“Ante la información –dicen ambas entidades– que indica el rechazo del pliego del letrado Diego Rodríguez para ser nombrado a cargo del despacho del Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de La Paz por parte de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Honorable Senado de la Provincia de Entre Ríos indicando, según ha trascendido en diversos medios, como único motivo que “no se formó convicción suficiente”, el Colegio de Abogados de Entre Ríos y la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos, consideran que el tenor de la respuesta no se compadece con lo estipulado en el artículo 65 de la Constitución Provincial en cuanto exige la motivación suficiente de los actos administrativos que en su consecuencia se dicten, ni con el artículo 19 del propio Reglamento del cuerpo”.
Cabe recordar que desde los medios de prensa, como el caso de ANÁLISIS DIGITAL se informó que “senadores rechazaron el pliego de un juez por su defensa de derechos socio ambientales”. El reproche de los legisladores de la Cámara alta obedecía a la presentación de inconstitucionalidad, realizada en forma conjunta por una importante número de organizaciones y partidos políticos, una vez aprobada la Ley N° 10.352, que habilitaba al Ejecutivo provincial a contraer créditos por 430 millones de dólares para la construcción de dos acueductos en el Norte provincial.