Desde el CGE harán responsable a las autoridades escolares para garantizar bancos a los alumnos

Luego, los bancos se ocuparán según el siguiente criterio: con hermanos de estudiantes que ya cursan en la escuela; los hijos del personal del establecimiento educativo; alumnos que egresen de otra escuela y que tenga vinculación ya sea institucional o edilicia (que compartan edificio); y finalmente, los egresados de otras instituciones.

Pero en estos últimos casos, y cuando la cantidad de aspirantes superen las vacantes disponibles, la escuela deberá apelar a un mecanismo de sorteo público. Los que finalmente no encuentren plaza en la escuela pretendida, deberán ser reubicados en otro establecimiento por las propias autoridades educativas.

Cómo reubicarlos

La novedad está contenida en el nuevo marco normativo para el ingreso, permanencia y asistencia de alumnos en las escuelas secundarias que aprobó el Consejo General de Educación (CGE) a través de la resolución Nº 1.770 y que ya cobró vigencia para el actual ciclo lectivo.

El punto novedoso es la exigencia que tendrán ahora las escuelas para evitar aplicar prácticas ya instaladas como la de no reinscribir a los alumnos que repiten de año. “Las escuelas han sido expulsoras por naturaleza -admitió Liliana Dasso, directora de Educación Secundaria del CGE-. La escuela se tiene que hacer cargo de sus alumnos, aún de los alumnos que repiten”.

El nuevo esquema pone en cabeza de las propias autoridades la responsabilidad de encontrar cabida en el sistema educativo a todos los alumnos, sin discriminar si han promovido el año o son repitientes. La resolución que firmó la titular de Educación, Graciela Bar, el 31 de mayo último, especifica que las vacantes sólo estarán condicionadas por la capacidad edilicia de la escuela.

“Los postulantes que no ingresaron a la escuela en la que solicitaron su inscripción deben ser relocalizados en otras instituciones, garantizando su escolarización. La reorganización de los inscriptos sin vacantes se realizará en las Supervisiones de Nivel con intervención del director Departamental de Escuela, procurando no afectar la situación familiar de los estudiantes”, indicó a El Diario.

Inasistencias

La nueva normativa demanda una presencia más activa de los padres en la escuela. Y en caso de que las autoridades soliciten su presencia por algún motivo, la situación deberá quedar asentada en un acta; los alumnos que hayan cumplido los 18 años, podrán asumir por sí mismo su responsabilidad frente a la escuela.

La directora de Educación Secundaria sostiene que de ahora en más ningún alumno podrá retirarse antes del horario de finalización de la jornada escolar si ese adulto no se hace presente. Más aún, que en las horas libre los estudiantes deberán permanecer dentro de la institución.

Y aunque ahora hay más permeabilidad para las inasistencias, que pasan de un tope máximo de 15 a 28, habrá de igual modo más control a cargo de los preceptores. La asistencia se computará de dos maneras: al inicio del horario escolar, y por espacio curricular, esto es toda vez que un profesor empiece a dictar su asignatura. Así, asegura Dasso, se evitarán las “rabonas”.

En realidad, ahora la escuela secundaria tolerará hasta un máximo de 20 inasistencias anuales, pero de un modo específico. Cuando el alumno complete las primeras 10 faltas, se comunicará por escrito a los padres la situación planteada, y si en un plazo de cinco días no hay notificación, se los citará personalmente. Para las otras 10 inasistencias, indefectiblemente se citará a los padres, quienes entonces podrán pedir, "ante situaciones excepcionales y debidamente justificadas", una extensión de 8 inasistencias adicionales.

Pero en ningún caso el alumno quedará afuera de la escuela, aún cuando haya superado el límite máximo permitido de inasistencias. En ese caso, la reglamentación dice que el equipo directivo deberá intervenir para acompañar al alumno con estrategias de enseñanza particularizadas, y buscar los motivos por los cuales ha faltado a clases, de modo de evitar que la situación se reitere.

Faltar, llegar tarde, ser padre

El nuevo reglamento de asistencia en la escuela secundaria establece que ahora las inasistencias se computarán por “día completo”, esto es la jornada habitual, más las actividades a contraturno, como Educación Física. Así, cuando la concurrencia obligue a un solo turno, será 1 inasistencia. Cuando obligue a turno y contraturno, media inasistencia por turno. Si el alumno ingresa con un retraso mayor de 15 minutos, será cuarta de falta; si es entre 15 minutos y 1 hora, media falta; si es mayor a 1 hora, tres cuarta inasistencia.

Además, cuando el estudiante deba retirarse antes de la finalización del horario de clases, tendrá media inasistencia, aunque para que ello ocurra deberá concurrir personalmente a retirarlo un adulto responsable, quedando constancia por escrito de la situación.

Pero también habrá un régimen diferenciado para alumnas embarazadas o estudiantes que hayan sido padre. En el caso de las estudiantes embarazadas, se les otorgará 30 inasistencias adicionales durante la gestación o luego del nacimiento; y otras 15 adicionales cuando se trate de “nacimientos múltiples”; por paternidad, las escuelas deberán justificar al alumno tres inasistencias sólo ante la presentación de acta de nacimiento.

También, las alumnas mamá gozarán de dos horas diarias por turno para lactancia, durante los doce meses siguientes al parto.

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