Pedido de sobreseimiento para Urribarri: la decisión se conocerá el martes 3 de mayo

Mauricio Mayer, juez de Garantías que controla la investigación. (Foto: ANÁLISIS)

N.B de ANÁLISIS

Este jueves se desarrolló una audiencia oral ante el juez Mauricio Mayer, en el marco del legajo que investiga presuntas negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y cohecho, y que tiene como principales imputados al exgobernador Sergio Urribarri y al empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros.

Los defensores pidieron el sobreseimiento de Urribarri, argumentando un exceso en los plazos procesales de la Fiscalía y, como precedente, citaron el fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) a partir del cual se sobreseyó a Juan Alfonso Blasón Lorenzatto, en la causa que también tiene como imputado al exintendente de Maciá, Ricardo Troncoso.

La Fiscalía rechazó el pedido de sobreseimiento y aseguró que la Sala Penal del STJ, en ese fallo se apartó de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación e incluso de jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Finalmente, el juez Mayer solicitó una “minuta cronológica probatoria” a Fiscalía, que muestre los plazos en los que se fue produciendo la prueba en el expediente. Una vez elaborado ese documento, será facilitado por correo electrónico a los defensores. Y en base al mismo, el juez tomará una decisión sobre la discusión abierta en esta jornada. De modo que se fijó una audiencia para el próximo martes 3 de mayo, a las 12, oportunidad en la que se dará a conocer el fallo.

En la audiencia no estuvo representado el empresario Cardona Herreros, sus abogados Ignacio Díaz y José Velázquez se ausentaron con aviso. En tanto, además del pedido de sobreseimiento para Urribarri, los defensores Candelario Pérez y Juan Méndez reclamaron el sobreseimiento de Miguel Ulrich, el exsecretario de Hacienda; y del exdirector de Informática Carlos Haidar.

La Fiscalía calcula dádivas por más de 3 millones de dólares

–Estamos hablando de maniobras de sobrefacturación. Es decir, sobre el precio que pagaba al Estado en realidad la empresa privada, al precio de mercado, y el plus de sobreprecio es la maniobra de cohecho. Ese monto de sobrefacturación sería lo que percibían los funcionarios públicos –interpretó el juez Mayer, a medida que el fiscal Gonzalo Badano iba desmenuzando los argumentos para rechazar el pedido de sobreseimiento del exgobernador en la causa.

–Claro, lo que hice fue distinguir el monto total de las contrataciones, que son los primeros montos que brindé. Y posteriormente el monto vinculado a lo que serían dádivas. La mecánica que tenían es que una vez abonadas por el Estado a la empresa, a medida que se hacían los pagos, se pagaban las dádivas. Es decir, al cumplimiento de etapas o meses se pagaban las dádivas –contestó el fiscal.

–Es lo que estoy diciendo porque sale de una sola caja, por decirlo así, del Erario público. Pasa que va a dos destinatarios, uno a pagar el costo real y otro el sobreprecio para las personas particulares y en ese cálculo, usted dice que al cabo de todos estos años, se calcularía en 3 millones de dólares –repuso el juez.

–Claro, nosotros tenemos contrataciones que se realizaron en pesos y contrataciones que se realizaron en dólares. Lo que hicimos fue convertirlo a una moneda única para poder plasmarlo en la audiencia –explicó el fiscal. De inmediato aclaró que las dádivas y el monto calculado “forma parte del relato del hecho que se imputó a cada uno. Se encuentra a moneda del valor histórico”.

Ese diálogo entre el juez y el fiscal fue uno de los tramos más salientes de la audiencia que se extendió de las 10.30 a las 13.30, con un cuarto intermedio de pocos minutos. Se produjo después que el representante del Ministerio Público Fiscal expusiera que en la investigación, las contrataciones del Gobierno de Entre Ríos a empresas de Cardona Herreros fueron por montos de "alta significación económica" que supusieron sobreprecios por más de 400 millones de pesos. Las operatorias se desarrollaron, según el período investigado que se precisó en la audiencia, durante unos 9 años. 


Fiscales Gonzalo Badano y Patricia Yedro. (Foto: ANÁLISIS)

El día de la lealtad

El abogado Miguel Cullen debutó este jueves como defensor de Urribarri. Lo acompañó Raúl Barrandeguy y, detrás llegaron los letrados Candelario Pérez y Juan Méndez. Ambos representan a Ulrich y Haidar en el expediente.

Todos refirieron que el legajo se abrió el 17 de octubre de 2017, y recién tres y casi cuatro años después de esa apertura se produjeron las indagatorias. “Transcurrieron casi 5 años de este legajo. El año pasado se hizo una audiencia para pedir el sobreseimiento y en ese momento usted mismo -interpeló Cullen al juez- dio un plazo hasta mayo para concluir la investigación”. El abogado aseguró que en el marco del legajo se produjo abundante prueba, hay documentación, testimonios, objetos secuestrados. “Nos dieron 5 millones de archivos, es imposible determinar cuáles eran los elementos que usarán”, cuestionó. “El Ministerio Público Fiscal perdió la potestad para investigar”, afirmó después y aseguró que la causa sólo muestra movimiento cuando ellos piden una audiencia. Agregó que en el trascurso del tiempo se modificó la apertura de causa y se afectó el derecho de defensa de los imputados.

