Presupuesto 2012: la comuna paranaense destinará el 85 por ciento a personal y obras públicas

El miércoles 29 de febrero, en sesión extraordinaria, el Concejo Deliberante sancionó la ordenanza Nº 8.994 que dispone el Presupuesto General de la Administración Municipal para el ejercicio 2012. La aprobación se logró con el voto de los ediles oficialistas, ya que no tuvo el acompañamiento de los bloques opositores del radicalismo, el socialismo y Eva Perón (Frente Entrerriano Federal).

En la normativa queda expresado que se estima en 586.283.556 pesos los dispendios de la comuna para el corriente año.

En cuanto a las Erogaciones Corrientes, se contemplan 400 millones (68,22 por ciento) para Personal, 76.386.628 (13,02 por ciento) a Bienes de consumo y servicios no personales, 5.758.825 (0,98 por ciento) a Transferencias (comprenden los programas sociales), y 690.480 (0,11 por ciento) a pagos de Intereses y gastos de la deuda.

En relación a las Erogaciones No Corrientes se dispondrán a Bienes de Capital 3.556.170 (0,60 por ciento), a Trabajos Públicos –obras– 99.744.453 (17,01 por ciento), y a Bienes preexistentes 147.000 (0,02 por ciento).

El reglón de Trabajos Públicos se divide, en el anexo, en obras con financiamiento municipal (40.747.453 de pesos) y en obras con financiamiento extra municipal (58.997.000), principalmente del gobierno provincial y nacional. A esto podrían agregarse otras con financiamiento en trámite por algo más de 29 millones de pesos.

Recursos

El cálculo de recursos que se realizó para armar el presupuestos indica que la Administración Municipal dispone de 597.626.208 pesos para atender las erogaciones.

Esta diferencia da un resultado financiero previo positivo de 11.342.652. Estos serán destinados a atender el pago de la Deuda Flotante y la amortización de la Deuda Consolidada.

Según otro cuadro del anexo, el total de los pagos proyectados de la deuda pública asciende a los 40.642.081 de pesos.

Personal. En la ordenanza del Presupuesto 2012 también quedó plasmada la cantidad de cargos laborales de la planta municipal. Así es que se fijó en 3.810 los cargos permanentes; en 950 los contratos de Locación de Servicios; en 1.500 los contratos de Obra; y en 100 los contratos de horas cátedra.

Participativo

Asimismo, la norma indica que el Ejecutivo destinará 500 mil pesos al Plan de Obras Públicas bajo la modalidad del programa de Presupuesto Participativo. Esto implica la participación de ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil para definir en forma conjunta con el municipio la asignación de esos recursos públicos. El artículo correspondiente dispone “la suspensión transitoria” de la Ordenanza Nº 8.393 que regulaba el presupuesto participativo y en cuyo articulado se disponía destinar el 8% del Presupuesto general para este programa. De todos modos, vale también decir que hasta ahora nunca se habían dispuesto fondos para el mencionado programa.

Facultades

En la ordenanza queda expresado que se autoriza al Departamento Ejecutivo a reasignar los montos totales consignados en las Partidas de Bienes de consumo y Servicios no personales y en Obras Públicas.

Otra facultad que se otorga al Ejecutivo es poder modificar los montos determinados de las erogaciones, los recursos y el pago de deuda, mientras quede asegurando el equilibrio presupuestario.

El Ejecutivo también quedó habilitado a modificar las plantas permanentes de cargos, la cantidad de contratos de Servicios, Obra y Horas Cátedra. “Las modificaciones deberán mantener los totales que por situación de revista se fija; excepto las resultantes de modificaciones institucionales originadas en ordenanzas o decretos, siempre y cuando las mismas establezcan los recursos o economías que aseguren sus financiamientos manteniendo el equilibrio presupuestario”, dice la regulación.

Se faculta, a su vez, al Ejecutivo a ampliar el Presupuesto General por nuevos o mayores ingresos con afectación específica y por mayores ingresos de recursos no afectados. Éstos últimos deberán destinarse prioritariamente a la recomposición o incremento de las remuneraciones y a la regulación de la situación de los trabajadores contratados. Asimismo, podrá incrementar las arcas con la incorporación de saldos no utilizados de ejercicios anteriores.

El Ejecutivo también podrá disponer la reprogramación de obras públicas contratadas, a fin de obtener una modificación en sus curvas de inversión comprometidas que las adecue a las posibilidades ciertas de financiación.

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