Ratifican la pre-cautelar contra la tala en calle Racedo y rechazan secuestrar expedientes

En una resolución que se dio a conocer este viernes, el juez en Feria Alejandro Cánepa ratificó “la medida ‘pre cautelar’ dictada por el magistrado interviniente” en el turno anterior, Gervasio Labriola, en el cual se dictó la “suspensión del inicio de la tala de árboles existentes en Boulevard Racedo involucrados en la obra de ensanche de esa misma arteria”.

No obstante ello, en la misma resolución rechazó la posibilidad de que “se disponga en forma inmediata e inaudita para el secuestro del expediente administrativo completo correspondiente a la contratación de la Municipalidad de Paraná relativo al ensanche de Bv. Racedo”.

Según se informó desde la comuna, “dicha documentación expuesta por el municipio cuenta con el certificado de aptitud ambiental para la obra, el pliego para el llamado a licitación, un informe de la dirección general de Vivero Municipal y un plan de reforestación y de manejo ambiental”.

El vocal de Juicio y Apelaciones Nº 3 en Feria Judicial,  Alejandro Cánepa, resolvió ratificar lo decidido por su colega Gervasio Labriola en el expediente iniciado por las polémicas obras de ampliación de calle Racedo, entre avenidas Ramírez y de Las Américas en Paraná. Los trabajos son resistidos por frentistas y vecinos que consideran que no fueron consultados, atentan contra la arboleda del lugar y son obras no prioritarias. Los vecinos proponen reformular el proyecto y el municipio había ratificado el inicio de labores para el lunes pasado hasta que llegó el mandato judicial.

Ahora Cánepa, en continuidad de la cobertura de Feria, tomó el caso, ya que la decisión de Labriola planteaba un plazo de siete días para que se “informe sobre la exactitud del hecho que motivó la demanda y en caso afirmativo la razón en que se funda su actitud, debiendo remitir los expedientes administrativos originales completos correspondientes a la contratación de la Municipalidad de Paraná de la obra pública de ensanche de Bv. Racedo y a la aprobación de la tala de los árboles existentes en dicha arteria; junto con los expedientes administrativos originales completos Nº 942/2021 y N° 1057/2021”, se especificó en aquel dictamen judicial.

Ahora, con fecha 29 de enero de 2021, el juez Cánepa  entonces en turno dictó una resolución en la que admite la precautelar que frena las obras hasta que se defina la cuestión de fondo que originó la demanda del Foro Ecologista de Paraná, es decir dilucidar la existencia del plan de “ordenamiento ambiental del territorio aprobado por las autoridades competentes, el estudio de impacto ambiental, y el plan de organización del sistema de control sobre el desarrollo de la actividad antrópica y del sistema de diagnóstico e información ambiental”.

Además de saber del estudio de impacto ambiental del ensanche, se debe determinar si hubo audiencia pública como “instancia obligatoria previa ineludible”, y si hubo acceso previo a la información pública ambiental correspondiente “completa, veraz y oportuna”.

En cuanto la admisión de la “participación ciudadana” solicitada por los accionantes para la “evaluación de impacto ambiental”, el magistrado no hace lugar porque entiende que se encuentra implícita en los puntos anteriormente mencionados y que se deben resolver en la cuestión de fondo con la sentencia. Los plazos para presentar la documental por parte de la Municipalidad vencen en breve, y será ya el juez a cargo del período ordinario quien deba expedirse.

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