Causa Urribarri-Cardona Herreros: mañana habrá una audiencia para pedir sobreseimiento

El pedido de sobreseimiento formulado por los defensores del exgobernador Sergio Urribarri en la causa penal en la que se lo investiga por los supuestos delitos de peculado, cohecho (coimas) negociaciones incompatibles con la función pública en una serie de contrataciones de su gobierno con el empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros, será debatido este jueves, a las 10.30, ante el juez de Garantías Mauricio Mayer.

La causa pone la lupa en las operaciones concretadas para la Dirección General de Ajustes y Liquidaciones del Ministerio de Economía, en tiempos del ministro Diego Valiero, en las dos administraciones de Sergio Urribarri. Todo comenzó con la publicación en la edición gráfica de la revista ANÁLISIS del 9 de noviembre de 2017 de la investigación titulada “El amigo paraguayo”. Tras ese artículo, se inició una causa de oficio.

Allí, se investiga de qué modo a partir de 2007, cuando Urribarri era ministro de Gobierno del exgobernador Jorge Busti, y luego durante sus dos gestiones como titular del Poder Ejecutivo, “con el fin de generar un núcleo ilícito, favoreció a Relevamientos Catastrales”, la empresa de Cardona Herreros en diversas contrataciones desde el Estado entrerriano. Lo hizo mediante maniobras para favorecer que esa firma lograra quedarse con las distintas licitaciones para la adquisición de software en la provincia, según se desprende de la investigación fiscal.

La imputación dice que Urribarri realizó “acuerdos con Cardona Herreros, y ordenó a funcionarios que aportaran información anticipada, y que gestionaran la contratación a favor de Cardona Herreros”. En esas maniobras, señala la imputación fiscal, hubo cobro de sobreprecios que sirvieron, después, para el pago de sobornos a funcionarios.

En esa causa la investigación apunta a la participación de una serie de funcionarios, entre los que están el exministro de Economía, Diego Valiero; el titular de la Secretaría de Presupuesto, Luis Erbes; el director de Ajustes y Liquidaciones, Miguel Ulrich; el exsecretario de Hacienda, José Humberto Flores; y el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone.

Con el aval de Urribarri, Cardona logró contratos importantes en el Estado entrerriano: primero, con el Ministerio de Trabajo en tiempos de Smaldone, por $19 millones, para la instrumentación de un software. A través del decreto N° 20, de enero de 2014, se contrató la provisión de un servicio de “relevamiento, análisis, diagnóstico, diseño, desarrollo e implementación de un software de gestión y administración integral” para la cartera a su cargo. El acuerdo finalizó en el 2016 y tiene un costo mensual de 550.000 pesos.

Después formalizó un convenio con el Ministerio de Economía liderado por Diego Valiero. Fue por $7.833.600, según el decreto 788/15, por la prestación de un servicio de “soporte técnico operativo y de mantenimiento de software” en Dirección General de Ajustes y Liquidaciones del Ministerio de Economía.

Esos mails

El 8 de octubre de 2019, en una audiencia en Tribunales que estaba destinada a transitar los senderos burocráticos de los trámites de rigor, ocurrió lo impensado: la revelación de escandalosos contactos entre la familia del exgobernador Sergio Urribarri y el empresario paraguayo Diego Cardona Herreros, que había sido proveedor del Estado durante el urribarrismo.

En aquella audiencia el fiscal Gonzalo Badano leyó mails que habían intercambiado Urribarri y el empresario. En esa correspondencia epistolar electrónica, se demostraría que entre ambos había una relación sobradamente estrecha que excedía lo protocolar.

“Estimado Pato: Aprovecho para saludarte y preguntarte qué hacemos con los temas en cartera. No sé cómo seguir”, dice un correo electrónico que el empresario envió al exgobernador. “Me gustaría saber si estás enojado conmigo. Necesito hablar con vos”, rogaba en otro. “Tengo que cerrar números con vos”, urgía un tercero.

