El predio había pasado entonces a manos del Estado, aunque el ex legislador inició una demanda civil para reclamar su devolución, bajo el argumento de que era propiedad de una sociedad en la cual tienen acciones también sus hijas y sobre la cual no recayó condena alguna, por lo cual aquella confiscación pretendió ponerla en dudas.
Enterado de ese pedido, el procurador general, Jorge Amílcar García, ordenó al fiscal de Rosario del Tala, Samuel Elbio Rojkin, motorizar una denuncia contra Yedro por los supuestos delitos de "usurpación", al ocupar un campo que había dejado de ser de su propiedad, y además por "estafa procesal", al iniciar una demanda de devolución de un campo que había sido quitado en el marco de una sentencia judicial. La jueza de Instrucción Noelia Ríos hizo lugar al pedido, y ordenó el desalojo en un plazo de 48 horas.
Pero en medio Yedro introdujo una apelación ante la Cámara del Crimen de Gualeguay, que todavía no se expidió. Aunque el propio fiscal Rojkin aseguró ayer a EL DIARIO que esa apelación no entorpece la orden de desalojo. "Esa orden se va a cumplir", afirmó, aunque previamente debían darse algunos pasos. El principal, que Alberto Humberto Sippel, juez de Paz de Maciá, bajo cuya jurisdicción está el campo del ex legislador, constate el estado de ocupación de la chacra.
Hasta el lunes, Sippel no había recibido ningún oficio que le ordenase cumplir con ese cometido con lo cual la situación estaban más o menos como hasta el fin de la semana última. Yedro en su campo, y la orden de desalojo, siguiendo los pasos de la burocracia judicial. De igual modo, ayer fuentes de Tribunales aseguraban que el desalojo sería inminente, una vez que se cumpla el procedimiento por parte de Sippel. "Yedro está preocupado porque ya tiene que trillar la soja. Pero le puedo asegurar que no se lo vamos a permitir. El Estado va a trillar esa soja, y la va a repartir entre los hospitales", apuntó, de modo irónico, una fuente judicial.
La historia judicial se remonta a poco más de cuatro años atrás
El 22 de diciembre de 2006, la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Concordia halló culpables del delito de enriquecimiento ilícito al ex senador Mario Yedro, y a su esposa en ese momento, Silvia Torres. Yedro fue condenado a una pena de 3 años de prisión en forma condicional, una multa de $ 90.000, inhabilitación por el término de 10 años para ejercer cargos públicos y el decomiso de un campo de 2.164 hectáreas ubicado en el departamento Tala, cerca de Maciá, valuado entonces en 7,5 millones de dólares.
La condena recayó sobre alguien que en los últimos años ocupó, sucesivamente, distintos cargos públicos. Yedro fue concejal justicialista de Concordia al inicio de la democracia, y luego senador provincial durante dos períodos: entre 1987 y 1991, y entre 1996 y 1999. En ambos, ocupó la presidencia del bloque justicialista en el Senado de Entre Ríos.
Dos años después de aquella sentencia, en 2008 el Estado provincial tomó posesión del campo decomisado a Yedro. El campo había sido incorporado al patrimonio del ex legislador justicialista a través de la sociedad Delrubio & Hunmendi, de la que participaba junto a su ex esposa, Silvia Torres. La sociedad había sido formada en 1997, junto a otras personas que luego se apartaron del negocio: Juan Orabona, Juan Martín Telayna y Jorge Cutro.
Por su parte, En 2010 inició una causa en la Justicia Civil de Tala para reclamar que le devuelvan ese predio. El planteo del ex legislador es que aquel decomiso fue ilegítimo, por cuanto la condena por enriquecimiento ilícito recayó sobre el "socio gerente" de Delrubio y Hunmendi SRL, y no sobre la sociedad propietaria del campo, lo que convierte a sus socios en "terceros no responsables".
La sociedad está integrada, además de Yedro, por sus hijas, Fátima, Luciana y Lara, quienes pasaron a formar parte en 2003, tras la separación del ex legislador de su esposa. El 3 de abril de 2003, y ante escribano público, Yedro y Torres, hicieron el reparto de bienes; el mismo día y ante el mismo escribano, Daniel Corsini, Silvia Torres donó a sus hijas su participación accionaria en la empresa.
El recurso judicial, que técnicamente se denomina "acción reivindicativa", fue presentado ante el Juzgado Civil y Comercial de Rosario del Tala y apunta a la restitución del campo "a su legítima propietaria, a quien se deberá poner nuevamente en posesión legal", según el escrito firmado por el apoderado legal de Delrubio y Hunmendi, el abogado Claudio Alfredo Manfroni Reynoso.
El escrito dice que "ante la eventualidad de que la Provincia intente seguir adelante con la ejecución de la sentencia y desalojar del campo a nuestro mandante, Delrubio y Hunmendi, con sus semovientes, maquinarias, muebles y útiles, provocando un daño injusto aún muchísimo más grave, promueven esta acción para poner las cosas en su quicio, y lograr que dicho inmueble rural se restituya a su legítima propietaria, por haber sido ésta un tercero no responsable de los hechos investigados y juzgados".
Y aunque Yedro haya promovido un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en disconformidad con la sentencia condenatoria, ni una ni otra situación deberían alcanzar a la sociedad propietaria del campo, señala el texto de la presentación. "La situación jurídica del doctor Yedro en el proceso penal es, por lo tanto, absolutamente separada, ajena e independiente de la posición jurídica de la sociedad propietaria del campo, y de las socias que integran la misma", escribió su abogado en el planteo judicial.