Las salas I, II, III y IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal dejaron sin efecto las multas que la Secretaría de Comercio Interior impuso a diversas consultoras privadas. En rigor, los tribunales consideraron que la conducta imputada no se encontraba tipificada en el artículo 9° de la Ley Nº 22.802, destacó el Centro de Información Judicial.