política ambiental argentina, el Poder Ejecutivo Nacional oficializó este viernes la promulgación de la Ley N° 27.804 a través del Decreto 271/2026 la nueva Ley de Glaciares. La normativa, que modifica de raíz el régimen de protección de las reservas de agua dulce del país, llega al Boletín Oficial tras una accidentada y tensa trayectoria parlamentaria. El pasado 8 de abril, el oficialismo logró imponerse en la Cámara de Diputados en una sesión que estuvo marcada por la paridad de fuerzas: con 137 votos afirmativos frente a 111 negativos, el Gobierno consiguió el quórum necesario para destrabar un debate que las organizaciones civiles intentaron frenar hasta el último minuto.
La reforma introduce un cambio de paradigma jurídico al desmantelar la estructura centralizada de protección que regía desde 2010. El corazón de la nueva ley radica en la transferencia de facultades a las jurisdicciones provinciales, otorgando a cada gobernador la potestad de definir los criterios técnicos para determinar qué cuerpos de hielo y áreas periglaciares merecen ser preservados. Esta "provincialización" de los recursos estratégicos deja atrás la protección rígida y uniforme que establecía la ley original, permitiendo que aquellas áreas que no se ajusten a los nuevos parámetros locales pierdan su estatus de protección especial, quedando vulnerables a la actividad económica.
Para el movimiento ambientalista, esta promulgación representa una derrota histórica y un retroceso sin precedentes en materia de derechos adquiridos. La principal crítica reside en que la fragmentación de criterios técnicos abre la puerta a la reactivación de proyectos mineros y extractivos en zonas que antes estaban vedadas por el Inventario Nacional de Glaciares. Los activistas sostienen que, al dejar la protección en manos de las provincias —muchas de ellas con intereses directos en la explotación de recursos—, se rompe el principio de progresividad ambiental, el cual prohíbe que una ley nueva sea menos protectora que la anterior.






