Tragedia de Once: confirmaron la condena a De Vido a cinco años y ocho meses de prisión

Condena.

Confirmaron la condena a De Vido a cinco años y ocho meses de prisión.

Julio De Vido quedó este martes a las puertas de volver a ser detenido. La Cámara Federal de Casación Penal ratificó la condena a cinco años y ocho meses de cárcel que había recibido por su responsabilidad en la tragedia de Once. Al ex ministro de Planificación no lo responsabilizaron por las 51 muertes ocurridas aquel trágico 22 de febrero de 2012, pero sí se lo consideró responsable de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública” por no haber intervenido, en su rol para controlar la gestión de la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA) y la prestación del servicio.

 

Los familiares de las víctimas y la fiscalía reclamaban una pena mayor: 10 y 9 años, respectivamente. La defensa, en cambio, exigía su absolución. La decisión estuvo en manos de los jueces de Casación Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Gustavo Hornos. El fallo entendió por mayoría que la condena dictada por el Tribunal Oral Federal 4 debía ratificarse. En minoría, Hornos también propuso que se extendiera la sentencia por la responsabilidad en el estrago.

 

Leonardo Menghini, abogado querellante de las víctimas, dijo a Infobae: “Estamos muy conformes. Para nosotros es la conformación de que las muertes de once son el resultado de un accionar delictivo de parte del Estado que tuvo dos caras: la administración fraudulenta que derivó en el estrago, por los que están condenados Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi. Y ahora por la administración fraudulenta también De Vido”.

 

“Estamos muy orgullosos de la lucha que hemos llevado. Obligamos a la justicia a trabajar, no a que nos de la razón. Y que de cara a la sociedad le diga a todo el mundo que en Argentina no hay intocables y que cuando hay determinación y verdad la justicia tiene que llegar. Ese es el mensaje que deja la condena por la tragedia de Once”, añadió.

 

Por su parte, desde la defensa señalaron a Infobae que apelarán a la Corte Suprema la decisión tomada por Casación, lo que quedará para febrero próximo tras la feria judicial de enero.

 

Con la decisión de Casación, a la defensa de De Vido solo le cabe presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de la Justicia de la Nación. Si Casación rechaza el recurso ante el máximo tribunal de Nación, el Tribunal Oral Federal 4 quedará en condiciones de dictar su arresto para comenzar a ejecutar su condena. Es el mismo escenario que ocurrió para otros condenados como el ex secretario de Transporte Juan Pablo Schiavi, los empresarios de TBA o el propio maquinista Marcos Córdoba -quien ya recuperó la libertad-cuando quedaron detenidos en octubre de 2018.

 

De Vido nunca estuvo preso por la causa de Once. Actualmente tiene 71 años y enfermedades prexistentes que podrían llevar a plantear una detención domiciliaria. “El tema de los 70 años es una condición para pedir la domiciliaria, no una obligación para otorgársela. De Vido tendrá que demostrar delante de los jueces que su estado de salud y su edad le impiden cumplir la prisión en una unidad pero la regla es que tiene que cumplirla en una cárcel. Nosotros esperamos que la justicia le haga cumplir la condena como un hijo de vecino, como un delincuente que es, dentro de una cárcel común”, planteó Menghini.

 

De Vido quedó preso en octubre de 2017 -en medio de la tramitación del juicio de Once- por la causa de Río Turbio, cuando tras ser desaforado de su banca de diputado se entregó en Comodoro Py para que el juez Luis Rodríguez procediera a su arresto, luego del fallo de la Cámara Federal que el periodismo bautizó como “doctrina Irurzun”, en donde pidió analizar “si existen datos reales, concretos y objetivos que permitan razonablemente presumir que los lazos funcionales tejidos al amparo del acuerdo criminal se encuentran aún vigentes y pueden estar siendo utilizados en perjuicio de la investigación”.

 

Y luego llegaría su detención en la causa de los cuadernos en agosto de 2018, que cesó en diciembre de 2019 por la implementación de una serie de pautas regladas sobre cómo debían disponerse las prisiones preventivas. Justamente ayer, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó su libertad y la de su mano derecha, Roberto Baratta, en la causa por los cuadernos, al rechazar la apelación de la fiscal Fabiana León por esas excarcelaciones, según el fallo al que accedió Infobae.

 

La tragedia de Once

 

La tragedia de Once ocurrió el 22 de febrero de 2012 cuando un tren de la línea Sarmiento chocó contra uno de los andenes de la estación y provocó la muerte de 51 personas -una de ellas embarazada- y dejó a otras 789 heridas.

 

En diciembre de 2015, el Tribunal Oral Federal 2 determinó que el choque ocurrió por el mal estado de funcionamiento del tren ya que no tenía el mantenimiento que requería a pesar de los fondos que el estado le daba y por una actitud negligente del conductor. Las conclusiones de ese fallo llevaron al juez Claudio Bonadio a investigar el rol de De Vido, que hasta ese momento no había sido llamado a indagatoria.

