El régimen también abarcaba a las operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en todos los casos cuando fueran pagados en efectivo.
Esta medida había sido anticipada por la AFIP el viernes último, cuando a través de un comunicado indicó que "esta modificación procura preservar la equidad frente a las distintas situaciones que se producen entre las liquidaciones anteriores y posteriores a dicha fecha".
En ese sentido, aclaró que "sigue vigente el mecanismo de compensación con los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales y, de corresponder, el mecanismo de devolución de las percepciones sufridas con anterioridad" al 17 de diciembre, el día en que el Gobierno eliminó el "cepo" cambiario, publicó Infobae.