En Larroque dispusieron liberar actividades de comercio y oficios.
En el marco de una nueva reunión, el Comité de Emergencia Municipal de Larroque (CEM) dispuso la flexibilización de comercios y oficios en la ciudad, quedando redactada la Resolución N°10 del CEM (Decreto 088/2020 D.E.). El encuentro fue encabezado por el intendente Leonardo Hassell, el diputado nacional Atilio Benedetti, concejales, funcionarios y representantes de instituciones locales.
De esta forma, fue dispuesto lo siguiente:
-Liberar desde el día 12 de mayo de 2020 las siguientes actividades comerciales de la ciudad de Larroque: comercios en general; oficios en general; peluquerías y sus servicios anexos (depilación, belleza de manos y pies, etc.); centros de estética.
-Continúan restringidos hasta nuevo aviso los rubros establecidos en el Artículo 10° del Decreto 459/2020 del Poder Ejecutivo Nacional: dictado de clases presenciales; eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos; centros comerciales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas; transporte público de pasajeros; actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares.
-Las nuevas actividades habilitadas se desarrollarán de acuerdo al protocolo sanitario: atención por turnos y, en caso de ser posible, por ventanilla; control de la cantidad de personas que ingresan por metro cuadrado; uso de barbijos y respeto de las distancias correspondientes.
-Prorrogar la habilitación de las salidas recreativas.
-Se realizarán los hisopados de control de los dos pacientes positivos, que continúan asintomáticos.
-Aguardar resoluciones provinciales en torno a la habilitación del trabajo doméstico de limpieza.
Además, recordaron las líneas de contacto: “Hospital a los teléfonos 107 / 460-265 / 460-999; Policía al 101 / 460-300; Secretaría de Salud y Desarrollo Ambiental al 461-011 / 15565772; línea oficial provincial 0800-777-8476”.
Decreto
Luego del nuevo encuentro del Comité de Emergencia Municipal de Larroque (CEM), el intendente Hassell y los secretarios del DEM, formalizaron el Decreto Nº 151 en el que autorizan volver a sus actividades a comercios y oficios de la ciudad.
La norma expresa en el Artículo 1º: “Autorícese a los comercios en general al desarrollo de la actividad de acuerdo a las recomendaciones y protocolo sugerido en el Anexo I, durante todo el período de vigencia del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Los comercios podrán permanecer abiertos de lunes a sábados a partir del día 12 de mayo del año 2020, en los horarios habituales”.
“Autorícese a los Oficios en general al desarrollo de la actividad de acuerdo a las recomendaciones y protocolo sugerido en el Anexo I, mientras dure el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, de lunes a sábados a partir del día 12 de mayo del año 2020, en los horarios habituales”, dispone el artículo 2.
Mientras que el siguiente señala: “Autorícese a las peluquerías y sus servicios anexos (depilación, belleza de manos, pies, etc.), centros de estéticas y estudios de maquillaje a desarrollar su actividad en un todo de acuerdo al protocolo sanitario que forma parte del presente”.
“Determínese que los comercios del rubro Kiosco y similares podrán permanecer abiertos en el horario habitual, durante la vigencia del `aislamiento social, preventivo y obligatorio´”, agrega el artículo 4.
En el 6º remarca: “Reiterar la vigencia del Decreto Nº 408 del Poder Ejecutivo Nacional, el que expresa, entre otras cosas, que no se podrán incluir como excepción las siguientes actividades y servicios: 1. Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; 2. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos, y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas; 3. Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restauranes, bares, gimnasios, clubes, y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas; 4. Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional; 5. Actividades turísticas: aperturas de parques, plazas o similares”.
Mientras que el 7º indica: “Autorícese a la Municipalidad de Larroque a reservarse el derecho de revocar la presente medida en caso de incumplimiento y/o suspender habilitaciones conferidas por razones sanitarias”.