 

El segundo juicio para De Vido llegó en 2017 y terminó al año siguiente con su condena a cinco años y ocho meses de cárcel. El Tribunal Oral Federal 4 concluyó en el juicio que De Vido fue responsable de la malversación de los fondos públicos que el estado le dio a TBA y que la empresa no aplicó al servicio ferroviario. Según se sostuvo, el Ministerio de Planificación no controló el destino del dinero a pesar que informes públicos alertaron sobre el mal funcionamiento de los trenes. No obstante, los jueces lo absolvieron al ex ministro del estrago por las muertes porque entendieron que la responsabilidad del choque fue del maquinista del tren.

 

“Entre De Vido y el maquinista del tren chapa 16 se determinó una cadena de responsables, todos ellos más cercanos, que el ex ministro –en mayor o menor medida- a los ámbitos de gestión operacional del servicio ferroviario de la línea Sarmiento”, dijo el tribunal que integraron los jueces Pablo Bertuzzi, Néstor Costabel y Gabriela López Iñíguez, del TOF 4.

 

La decisión de Casación

 

En su voto, los jueces Riggi y Catucci señalaron que De Vido tenía conocimiento de todos los incumplimientos de TBA en el contrato de concesión de la línea Sarmiento que llevaron a un servicio ferroviario y que no hizo nada. Señalaron que la Auditoría General de la Nación, la Sindicatura General de la Nación -a cargo entonces de Alesandra Minnicelli, esposa de De Vido-, y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte advirtieron de esas falencias.

 

“Fácil es concluir entonces que ante la comprobada y conocida falta de mantenimiento de los bienes concesionados y el perjuicio que ello ocasionaba al patrimonio estatal, De Vido nada hizo para enmendar el curso de los acontecimientos, pese a las facultades y atribuciones de las que gozaba como máxima autoridad en materia de transporte”, explicaron los camaristas.

 

Agregaron que TBA era la empresa ferroviaria con más multas e incumplimientos y le rescindieron el contrato el contrato después de la tragedia cuando a otras empresas, como Transporte Metropolitano General Roca S.A. y Transporte Metropolitano Belgrano Sur S.A, con menos denuncias sí se lo quitaron.

 

“Es que la connivencia de De Vido en la maniobra defraudatoria llevada adelante por la dirección de la empresa concesionaria resulta evidente, a poco que se repare en que pese a tener efectivo conocimiento de la falta de mantenimiento de los bienes concesionados y, naturalmente, de las consecuencias perjudiciales que ello ocasionaba al erario público, y siendo el máximo titular de la cartera ministerial a cargo del transporte y autoridad de aplicación del contrato de concesión; nada hizo para revertir el cuadro de situación descripto”, explicaron.

 

Los magistrados sí desvincularon a De Vido del delito de estrago, tal como había hecho el tribunal oral. Riggi y Catucci entendieron que el accidente tuvo “otros responsables más cercanos que el ex ministro”, puntualmente Jaime y Schiavi, que eran los secretarios de Transporte. “Lo cierto es que el inmediato contralor de las condiciones en que se prestaba el servicio y, por ende, el efectivo y concreto conocimiento de los riesgos que ello representaba para la seguridad de los usuarios, se encontraba a cargo de la Secretaría de Transporte; todo lo cual nos impide responsabilizarlo por el resultado fatal en términos jurídico-penales”, sostuvieron sobre De Vido.

 

En disidencia sobre ese punto en particular, el juez Hornos afirmó que De Vido también debía ser condenado como autor del delito de estrago culposo, al sostener que la tragedia de Once se desarrolló como una consecuencia directa de la conducta del ex ministro, quien, a través de su pasividad, contribuyó al resultado fatal al no resistir, rechazar o el riesgo prohibido más allá de lo socialmente aceptable al permitir que una actividad que de por sí peligrosa -el funcionamiento de un servicio ferroviario-, se desarrollara en precarias condiciones en evidente perjuicio de sus usuarios.

 

Según su voto, al tratarse de delitos que forman parte de una clase gravísima, cuyas consecuencias producen efectos insidiosos que trascienden a la sociedad en su conjunto, la tarea jurisdiccional debe llevarse adelante con particular minuciosidad, toda vez que en dicha empresa se encuentra comprometida la responsabilidad internacional del Estado. De tal forma, Hornos afirmó que este caso demuestra que la “corrupción mata” y por eso el Estado tiene el deber ineludible de aplicar las normas penales que correspondan legalmente, debiendo operar, el fin de restaurar el orden que ha sido quebrantado por el delito y el de dar satisfacción a las víctimas en su búsqueda de justicia en los casos delictivos que las afectaron.

 

Un detalle: si Casación hubiese revocado en alguno de sus tramos la decisión tomada por el Tribunal Oral Federal 4, el caso no hubiera quedado firme, ya que no hubiera tenido un “doble conforme”. Así las cosas, otra sala de Casación hubiera tenido que revisar aquellos puntos de disidencia entre sentencias.

 

 

Fuente: Infobae

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