Santa Elena: el empresario Taselli demandó a la ATER

La empresa Santa Elena Alimentos SA, del empresario Sergio Taselli, reclama en la Justicia entrerriana que se dirima una discusión con la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) en cuanto al pago de impuestos del exfrigorífico de Santa Elena.

El empresario es conocido a nivel nacional porque su nombre apareció en diferentes procesos judiciales en los últimos años. Sin embargo, el más renombrado es el que lo tiene en la mira por la adquisición del exfrigorífico de la localidad costera. De hecho, en noviembre del año pasado la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto su sobreseimiento en la causa por la compra del establecimiento cárnico. La sentencia también alcanzó a la exministra de Economía Felisa Miceli.

Mientras ese asunto sigue tramitándose en Buenos Aires, en Entre Ríos la firma de Taselli – que se dedica a la elaboración y envasado de picadillo de carne y vianda- mantiene un pleito judicial con el gobierno entrerriano. Más precisamente, la firma plantea que ATER impulsó el cobro de deudas tributarias contra el Frigorífico Regional Santa Elena embargando el inmueble donde se ubica el establecimiento que hoy es propiedad de Santa Elena Alimentos –lo adquirió en 2006-. La causa está caratulada “Santa Elena Alimentos SA C/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos s/ ordinario acción meramente declarativa”. El 21 de diciembre, la Cámara Contencioso Administrativa de Paraná admitió el proceso.

Según supo Entre Ríos Ahora, todo comenzó el 8 de julio de 2020, cuando la firma, a través de su apoderado el abogado Emilio Moro, promovió una demanda ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 6 de Paraná en la que peticionó “se dicte sentencia declarativa de certeza que despeje el estado de incertidumbre sobre la existencia, alcance y modalidad de la relación jurídica tributaria que tiene con ATER, por cuanto ésta lleva adelante juicios contra la actora embargandose inmuebles de su propiedad”.

El objetivo de la firma es que la Justicia delimite “las responsabilidades impositivas que le caben respecto de gravámenes exigibles por las obligaciones asumidas, pero no por las que hayan contraído terceros”.

En la acción declarativa de certeza –así se denomina el recurso interpuesto por la firma- se puntualiza que en la Justicia Civil y Comercial de La Paz “han tramitado varios procesos judiciales durante los últimos años donde ATER -como parte actora- impulsó el cobro de deudas tributarias contra el Frigorífico Regional Santa Elena embargando el inmueble donde se ubica el establecimiento que hoy es de su propiedad adquirido por subasta pública en el año 2006 -y no del Frigorífico- con afectación, en consecuencia, a sus derechos constitucionales”.

Postula además que en vista a que puedan seguir nuevas ejecuciones de ATER, se determine el alcance de la relación jurídica tributaria con Frigorífico Regional Santa Elena y si Santa Elena Alimentos SA debe hacerse cargo de las deudas de aquel.

El 27 de noviembre de 2020, la jueza Civil y Comercial Nº6 de Paraná, Silvina Rufanacht se desligó del caso al hacer lugar al planteo de incompetencia que interpuso la Fiscalía de Estado, con la opinión favorable del Ministerio Público Fiscal. Así, el expediente pasó a la Cámara Contenciosa Administrativa, que se declaró competente para atender la cuestión el 12 de marzo de 2021.

La última novedad en el trámite del expediente se conoció el 20 de diciembre del año pasado, cuando la misma Cámara declaró la admisibilidad del proceso. Es decir, va a comenzar a analizar el planteo de fondo. La sentencia fue firmada por el juez Hugo Rubén González Elías.

“La acción meramente declarativa de certeza articulada por Santa Elena Alimentos S.A. reúne los requisitos establecidos en los artículos. 41º y 42º del C.P.A., estando sus pretensiones procesales incluidas en las previsiones de los arts. 2º, incs. a) y c), y 17º, inc. d), del citado código ritual, no siendo exigible en el caso el previo agotamiento de la vía administrativa, ni resulta aplicable el plazo de caducidad del artículo 19 del CPA. 6. Por ello, habiendo dictamen favorable a la admisibilidad por parte de la Sra. Fiscal de Coordinación, y conforme los antecedentes reseñados, corresponde habilitar la instancia judicial, en el marco de esta etapa preliminar del juicio y con el alcance de provisoriedad que la caracteriza”, dice la sentencia.

Más de $3 millones en deudas al municipio de Santa Elena

Entre otras causas, Santa Elena Alimentos SA enfrentó en 2018 una demanda por parte del municipio de Santa Elena, en el que se le reclamó el pago de dos boletas de deuda por tasa inmobiliaria y de comercio. La demanda fue iniciada por el abogado Guillermo Mulet, en la gestión de Silvio Moreyra; y continuada por Carlos Reggiardo, actual representante legal de la gestión de Domingo Daniel Rossi.

El 18 de octubre de 2018, la Justicia paceña condenó a la firma al pago de $3.690.753,94, más intereses legales y costas. La empresa se opuso al pago de deuda. Entre otras cosas, manifestó que las notificaciones por los pagos llegaron al establecimiento donde se ubica el frigorífico, y no a la sede central de la firma, en calle Córdoba 1351, piso 3, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En segundo término, cuestionó el monto reclamado en concepto de tasas municipales (inmobiliaria y comercial) denunciando que el frigorífico no se encontraba desarrollando su actividad en el período ejecutado. Y sostuvo que no corresponde el monto de la deuda liquidado, sino que el importe a abonar debería ser el mínimo general de $563 mensuales -y totales de $15.201-, a valores de la Ordenanza del 2020, de la Ordenanza General Impositiva N°221.

El 23 de diciembre de 2020, la jueza Civil y Comercial Nº 2 de La Paz, Silvia Vega, no hizo lugar a la oposición de la empresa y esa decisión fue confirmada el 24 de septiembre de 2021 por el juez de Cámara Andrés Manuel Marfil.

Taselli, complicado por la Corte

En noviembre del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJ) dejó sin efecto el sobreseimiento a la exministra de Economía Felisa Miceli, en la causa en la que se la investigaba por delitos contra la administración pública, durante su gestión al frente del Banco Nación entre 2003 y 2005.

Así, el máximo tribunal dejó sin efecto la confirmación de los sobreseimientos tanto a Miceli como a otros exfuncionarios. Es por la venta a un precio inferior al del mercado del Frigorífico Santa Elena, cuya propiedad era del Banco de la Nación Argentina. La exfuncionaria está acusada, además, de recibir una comisión por parte del empresario Taselli. 

Según la hipótesis de la acusación, Miceli y su pareja en ese momento, el exfuncionario Ricardo Velasco (fallecido), habrían recibido de parte de Taselli un pago indebido del 20% del monto de la operación, para definir el proceso administrativo de compra en favor de la empresa “Santa Elena Alimentos S.A.”.

Entre los imputados, además de Miceli, Velasco y Taselli, se encuentran: Juan C. Fabrega, Eduardo A. Barbier, Jorge C. Miralles, Alberto H. Vidal, Oscar P.E. Ferrari, Ricardo J. Lospinatto , Eduardo F. Caballero Lascale , Gabriela Ciganotto , Emilio F. García Escudero, Estela A. Palomeque y Marcelo Quevedo Carrillo.

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