Galimberti propuso modificaciones a la ley de Emergencia Agropecuaria

Las situaciones de emergencia o desastre agropecuaria, según avizora el diputado nacional Pedro Galimberti (UCR-Entre Ríos), “serán cada vez más frecuentes y cada vez que ocurran generan un enorme perjuicio a los sectores de la producción y el trabajo pero, además, al propio Estado”. En ese sentido, el legislador presentó ante la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto que busca introducir modificaciones a la Ley de Emergencia Agropecuaria, y tiene el acompañamiento de sus pares Manuel Aguirre, Lidia Ascarate, Marcos Carasso, Fernando Carbajal, Gerardo Cipolini, Marcela Coli, Gabriela Lena y Jorge Rizzotti.

El objetivo es “adecuar la ley 26.509 a las actuales y futuras necesidades, dándole celeridad a las tramitaciones que, a partir de esta modificación, también podrían llevarse a cabo de manera digital”, se informó en un comunicado.

“Uno de los puntos que planteo es la reducción del 50% al 30% el porcentaje a partir del cual se declara la situación como emergencia, y del 80% al 50% para declaración de desastre. Por otra parte, junto con la digitalización y desburocratización del trámite, propongo que las Declaraciones Juradas puedan presentarse en las provincias o ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios”, explicó el legislador.

“Con el sistema actual, un productor agropecuario debe solicitar la emergencia a la provincia, que luego será remitida ante nación. Una vez que la nación aprueba la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario que emitió la provincia, recién comienza el proceso de aceptación de las declaraciones juradas emitidas por los productores”, señaló Galimberti en los fundamentos del proyecto.

El proyecto plantea, además, prórroga del vencimientos, excepción de impuestos, pago de aranceles de aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino, reducción de alícuotas, suspensión de la iniciación de juicios e intimaciones, entre otros beneficios.

Por último, el proyecto busca ampliar y resguardar el valor de los recursos que conformen el Fondo Nacional para la Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios (FONEDA), que pasaría a ser de un 5% del total de la partida presupuestaria asignada a la Autoridad de Aplicación -Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca- y, “con el objetivo de mantener un valor constante para esta ley, es que se establece, en el artículo 17 de la Ley 26.509, que los recursos del FONEDA se componga del valor equivalente a 20 millones de litros de nafta especial que, a valores de agosto de 2023, equivaldrían a 5 mil millones de pesos, que podrá incrementarse hasta el doble si el Poder Ejecutivo de la Nación lo considere necesario”, concluyó.

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