El juez Federal con Competencia Electoral de Paraná, Leandro Ríos, resolvió este miércoles en las actuaciones Reconocimiento de Partido de Distrito que se tramitó ante la Secretaría Electoral Nacional, “no hacer lugar a lo solicitado por la Junta Electoral (JE) del Partido Justicialista (PJ)”.
Además, deja firme “la Resolución N°8, mediante la cual el órgano rechaza las precandidaturas presentadas por las Listas N° 1 Agrupación Evita, N° 7 Por una Entre Ríos Potencia, N° 10 PAR y N° 177 Tres Banderas, aceptando las precandidaturas presentadas por la lista N° 2 Desafío Peronista”.
Entre los considerandos, la resolución judicial plantea: “Debemos destacar que el escrito interpuesto por el Apoderado de la lista N° 10 ante la Junta Electoral Partidaria, en modo alguno puede considerarse como un recurso de apelación ante la justicia electoral, enmarcado en el procedimiento de la sumario cognitio del art. 32 de la Ley N° 23.298. En efecto, de conformidad con dicho procedimiento, el apelante debe interponer debidamente fundado, ante la autoridad partidaria que emite la resolución, un recurso de apelación para ser tratado por la jurisdicción, lo que no ha ocurrido”.
De este modo, se rechazó la apelación de PAR y la impugnación efectuada contra Desafío Peronista, única propuesta oficializada para participar de la interna del Partido Justicialista de Entre Ríos.