Carlos Merenson
Cuando una audiencia pública se organiza bajo un esquema que no asegura la participación efectiva de todas las personas inscriptas —ya sea por restricciones arbitrarias de tiempo, segmentación discrecional de intervenciones o limitaciones técnicas— deja de operar como un dispositivo democrático y se degrada en una puesta en escena. No se trata de una falla menor ni meramente procedimental: en materia ambiental, donde se dirimen bienes comunes, procesos ecológicos irreversibles y derechos intergeneracionales, la forma es parte del fondo. La exclusión o el silenciamiento de voces no solo empobrece la deliberación, sino que sesga el resultado. Por eso, esta degradación del procedimiento no es neutral ni inocua: constituye un indicio consistente —y políticamente significativo— de parcialidad en el tratamiento legislativo, en tanto revela una arquitectura institucional diseñada más para convalidar decisiones prefiguradas que para someterlas a escrutinio público real.
Ese desbalance no es un dato accesorio: es el núcleo del problema. Con más de 100.000 personas inscriptas, el esquema prevé la exposición oral de aproximadamente 400 oradores —200 en modalidad presencial y 200 en formato virtual— mientras que el resto queda relegado a la presentación escrita o audiovisual. Aun considerando esa ampliación de formatos, la posibilidad de intervención oral directa alcanza a menos del 0,5% de quienes manifestaron voluntad de participar. La audiencia deja así de ser un espacio de expresión colectiva para convertirse en un dispositivo de filtrado y administración de la palabra.
Este recorte no solo reduce la diversidad de voces, sino que introduce un sesgo estructural en la configuración del debate. La jerarquización implícita entre quienes acceden a la exposición oral —con mayor visibilidad e impacto— y quienes quedan confinados a presentaciones escritas o videos, configura distintos niveles de incidencia. En términos deliberativos, no todas las formas de participación pesan lo mismo. Por eso, el problema no es solo quién habla, sino bajo qué condiciones lo hace y qué capacidad real tiene de influir en el proceso.
Esa lógica se agrava cuando el diseño de la audiencia consolida asimetrías preexistentes en lugar de corregirlas. Si el procedimiento no introduce mecanismos compensatorios —tiempos diferenciados, instancias de réplica, asistencia técnica independiente— la “pluralidad” deviene una ficción aritmética. El resultado no es una deliberación robusta, sino una agregación desbalanceada de exposiciones que tiende a legitimar, por acumulación, las posiciones más estructuradas.
A esto se suma un problema de secuencia decisional que vacía de contenido la participación: cuando la audiencia se convoca con plazos exiguos, documentación incompleta o en una etapa en la que los lineamientos sustantivos ya están definidos, su función se vuelve meramente confirmatoria. La ciudadanía no interviene para incidir, sino para ser registrada. En ese contexto, la audiencia deja de operar como instancia de control democrático y se transforma en un dispositivo de validación ex post. En materia de glaciares —donde los impactos son acumulativos, de largo plazo y potencialmente irreversibles— esta inversión del orden participativo no solo es improcedente: compromete la racionalidad misma de la política pública.
(*) Esta columna de Opinión de Carlos Merenson fue publicada originalmente en el portal La (Re) Verde.






