Fuera de las reglas
Los fiscales basaron su requerimiento en que Díaz Bessone "incumplió con las reglas impuestas al concederse la prisión domiciliaria, como era comunicar de manera inmediata cualquier modificación del domicilio fijado como lugar de cumplimiento de la prisión preventiva que pesa sobre el mismo". El escrito presentado por los fiscales, determina que "el contrato de alquiler del domicilio fijado por Díaz Bessone fue rescindido el 4 de diciembre y la defensa comunicó esta situación pasados 25 días, sólo después de que las autoridades provinciales constataran que en dicho lugar residía otra persona".
La Fiscalía afirmó que el principio general "es que las penas de prisión deben cumplirse en establecimientos penitenciarios". Y, acotó que "la prisión domiciliaria configura una excepción a esta regla, que sin dudas y dadas las características de estos acontecimientos y la naturaleza de los hechos por los que está siendo juzgado Díaz Bessone".
El Tribunal consideró que asistía razón a la fiscalía en cuanto a la falta de oportuna comunicación por parte del imputado de la rescisión del contrato de locación del único inmueble fijado para cumplir la prisión domiciliaria impuesta. Sin embargo, los magistrados consideraron que "la omisión incurrida no derivó en mayores consecuencias".
La ex causa Feced
El segundo juicio oral y público se reiniciará el martes, en la sede de los Tribunales federales de esta ciudad. En la denominada causa "Diaz Bessone" (ex Feced) son juzgados el ex jefe del Comando del Segundo Cuerpo de Ejército Ramón Genaro Díaz Bessone y los ex policías Rubén Lofiego, Mario Marcote, Ramón Vergara, José Scotechini y Ricardo Chomicky, quienes formaron parte del grupo de tareas represivo que comando el fallecido ex jefe de la Policía de Rosario y Comandante de Gendarmería, Agustín Feced, informó DyN.