Laesa Humanitas

Juicio a las Juntas Militares

Por Gustavo Lambruschini (*)

En el juicio caratulado "Señor Fiscal General solicita desarchivo de las causas iniciadas por violaciones a derechos humanos cometidos durante la dictadura en jurisdicción del Comando de Caballería Blindada II dependiente del Segundo Cuerpo de Ejército” que tramitaron por ante la Justicia Federal con asiento en Paraná, solicitamos a Gustavo Lambruschini apoyo filosófico que nos permitiera sostener la imprescriptibilidad de las acciones para perseguir delitos de lesa humanidad, la ineficacia de las leyes de punto final y obediencia debida, la inconstitucionalidad de los indultos presidenciales y fundamentalmente la aplicación de la ley procesal de juicio oral y público para quienes luego fueron condenados, que pretendían, por razones obvias, la prescripción de las acciones, la aplicación de las leyes de punto final y obediencia debida, la constitucionalidad de los indultos y un juicio secreto.

El texto a continuación fue su generosa respuesta.

En memoria de nuestro querido Gustavo.  

 

Paraná,  en un nuevo aniversario del último golpe de Estado en la Argentina

Marina Barbagelata

Marcelo Baridon

Laesa humanitas

1. ¿Cómo poetizar después de Auschwitz? se preguntaba Theodor W. Adorno. En efecto: ¿qué tendríamos para celebrar? ¿Cómo filosofar después de Auschwitz? se preguntaba también. En efecto: ¿qué razones tendríamos para dar? En fin, se preguntaba Adorno: ¿Cómo educar después de Auschwitz? En efecto: ¿qué valores, qué conocimientos, tendríamos para trasmitir?

A diferencia de los alemanes, los argentinos parece que seguimos fingiendo ignorancia de que también nosotros tuvimos nuestro propio Auschwitz, esto es, un Estado que masacraba su propia población civil, a la población a la que previamente había estigmatizado. Los argentinos parece que no hemos aún tomado conocimiento de lo que Kant llamaba "el mal absoluto", de aquello que por monstruoso y por horrendo, por su naturaleza proterva y por su naturaleza francamente excepcional, demanda en general una atención y un tratamiento excepcionales, como son los casos de los crímenes de lesa humanidad.

Parece que no se ha tomado conciencia ni causa admiración y sorpresa, el oxýmoron, la contradictio in adjecto, que significa llamar terrorista al Estado. Queremos recordar y llamar la atención acerca de este argumento de la evidencia de "el mal absoluto", a la que recurrió como fundamento el gran jurista y el gran filósofo del derecho Carlos Nino, para argumentar acerca de la necesidad jurídica, política y moral de procesar, juzgar y condenar a las Juntas Militares que violaron los Derechos Humanos y perpetraron crímenes de lesa humanidad. Como se recordará, hubo entonces que remontar los argumentos pretendidamente legales y definitivamente leguleyos acerca de la continuidad jurídica del Estado, la amnistía y la cosa juzgada.

2. Con el nombre de "desencantamiento" Max Weber caracterizó al carácter de la Modernidad y al proceso de modernización que transformó a todas las esferas de la sociedad civil y política, esto es, del Estado. En la Modernidad, por supuesto, también las leyes, también las normas, también la moral, se hallan "desencantadas" y, por eso, no pueden fingir ser ni sagradas ni eternas, como cuando tenían fundamentos dogmáticos en la religión. La traducción peculiar de este desencantamiento de las leyes morales y jurídicas se encuentra en la lúcida conciencia de que éstas son falibles. El desencantamiento de las leyes reside en saber que éstas son falibles, que también éstas se equivocan y que, por eso mismo, pueden (y deben) ser transformadas y trascendidas en orden a la realización de esos valores y principios, por los que las leyes existen y en los que éstas hallan su fundamento. La tarea de los jueces a la altura de los modernos tiempos desencantados debe estar ilustrada con esta conciencia de la falibilidad de las normas e, incluso, la del sistema total o paradigma de las normas como la totalidad jurídica orgánica y sistemática. La conciencia del desencantamiento de las leyes nos inmuniza acerca de la ofuscación de la letra de la ley. La presencia de los crímenes de lesa humanidad relativizan a esas leyes generadas para acrecentar la vigencia los derechos humanos (como que se pueda elegir el tipo de procedimiento) que en este caso sería contradictorio con este fin.

3. Son los crímenes de lesa humanidad, o mejor dicho, son el escándalo que significan los crímenes de lesa humanidad, los que nos terminan de convencer de la necesaria distinción de la cual se tiene que hacer cargo no sólo la Filosofía del Derecho, sino también la Ciencia Jurídica. Nos estamos refiriendo a la distinción propuesta por Jürgen Habermas entre facticidad y validez. En efecto, sobre la facticidad de la norma, sobre el hecho de la existencia simple de la norma, sobre la existencia de facto de la norma, pesa la hipoteca, el condicionamiento, de su validez. La letra de la norma, por así decirlo, es mera letra muerta, si no se asienta y funda en una doctrina racional plausible, que otorga a las leyes sentido y fundamento. Como señala Habermas, a la "validez" de las normas le es inherente la satisfacción de aquellas condiciones que hacen que podamos decir que las normas son legítimas, que las normas son correctas, que las normas satisfacen racionalmente la pretensión de la rectitud (Richtigkeit) por la que la ley no es pura fuerza. La distinción habermasiana nos advierte ante el riesgo de que summum ius, summa iniuria. La norma que se discute ahora, tiene que mostrar en este caso su validez.

