Concordia: piden que se condene al policía que mató de un escopetazo a Claudio Marcelo Cañete

Con el objeto de dilucidar qué ocurrió cuando un policía de civil, integrante de una comisión de la fuerza que llegó desde Gualeguaychú, mató de un escopetazo a Claudio Marcelo Cañete, se constituyó en Concordia el Tribunal Oral en lo Criminal Federal con asiento en Paraná, presidido por Marciano Martínez.

La presencia del cuerpo judicial se debió a una iniciativa de la Fiscal de la causa, Dra. María de los Milagros Squivo, quien parece haber encontrado algunas contradicciones entre las pericias oportunamente realizadas por la Policía provincial y por la Gendarmería Nacional.

Por la mañana, testigos de lo ocurrido el 21 de septiembre de 1996, en horas de la siesta, en el domicilio de calle Sargento Cabral 84, declararon ante el Tribunal. Por la tarde, se reconstruyó el hecho y, posteriormente, se continuó con la presentación de alegatos por parte de la fiscalía y la defensa del imputado por la muerte de Cañete, el policía Marcelo Galarza, ejercida por el Dr. José Esteban Ostolaza.

En el alegato de la defensa se sostuvo, someramente, que el policía seguía a Cañete en una investigación por drogas, estaciona el vehículo en que se trasladaba frente a la casa de calle Sargento Cabral, efectúa una compra apócrifa de narcóticos y se dirige al auto.

Mientras esperaba que le trajeran la droga, ve irrumpir a Cañete que le hace señas para que se acercara, a la vez que le mostraba un diario y una fotografía que habrían tomado al efectivo policial durante un procedimiento, descubriendo de este modo su identidad.

La defensa también señaló que la víctima portaba un arma, lo que fue advertido por su defendido, que trató de huir y que habría sentido disparos, por lo cual habría tomado una escopeta para repeler lo que interpretó como una agresión, disparando para repelerla, dando muerte, así a Cañete, en legítima defensa, por lo que pidió su absolución.

La Fiscalía, por su parte, consideró que las circunstancias en que se produce el incidente que termina con la muerte de la víctima no ameritaban peligrosidad, por lo que consideran que la acción del policía conformó una reacción desmedida, razón por la cual solicitó que se lo acuse de homicidio simple y pidió para él diez años de prisión.

Los hechos ocurrieron en Concordia el sábado 21 de septiembre de 1996, a las 16,40, cuando en una vivienda de calle Sargento Cabral, entre San Luis y Sarmiento, moría Claudio Marcelo Cañete, de 32 años, tras recibir una perdigonada en el pecho, disparada por un efectivo policial de la ciudad de Gualeguaychú, que realizaba tareas como agente encubierto, identificado como Marcelo Galarza.

De acuerdo con lo informado en esa oportunidad por el entonces Jefe Departamental de Policía de nuestra ciudad, Galarza trabajaba para desentrañar una conexión local del narcotráfico, que saltó a la luz cuando se detuvo - días antes de la muerte de Cañete-, en Gualeguaychú, a poco de arribar a la Terminal de Ómnibus, a dos personas sospechosas de traficar con estupefacientes.

Efectivamente, en los bolsos de estos individuos se habría hallado cierta cantidad de drogas por lo que se detuvo a Daniel Roque Chúa y a Gustavo Córdoba, ambos de nuestra ciudad, quienes fueron puestos a disposición del juzgado federal de Concepción del Uruguay, a la sazón a cargo del Dr. Eduardo Lauritto.

Por este motivo, una comisión policial gualeguaychuense se dirigió a nuestra ciudad para allanar el domicilio de los nombrados, aunque tras informar de su propósito a la Jefatura local habrían decidido realizar tareas de inteligencia para tratar de allanar la casa, cuando se encontrasen en ella los supuestos cabecillas de la organización.

De acuerdo con el relato oficial de entonces, Galarza habría tomado contacto con los ocupantes de la vivienda de calle Sargento Cabral y habría simulado estar interesado en comprar drogas, por lo que habría pactado el precio, supuestamente, con Cañete.

Por este motivo, siempre según la versión policial, el agente encubierto se habría dirigido hacia su automóvil y abierto el baúl, esperando que le diesen la droga pactada en la apócrifa transacción; pero, en lugar de aparecer con la ilegal sustancia, la víctima del disparo policial habría aparecido con un diario en una de sus manos y una pistola Cal. 45 en la otra, al tiempo que le espetaba el calificativo de «Botón».

En esas circunstancias, siempre según la policía, Cañete habría efectuado un disparo, por lo que el policía habría tomado la escopeta Cal 12.70 que tenía en el baúl y efectuado un disparo que atravesó la puerta de acceso, detrás de la cual estaba Cañete, cuyo cuerpo impactó de lleno.

Tras lo ocurrido, el policía habría abandonado el lugar raudamente, mientras Cañete caía malherido y, aunque intentó pararse, solo habría conseguido arañar con sus manos la pared del zaguán de entrada de la casa, tras lo cual falleció.

Con posterioridad, la policía allanó el lugar y fueron retirados paquetes de cocaína de máxima pureza y panes de marihuana, los que habrían sido encontrados en una casa cuyo frente da sobre calle Ramírez, a cuyos fondos se dijo que los habrían arrojado los moradores de la finca de calle Sargento Cabral.

En tanto, en la vivienda en que Cañete fue muerto, se detuvo a dos mujeres, una de ellas menor de edad en esa época, y se demoró a un hombre joven.

En un primer momento, el policía involucrado en el deceso de Cañete estuvo demorado a disposición del juez penal de Turno, en ese entonces, la Dra. Marta González de Amaduzzi.

Tras lo ocurrido, circuló la versión de que el juez federal de Concepción del Uruguay solo habría autorizado realizar una requisa personal a Claudio Cañete y el eventual allanamiento de la vivienda que alquilaba un allegado suyo, Rubén Oscar Benítez, en Sargento Cabral 84.

Asimismo, se habría autorizado a la policía a confiscar los elementos probatorios de la actividad ilícita, pero no a realizar el trabajo de agente encubierto.

Claudio Marcelo Cañete, tenía 32 años al momento de su muerte y había nacido el 17 de abril de 1964. Su primer antecedente policial fue a los 15 años, en 1979, cuando se le imputó un hurto.

Desde entonces había sido involucrado en varias causas, como robos calificados, robo automotor, lesiones leves, homicidio, amenazas, incendio, por algunos de los cuales purgó condenas en la Unidad Penal Nº 3 de Concordia y en la Unidad Penal Nº 4 de Concepción del Uruguay.

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