Cuarto intermedio hasta la confirmación o rechazo del sobreseimiento de Treppo

Cristian Treppo

Cristian Treppo fue designado al frente de la Unidad Ejecutora Provincial (Foto: ANÁLISIS).

La situación judicial del ex intendente de Seguí y actual titular de la Unidad Ejecutora Provincial (UEP), Cristian Álvaro Treppo, quedó en espera de la resolución que adoptará el juez de juicio Pablo Vírgala que, después de escuchar este jueves por la mañana al fiscal Franco Bongiovanni y al defensor Germán Treppo, deberá resolver si confirma o tuerce la resolución que adoptó el último 20 de noviembre la jueza de Garantías Elisa Zilli. La magistrada dispuso entonces el sobreseimiento de Treppo.

Ahora, deberá resolver Vírgala, pero dijo que se tomará tiempo para analizar el caso, y oportunamente dará a conocer su decisión.

Treepo está acusado del delito de falso testimonio. La Fiscalía entiende que el exintendente de Seguí  “mintió” cuando declaró como testigo en 2018 en el juicio que se le siguió al exvicegobernador Héctor Alanis (PJ) y al exsenador radical Humberto Re por el desvío de unos 6 millones de dólares de las cuentas del Senado de Entre Ríos, proceso al cabo del cual ambos terminaron condenados. La defensa sostiene que Treppo nunca debió ser llamado como testigo porque estuvo investigado en esa causa y se le dictó el sobreseimiento por prescripción en 2007.

“Venimos a pedir la revocatoria del sobreseimiento”, planteó el fiscal Bongiovanni ante el juez Vírgala. Argumentó la petición en el hecho de que el exintendente de Seguí “fue testigo” en el marco de la causa Alanis/Re, y en esa calidad contestó por escrito un pliego de 41 preguntas.  “Treppo fue testigo en base a una requisitoria fiscal. No solo su declaración fue interesada por la Fiscalía, sino que fue autorizada por el tribunal. Pero además, Treppo ocupó ese rol de testigo sin manifestar ningún tipo de oposición, y amparándose en la facultad propia del cargo que ocupaba, en ese momento intendente de Seguí, y lo hizo por escrito. Fue testigo porque no pesaba sobre él ningún impedimento legal. Sostenemos que no solo fue testigo, sino que mintió y mintió de forma deliberada”.

El fiscal explicó que “ante la contundencia de la evidencia que acredita de modo tan fuerte que Treppo fue testigo, la jueza Zilli sostiene la atipicidad, diciendo que Treppo fue testigo no debiendo serlo. Y que si lo fue, debió avisarse de la posibilidad de abstenerse de declarar”. Bongiovanni sostuvo que el exintendente de Seguí nunca estuvo imputado en la causa, y que además le fue dictado el sobreseimiento por prescripción en 2007.

En función de esos argumentos, pidió que se revoque el sobreseimiento y así permitir la continuidad del proceso que, de ese modo, debería desembocar en el pedido de remisión de la causa a juicio oral, informó Entre Ríos Ahora.

En oposición, el defensor Germán Coronel aseveró que la sentencia de la jueza Zilli fue “ejemplar”. Al respecto, abundó. “El fallo es muy rico desde el punto de vista dogmático y práctico. Lo ha hecho en base a su competencia como jueza de Garantías. El juez de garantías es una pieza importante para tutelar los intereses de la gente. Hay que decir que hay jueces de Garantías que todavía están muy tibios en asumir su rol”.

Coronel señaló que el tribunal que juzgó a Alanis y a Re y que leyó la declaración por escrito de Treppo en ningún momento ordenó la instrucción de una causa por falso testimonio. “Es una denuncia de oficio de la Fiscalía contra Treppo, pero no surge de un mandato del tribunal de juicio que sentenció a Alanis y a Re. En esa causa, Treppo fue imputado y sobreseído por prescripción. Y con ese sobreseimiento, Treppo nunca pudo haber sido testigo creíble para ningún actor, ni para Fiscalía ni para los jueces.  Treppo nunca debió haber sido testigo. A ninguno le hubiera servido, aún cuando dijera la verdad, que dijo la verdad. Pero además, decir que Treppo mintió en ese juicio no deja de ser una expresión. No reúne elementos básicos de un agravio. No ha probado la Fiscalía que haya habido arbitrariedad de la jueza Zilli en su sentencia”, afirmó el defensor.