Como precedente jurídico para pedir el sobreseimiento de Urribarri, el abogado Cullen citó el fallo de diciembre de la Sala Penal del STJ que conminó a Fiscalía a cumplir con los plazos establecidos en el Código Procesal Penal de la provincia. “No es que la defensa sea obstruccionista –acotó-, sino que Fiscalía debió pedir una prórroga de la Investigación Penal Preparatoria”, reclamó y preguntó: “¿Urribarri tiene que pagar que Fiscalía no cumpla con el Código?”. El defensor remarcó que el plazo para concluir la IPP después de una indagatoria es de tres meses y es “perentorio y no ordenatorio”. “Así lo dice el código, a menos que se pida una prórroga”, reiteró.

Reivindicó a la Sala Penal del STJ cómo “último interprete” del Código en la provincia, no así la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Retomó la discusión legislativa que llevó a la sanción del Código vigente en la provincia. “Este código no fue para darle carta blanca a la Fiscalía”, se quejó, alzando la voz y acotó que “algunos fallos desconocieron todas las garantías constitucionales”.

“No queremos que se aplique Cozzi, sino el Código Procesal Penal”, alegó, en referencia al fallo que sobreseyó a Blasón Lorenzatto.

A su turno, los abogados Juan Méndez y Candelario Pérez reclamaron el sobreseimiento de Ulrich y Haidar en la causa.

“El poder de revisión de la Sala Penal del STJ fue ejercido de modo ejemplar en Cozzi. Uno ve que se empieza a cumplir con la Constitución”, dijo después Barrandeguy. Manifestó que la “función de Fiscalía es investigar y no perseguir a Urribarri que no es un exgobernador sino un ciudadano y tiene derecho a un juicio justo”, cerró.


Los abogados Barrandeguy, Cullen y Pérez. (Foto: ANÁLISIS)

“La interpretación de la Sala Penal es incorrecta”

El fiscal Gonzalo Badano asistió a la audiencia acompañado por su par, Patricia Yedro. Ambos están a cargo de la investigación. Cuando debió contestar al planteo de los defensores, el representante del MPF consideró que la interpretación en el fallo que sobreseyó a Blasón Lorenzatto es “incorrecta”. En esa línea, el fiscal citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y preguntó “¿qué consecuencias traería aceptar los pedidos de sobreseimiento en casos de corrupción?”.

Pidió que se considere “la complejidad” de la investigación, los roles que desempeñaban los funcionarios imputados, el tiempo comprendido en la investigación, entre otras características de la causa. Agregó que colectar la información lleva mucho tiempo, evaluarla también y los plazos se alongaron por la pandemia. Contó que debieron analizar “600 mil mails con 95 archivos adjuntos y 170 mil mensajes”. “Hay más de 2 millones de elementos analizados”, subrayó. “El caso nos llevó tiempo, entender la operatoria nos llevó tiempo”, marcó.

Describió la complejidad en aspectos como desentrañar las siglas en correos electrónicos, mensajes y planillas de Excel. “Se ordenaba que las referencias sean con siglas, por ejemplo PU como Pato Urribarri o SDU por Sergio Daniel Urribarri. Esto de las siglas es en el marco de las dádivas que detectamos”, puntualizó. “Aunque esos pagos están asentados en las planillas con otras siglas como PLM. Nos llevó mucho tiempo entender eso”.

El fiscal aseguró que los defensores de Cardona Herreros pidieron la realización de entrevistas en el marco de la causa hasta el año pasado. “Hasta el año pasado seguimos encontrando mails relevantes. No es cierto que la causa se reactiva cuando piden una audiencia. No se pude hablar de una causa estancada, es compleja, de gran volumen documental y nunca dejamos de trabajar. No podemos aplicar un criterio general como si fuera un legajo de hurto. Esta causa es, en términos de volumen probatorio, 14 veces mayor que el megajuicio”, comparó.

Asimismo, aseguró que a los defensores fueron otorgándoles la “información filtrada” con lo cual quiso explicar que no les dieron todo el volumen de pruebas sin más, sino que ordenaron numéricamente la documental y facilitaron la información relevante que tienen en cuenta para sostener la acusación. “Les notificamos todo”, respondió.

Citó después jurisprudencia de la CSJN sobre los plazos procesales y remarcó que los imputados no tienen “ningún tipo de restricción”. “Queremos señalar la gravedad institucional de los hechos en esta investigación y tenemos directivas de llegar hasta las últimas instancias”, advirtió.

Cerró la fiscal Yedro cuando marcó que los defensores del empresario paraguayo pidieron una pericia contable, se les confirió un plazo que feneció en dos oportunidades sin que la pericia sea presentada. “Nunca hubo oscurantismo, se puso todo a disposición”.

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