Procesaron a dos hombres por el secuestro de Christian Schaerer

El titular del Juzgado Federal N°1 de Corrientes, a cargo de Carlos Soto Dávila, dispuso el procesamiento con prisión preventiva de José Rodolfo Lohrmann Krenz y José Horacio Maidana por su presunta responsabilidad en el secuestro extorsivo de Christian Schaerer, hecho que tuvo lugar el 21 de septiembre de 2003 en la ciudad de Corrientes.

De este modo, el magistrado hizo lugar al requerimiento formulado en mayo pasado por los fiscales federales Flavio Ferrini y Santiago Marquevich, responsables de la Fiscalía Federal N°1 de esa jurisdicción y de la Unidad Fiscal Especializada en Secuestros Extorsivos (Ufese), respectivamente, quienes consideraron que se encuentra acreditada la intervención de ambos en la sustracción, retención y ocultamiento de Schaerer con el objetivo de obtener el rescate por su liberación, “sin que hasta la fecha se tenga conocimiento que la víctima haya sido liberada, desconociéndose su paradero actual, estado de salud e integridad física”.

Lohrmann Krenz y Maidana se encuentran detenidos en la República de Portugal desde noviembre de 2016, cuando intentaron asaltar un camión de caudales en la localidad lusitana de Aveiro. En febrero, los representantes del Ministerio Público Fiscal viajaron a Lisboa para participar de la indagatoria de ambos imputados, sobre quienes actualmente se desarrolla el procedimiento de extradición de conformidad con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal (Ley 24.767). En dicho trámite colabora la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional de la Procuración General de la Nación.

Tal como tuvo por acreditada la Fiscalía, el 21 de septiembre de 2003, alrededor de las 23.30, la víctima ingresaba al garage de su casa, en la ciudad de Corrientes, cuando fue interceptado por cuatro personas armadas que circulaban en un Fiat Duna, al cual lo obligaron a subir.

Al cabo de unos minutos frenaron la marcha y se cambiaron a un Chevrolet Corsa, que se dirigió hacia el sur hasta la ruta 12, para luego adentrarse en la provincia de Corrientes y dirigirse a un galpón ubicado en el kilómetro 7,4 de la ruta nacional 118, donde la víctima permaneció cautiva los siguientes dos días en el interior de una casilla de madera. El 24 de septiembre, los captores trasladaron al joven –de entonces 21 años- a la ciudad correntina de Paso de los Libres, donde lo retuvieron aproximadamente 15 días en una chacra situada en la intersección de la calle Ernesto Montiel y la ruta N°117, para luego llevarlo a una casilla del Paraje Ombucito, tras lo cual fue sacado del país con destino a la ciudad brasileña de Uruguayana.

Desde la madrugada del 22 de septiembre los captores –a través de distintos medios- se comunicaron con la madre y el hermano de la víctima, y con su padre, quien vivía en Paraguay. Inicialmente se exigió un rescate de 5 millones de dólares. El 6 de noviembre de 2003, por indicación de los secuestradores, la madre de la víctima se dirigió a la ciudad paraguaya de Ciudad del Este, donde le entregó a unos “intermediarios” la suma de 275.000 dólares por la liberación de su hijo.

Como se determinó posteriormente en el juicio oral en el que fueran condenados otros de los integrantes de la banda, el rescate se repartió en un hotel de la ciudad brasileña de Curitiba. Sin embargo, el joven nunca fue liberado y, a la fecha, su paradero sigue desconocido.

La pesquisa desarrollada por el Ministerio Público Fiscal permitió identificar a parte de los perpetradores quienes –en agosto de 2009- fueron condenados a penas de entre 12 y 25 años de prisión por el hecho. Sin embargo, Lorhmann Krenz y Maidana se encontraban prófugos y pesaba sobre ellos un pedido de captura internacional.

En su extensa resolución de más de 100 páginas, el magistrado repasó minuciosamente el cúmulo de elementos probatorios recolectados durante la instrucción –testimonios, intercepciones telefónicas, rastreo e identificación de IP contenidos en mensajes de correo electrónico, pericias sobre la activación de las celdas de antenas de telefónica celular, entre muchos otros-, los que a su criterio acreditan ampliamente no sólo la intervención y responsabilidad de los imputados sino también el rol desempeñado por cada uno de ellos.

En este sentido, el juez sostuvo que el accionar de Maidana consistió en planificar el secuestro extorsivo de Schaerer y que, en función de ello, a comienzos de septiembre de 2003 ofreció realizar este “trabajo” a uno de los integrantes de la organización (ya condenado), con quien coordinó la ejecución del hecho. Las pruebas señalan además que mantuvo comunicaciones extorsivas con familiares de la víctima y contactos telefónicos con los integrantes de la banda que estaban a cargo de su ocultación y retención, y que además estuvo presente durante el reparto del rescate realizado en un hotel de Curitiba, Brasil.

En tanto, consideró que Lorhmann Krenz participó de la sustracción, retención y cautiverio de la víctima, de su posterior traslado a las ciudades de Paso de los Libres (Corrientes) y Uruguayana (Brasil), del cobro del rescate en Paraguay y su posterior reparto en Curitiba, Brasil.

Al fundamentar la autoría endilgada a ambos acusados, el juez puntualizó que el hecho fue una “obra conjunta” en la cual al dominio funcional lo tuvieron varios autores que articularon sus acciones, en el cual cada uno dependía del otro, esto es, “el domino condicionado al actuar en el plan global”.

“No cabe duda que la participación de José Rodolfo Lohrmannn Krenz y José Horacio Maidana en el hecho –en esta etapa de la investigación- se muestra directa y personal, concretamente han tomado parte en la ejecución del hecho y de allí la calidad de coautor de los antes nombrados en el secuestro extorsivo, retención y cuidado de la víctima y reparto del rescate”, consignó el magistrado, quien ordenó trabar embargo sobre los bienes de cada uno de ellos hasta cubrir la suma de un millón de pesos.

Fuente: fiscales.gob.ar

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