4. En fin, con los aportes de la Hermenéutica un gran avance se ha producido en la explicación y en la comprensión del fenómeno de la "jurisdicción" de los jueces, esto es, del fenómeno de que los jueces dicten sentencias. En efecto, de un modo plausible la Hermenéutica jurídica, y más precisamente jurisdiccional, ha mostrado que la labor de los jueces no es el mero procedimiento automático y mecánico que podría –por medio de un algoritmo– bien desempeñar una máquina, proceso éste que consistiría en subsumir un caso particular en una norma universal. La Hermenéutica ha demostrado por el contrario que la tarea de los jueces es mucho más compleja: los jueces en realidad son co-legisladores. En este dato se asienta la práctica común de que las sentencias tengan fundamento no sólo en la ley y la doctrina, sino también en la jurisprudencia a la cual la Hermenéutica resalta en su importancia. La sentencia de los jueces supone necesariamente en su ejercicio aquellas dos instancias ineludibles de todos los procesos hermenéuticos: la comprensión de algo y la interpretación de algo. Esto les devuelve espontaneidad y autonomía a los jueces respecto a los fines sustantivos de la labor que realizan.

5. El hecho de que el juicio a los crímenes de lesa humanidad se los sustrajera de los arcana imperii, esto es, de la invisibilidad y de la oscuridad en donde los poderosos y mejor aún los prepotentes toman decisiones, sería un logro de la República y la Democracia. En efecto, la publicidad, la transparencia, la exhibición a la luz pública, el hecho de que todas las instituciones de la República habiten en "una casa de cristal", es un logro y un proyecto al cual no puede y no debe renunciar la Democracia. El hecho de que los crímenes de lesa humanidad se juzguen ante los ciudadanos de la República, constituidos en un público de expectadores, sería un acontecimiento decididamente pedagógico, decididamente educativo. Entonces sí, avanzaríamos significativamente en las demandas de Theodor B. Adorno. Tendríamos algunos valores para seguir educando, esto es, para poder seguir trasmitiendo conocimientos y valores. Tendríamos nuevamente fundamentos para seguir filosofando, esto es, para dar así sentido y razón a nuestros conocimientos y a nuestras normas. En fin, tendríamos razones para seguir poetizando, esto es, tendríamos algo para celebrar.

6. La palabra humanidad alude a un valor, alude a la dignidad humana, a la dignidad de ser hombre y merecer el título de hombre, esto es, de no ser ni animal, ni menos aún cosa. Alude al programa humanista de que los hombres son sagrados para los hombres, de que los pueblos son sagrados para los pueblos y aun de que el hombre es el ser supremo para el hombre.

7. Con el nombre de laesa humanitas, se designa a lo monstruoso, a lo horrendo, a lo protervo, a esos crímenes que provocan más espanto y que resultan más abominables.

Los crímenes de laesa humanidad nos ponen cara a cara como ante el límite de la humanidad, comprendida ésta no como algo natural, sino como un proyecto moral. La humanidad así entendida es una frágil conquista moral, un programa ético que permanentemente debe ser renovado ante la posibilidad cierta de que los hombres vuelvan a la animalidad, a una animalidad más cruel y más lacerante que la inocente animalidad de los animales. Los crímenes de laesa humanidad nos enfrentan con lo inhumano; no con la animalidad de los animales sino con la razón, el entendimiento, la deliberación lúcida y conciente, características del hombre del homo humanus, pero ahora vueltas al propósito de humillar de forma aleve la humanidad del otro.

La aniquilación de los otros, la tortura de los indefensos, la impiedad con lo humano y con lo vivo, la matanza sistemática y premeditada, el desprecio por la humanidad del otro, el genocidio, el secuestro, el rapto de los infantes y de los niños, los muertos insepultos, la voluntad consciente de degradar y hundir lo humano en lo subhumano y lo infrahumano son las humillaciones de la humanidad, son la inhumanidad ante las que nos ponen esos crímenes a los que se los conjura con el nombre de crímenes de laesa humanidad. Ellos no dañan una vida, no dañan alguna dignidad, no dañan un cierto bien, se daña a la humanidad misma.

 

8. Existe un argumento que en este caso hay que referir. Existe un agravante que vuelve aún más abominable al crimen: es esa voluntad de falsearlos, de disfrazarlos llamándolos "guerra", "enfrentamiento", "contrainsurgencia", etc. Los que, empero, se baten en un enfrentamiento, en una guerra, y aun en un duelo de los caballeros, lo hacen a cara descubierta, con el orgullo de la acción que reivindica para sí el título de heroísmo, ya del heroísmo del que vence, ya del que muere. Nunca la clandestinidad es su carácter; nunca es furtivo, jamás se oculta vergonzosamente, sino que aspira al triunfo. Justamente lo que diferencia a los crímenes y a los delitos, es que no pueden presentarse a la luz de lo público. Dice Kant que "es inmoral, toda decisión que afecte a los demás y que al mismo tiempo no pueda ver la luz pública". Se daña (laedere) doblemente a la humanidad, cuando se mata y se tortura con alevosía, furtivamente, de forma clandestina.

La prueba de la criminalidad de sus actos, la prueba de la conciencia de que sabían de la criminalidad de sus actos, reside en que debieron inventar un lenguaje perverso una abyecta jerga entre eufemística y aberrante, por la cual el secuestro era "chupar", un campo de concentración o de detención clandestino era un "chupadero", la tortura era "parrilla", el tirar de un avión a un ser humano drogado e indefenso "vuelo" y el asesinato alevoso era "desaparición".

(*) Por Gustavo Lambruschini

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