El fiscal relató que la causa por enriquecimiento que se abrió a Urribarri en 2015 incorporó a un empresario que resultaría clave en su “desproporcionado” crecimiento patrimonial: Cardona Herreros. Y para eso se basó en un informe pericial del contador Héctor Enrique, que demostraría de qué modo la incorporación de un patrimonio de 11 millones de dólares a los bienes del exgobernador sólo pudo ser posible con la participación del empresario de origen paraguayo. “Urribarri utilizó la infraestructura de Cardona Hereros para su crecimiento patrimonial. Este dinero que incorporó a su patrimonio, además, no encuentra registro en ningún organismo oficial. No está en la ATER ni en la AFIP,  ni en ninguna declaración jurada. Hemos podido determinar que Cardona Herreros compraba vehículos para la familia Urribarri, le compraba viajes al Caribe, para que viajen el exgobernador y su familia. También está la compra de muebles. Y de todas estas operaciones no existe registro en otro lado que no sea en las computadoras de Cardona Herreros que secuestramos”, afirmó.

“La única manera de registrar esos movimientos era en las computadoras de Relevamientos Catastrales y de Cardona Herreros. Se valían de planillas de Excel, el envío de mail entre ellos, vinculados a inmuebles, viajes y muebles. Urribarri utilizó la estructura de Cardona Herreros por medio de Relevamientos Castastrales. En la empresa, cuando allanamos descubrimos que tenía cajas fuertes y equipos informáticos para poder administrar este dinero”, señaló el fiscal. “También hay datos de eso en la computadora secuestrada en el domicilio de Cardona Herreros”, apuntó.

La petición

La defensa de Urribarri se basa en un fallo de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) para pedir el sobreseimiento. El equipo que defiende al exgobernador está compuesto por Raúl Barrandeguy, Candelario Pérez y ahora también por Miguel Cullen.

El lunes 6 de diciembre de 2021, la Sala Penal dictó el sobreseimiento de un imputado en una causa que se investiga el uso irregular de contratos de personal en la Cámara de Diputados. El beneficiado resulto Juan Alfonso Blason Lorenzatto, imputado en una investigación por supuestos contratos truchos mientras se desempeñó en la oficina del exdiputado radical Ricardo Troncoso. La decisión de la Sala Penal se dictó por cuanto consideró  que el Ministerio Público Fiscal alargó los tiempos de la investigación sin argumentos, cuestión que, dice la Sala, no fue advertida ni por el juez de Garantías, el Tribunal de Juicios y Apelaciones ni la Cámara de Casación Penal.

En esa discusión, la fiscal de coordinación Matilde Federk planteó sus diferencias con la pretensión que había perseguido la defensa del imputado y que receptó el alto tribunal, y destacó el hecho de que la causa que involucra a Blasón Lorenzatto tiene pedido de remisión a juicio, aunque la audiencia para resolver ese planteo no se ha podido celebrar por la existencia de planteos de la defensa pendientes de resolución, “por lo que concluye propiciando el rechazo de la impugnación extraordinaria provincial por entender que no se verifica formalmente el agravio constitucional ni la mentada arbitrariedad en las resoluciones de las instancias inferiores, sino una mera disconformidad con la interpretación que tales sentencias ha hecho de normas procesales provinciales”, según la Sala Penal del STJ.

El voto que argumentó la postura de la Sala Penal del STJ lleva la firma del vocal Daniel Carubia.

“Por lo demás -dice en su voto-, constatándose largamente agotado el término para practicar la Investigación Penal Preparatoria, sin verificarse la existencia de una fundada solicitud de prórroga ni la consecuente concesión judicial para su continuación, deviene incontestable la insubsistencia de la potestad de la Fiscalía para realizar actos de investigación respecto del imputado recurrente Juan Alfonso Blasón Lorenzzatto, lo cual implica el agotamiento de las legítimas tareas de investigación con la inexistencia de razonable posibilidad de incorporar nuevos elementos de prueba; y no contó el Ministerio Público Fiscal, para entonces, con bases suficientes para requerir de manera fundada la apertura del juicio, lo cual configura la expresa causa de procedencia del sobreseimiento en su favor”.

(Entre Ríos Ahora)

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