El otorrinolaringólogo, que fue jefe del servicio de su especialidad en el hospital San Martín hasta su detención, fue apresado por orden de la Justicia Federal en junio de 2009 junto a Ramón Genero Díaz Bessone, Jorge Humberto Appiani, José Anselmo Appelhans y Rosa Susana Bidinost. Desde entonces pasa sus días en una celda de la cárcel paranaense y allí seguirá luego de la resolución de Zonis. De todos modos, la defensa que lleva adelante el abogado uruguayense José Ostolaza anticipó que apelará la medida.
Ostolaza planteó en su recurso que Moyano tiene dolores de columna e hipertensión arterial crónica, por lo cual necesitaría de asistencia y seguimiento médico permanente.
Los fiscales, Mario Silva y José Candioti, se opusieron al pedido argumentando que la legislación vigente no contempla situaciones como las que sufre el imputado entre los casos en que se puede resolver una prisión domiciliaria. Es decir que no padece una enfermedad grave en fase terminal, no tiene más de 70 años y no padece una dolencia que no pueda ser tratada en un instituto penitenciario. El juez le dio la razón a los fiscales federales y determinó que se mantenga su actual condición de detención.
Moyano está procesado como partícipe necesario de delitos de lesa humanidad que habría cometido mientras se desempeñó como agente civil médico del Servicio Penitenciario de la Provincia, entre 1976 y 1977. Por ejemplo, asistió formalmente a las víctimas del terrorismo de Estado que provenían de los centros clandestinos de detención, sin hacer nada ante los problemas de salud que ellas evidenciaban por efecto de torturas y vejámenes.
Además tuvo intervención activa en sesiones de torturas, controlando hasta qué punto un detenido podía ser sometido a la picana (corriente eléctrica), el submarino (sumergir la cabeza en agua), el teléfono (golpes en ambos oídos al mismo tiempo), quemaduras y otros tantos métodos. (Uno)