A criterio de Coronel, Treppo fue llevado a declarar en causa propia:  fue parte del juicio y sobreseído en esa causa. “Treppo nunca hubiera sido creíble. Era un sujeto absolutamente inhabilitado para ser testigo”, planteó.  Pero de igual modo, recordó, se lo llamó a declarar. Entonces, planteó una duda de modo mordaz: “No digo que se lo llamó para hacerle pisar el palito para iniciarle esta causa por falso testimonio, porque se les escapó de la causa principal. No digo eso”.

“El fallo no es arbitrario”, sostuvo, y planteó que “la Fiscalía no ha podido conmover los argumentos de la jueza. Es absurdo suponer que Treppo haya mentido”.

En función de eso, pidió que se rechace la apelación, que el juez Vírgala confirme el fallo de Zilli, aunque en caso de que ello no fuera así, hizo reserva del caso Federal.

El caso

El 3 de abril de 2018, la Justicia condenó a tres años y medio de prisión de cumplimiento efectivo al exvicegobernador Héctor Alanis (PJ) y al exvicepresidente primero del Senado Humberto Carlos Re (UCR), al hallarlos culpable por el desvío de un monto próximo a los u$s 6 millones durante el año 1999 en el Senado de Entre Ríos, cuyo destino final todavía hoy se desconoce. Además, les impuso la pena de inhabilitación absoluta perpetua para ocupar cargos públicos y al pago de una multa de $90 mil.

Los otros dos involucrados en la causa por peculado –utilizar fondos públicos en asuntos privados-, los exadminsitradores de las cuentas del Senado, Maximiliano Alanis, sobrino del exvicegobernador y yerno del exgobernador Jorge Busti, y el contador José Maximiliano Crettón Pereyra, recibieron sendas condenas de dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento condicional al haber accedido a un juicio abreviado. Las condenas fueron confirmadas el 31 de octubre de 2018 por la Cámara de Casación Penal, conformada por los vocales Marcela Davite, Cristina Van Dembroucke y Mauricio Derudi.

Dos funcionarios del Tribunal de Cuentas que estuvieron a cargo del control de las cuentas del Senado en ese año 1999, entre ellos, el actual intendente de Seguí, Cristian Treppo, fueron cuestionados durante la sustanciación del juicio por no haber ejercido con celo la auditoría. El fallo de Casación apunta que Treppo “estuvo imputado, y fue erróneamente sobreseído por prescripción de la acción penal”. Y concluyó que “la sustracción de los fondos fue posible justamente porque los funcionarios del Tribunal de Cuentas de la Provincia no realizaron el control en defensa de los fondos que eran adjudicados para el funcionamiento del Senado”.

En el alegato de clausura del juicio que se desarrolló entre marzo y abril de 2018, el Procurador General de la Provincia Jorge Amílcar Luciano García cargó duro contra Treppo, a quien acusó de haber mentido en su declaración que formuló por escrito, por cuanto se amparó en las prerrogativas que dispone el Código Procesal Penal. “Treppo había sido traído por Alanis. No en vano hoy es intendente, porque responde a ese sector. Y no en vano (…) Treppo ya está a punto de ser elevado a juicio oral por la causa que yo he denominado del pavimento de oro”, apuntó.

Sobre la base de esa acusación, la Procuración decidió avanzar con una causa por falso testimonio contra el actual intendente de Seguí por su rol como auditor del Tribunal de Cuentas en el Senado.

Además de esta causa, el jefe comunal está imputado en otra por el supuesto sobreprecio en una obra de asfaltado. En esta batalla para ser sobreseído.

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